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viernes, 6 de enero de 2023
ORDEN de 23 de noviembre de 2022 por la que se establece la asignación de un complemento de productividad a funcionarios docentes no universitarios que realicen horas lectivas por encima del estándar establecido en los centros públicos docentes no universitarios de la Comunidad de Madrid (BOCM 9-12-2022)
martes, 14 de junio de 2022
ORDEN 1557/2022, de 6 de junio, de la Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía, por la que se modifican determinados requisitos establecidos en la Orden 792/2017, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de becas para el estudio de Formación Profesional de grado superior en la Comunidad de Madrid (BOCM 13-6-2022)
martes, 19 de abril de 2022
ORDEN 712/2022, de 31 de marzo, por la que se modifica la Orden 568/2021, por la que se aprobó el Plan Estratégico de Subvenciones en materia de concesión de becas para el estudio de Bachillerato (BOCM 18-4-2022)
lunes, 6 de septiembre de 2021
ORDEN 2572/2021, de 27 de agosto, de la Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía, por la que se establecen medidas que han de adoptar los centros docentes de la Comunidad de Madrid para la organización del curso 2021-2022 en relación con la crisis sanitaria provocada por la COVID-19 (BOCM 3-9-2021)
jueves, 1 de abril de 2021
domingo, 24 de enero de 2021
Orden PCM/2/2021, de 11 de enero, por la que se determinan las características, el diseño y el contenido de la evaluación de Bachillerato para el acceso a la Universidad, y las fechas máximas de realización y de resolución de los procedimientos de revisión de las calificaciones obtenidas, en el curso 2020-2021 (BOE 13-1-2021)
Puedes consultar la orden aquí
martes, 12 de enero de 2021
ORDEN 18/2021, de 7 de enero, del Consejero de Educación y Juventud, por la que se establecen los servicios mínimos esenciales en los centros de enseñanzas no universitarias de la Comunidad de Madrid, con ocasión de la huelga convocada para los días 11 de enero de 2021 al 22 de febrero de 2021 (BOCAM 9-1-2021)
Puedes leer la ORDEN completa aquí
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CNT-AIT prorroga huelga (instrumental) en la enseñanza madrileña hasta el 22 de febrero | Sindicato de Enseñanza e Intervención Social de CNT-AIT Madrid
jueves, 1 de octubre de 2020
La Consejería de Educación adjudica un contrato de emergencia por valor de 14.544.280,34 € a Planeta e Informática El Corte Inglés ((25-08-2020))
miércoles, 30 de septiembre de 2020
NP de la FAPA sobre la modificación de la Orden del precio de comedor
La FAPA Francisco Giner de los Ríos nos envía esta nota de prensa:
Estimadas/os amigas/os:
Remitimos enlace a la nota de prensa que acabamos de publicar en donde denunciamos que la Consejería de Educación al modificar la Orden por la que se establece el precio del menú escolar, se olvida de las familias perceptoras del ingreso mínimo vital, además de saltarse en su tramitación la participación preceptiva del Consejo Escolar de la Comunidad de Madrid.
Enlace a la nota de prensa:
www.fapaginerdelosrios.org/
Recibid un cordial saludo
FAPA FRANCISCO GINER DE LOS RÍOS
info@fapaginerdelosrios.es
twitter.com/FAPA_Giner_Rios
www.facebook.com/
www.youtube.com/user/
lunes, 28 de septiembre de 2020
martes, 22 de septiembre de 2020
ORDEN 2162/2020, de 14 de septiembre, de la Consejería de Educación y Juventud, por la que se establecen medidas que han de adoptar los centros docentes de la Comunidad de Madrid para la organización del curso 2020-2021 en relación con la crisis sanitaria provocada por la COVID-19 (BOCM 21-9-2020)
Artículo 3
Medidas que han de adoptar los centros docentes
1. Todos los centros docentes de la Comunidad de Madrid aplicarán las medidas recogidas
en la Resolución conjunta de las Viceconsejerías de Política Educativa y de Organización
Educativa, de 9 de julio de 2020, por la que se dictan instrucciones sobre medidas
organizativas y de prevención, higiene y promoción de la salud frente a COVID-19 para
centros educativos en el curso 2020-2021, modificada por la Resolución conjunta de las Viceconsejerías de Política Educativa y de Organización Educativa de 28 de agosto de 2020
y que se adjunta como anexo a la presente orden (pág. 36).
Resolución conjunta de las Viceconsejerías de Política educativa y de Organización educativa, de 9 de julio de 2020, por la que se dictan Instrucciones sobre medidas organizativas y de prevención, higiene y promoción de la salud frente a COVID-19 para centros educativos en el curso 2020-2021, modificada por la Resolución conjunta de las Viceconsejerías de Política educativa y de Organización educativa, de 28 de agosto
La Consejería de Educación y Juventud, mediante las presentes instrucciones, planifica el curso 2020-2021 a partir de los siguientes criterios generales:
1. Se parte del principio general de mantener la actividad lectiva presencial en todas las enseñanzas, niveles y etapas educativas durante el curso 2020-2021, siempre que la evolución de la crisis sanitaria por COVID-19 lo permita.
2. Se adoptarán medidas para que los centros, en caso de disponer de ellos, puedan ofrecer en condiciones de seguridad sanitaria los servicios complementarios de transporte y comedor escolar. Igualmente, se procederá, en el caso de otros servicios que los centros vienen ofertando, tales como acogida temprana y actividades extraescolares.
3. Se prevén, en función de la evolución de la crisis sanitaria por COVID-19, cuatro posibles escenarios, a partir de los cuales la Consejería de Educación y Juventud ha elaborado los planes de contingencia que corresponden a cada uno de ellos, necesarios para que los centros docentes puedan hacer frente a las eventualidades que se produzcan en el curso 2020-2021.
Estos cuatro escenarios son:
a) Escenario I. Escenario extraordinario de higiene. Salvo evolución negativa de la crisis sanitaria, es el escenario que se establece para el inicio del curso escolar 2020-2021, como consecuencia del Real Decreto-ley 21/2020, de 9 de junio, de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
b) Escenario II. Escenario de presencialidad parcial. Este escenario se plantea para el caso de un empeoramiento de la evolución de la crisis sanitaria por COVID-19, sin que se llegue a decretar el confinamiento y la suspensión de toda actividad educativa presencial.
c) Escenario III. Escenario de confinamiento y suspensión de la actividad educativa presencial, debido a un empeoramiento grave de la evolución de la crisis sanitaria por COVID-19.
d) Escenario IV. Escenario sin problemas de COVID-19. Este escenario se plantea para la vuelta a la normalidad por la desaparición de los riesgos de COVID-19.
La Consejería de Sanidad determinará el escenario que corresponde en cada momento del curso 2020-2021 de común acuerdo con las indicaciones de la Consejería de Educación y Juventud. Los planes de contingencia de aplicación en cada uno de ellos se recogen en el anexo I de estas instrucciones. Los centros han de tener preparada con antelación la organización derivada de cada escenario, de modo que se permita su inmediata aplicación en caso de entrar en un determinado escenario. Esta planificación de la organización para cada escenario se incluirá en la Programación General Anual. En todo caso, los centros, con antelación al inicio del curso escolar, habrán de:
a) Comunicar a la respectiva Dirección de Área Territorial, a través de los Servicios de Inspección Educativa, la organización y adecuación de los planes de contingencia específicos de cada centro educativo, diseñados para cada escenario por la Consejería de Educación y Juventud, con especial incidencia en el escenario de aplicación en el comienzo de curso.
b) Mantener informados a los alumnos y, en su caso, a las familias o tutores legales, de las medidas y la organización del escenario que se aplicará a comienzo de curso, así como de las medidas y organización adoptadas para los demás escenarios, en caso de aplicación de los mismos.
Las modificaciones que los centros realicen sobre la organización y adecuación de los planes de contingencia diseñados para cada escenario se comunicarán a la respectiva Dirección de Área Territorial a través de los Servicios de Inspección Educativa y se informará de las mismas a toda la comunidad educativa, en especial a los alumnos y, en su caso, a las familias o tutores legales.
Las autoridades sanitarias podrán determinar la aplicación de un determinado escenario en determinados municipios o centros docentes en función de la evolución epidemiológica.
El uso de mascarilla será obligatorio para todas las personas a partir de los seis años, independientemente de la observancia de la distancia de seguridad interpersonal, salvo en los supuestos expresamente exceptuados en el punto 4 del apartado séptimo de la Orden 668/2020, de 19 de junio de 2020, por la que se establecen medidas preventivas para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 una vez finalizada la prórroga del estado de alarma establecida por el Real Decreto 555/2020, de 5 de junio.
En todos los apartados de la presente Resolución en los que se hace referencia al uso de mascarilla en defecto de la posibilidad de mantener la distancia de seguridad interpersonal, se deberá entender que resulta de obligado cumplimiento su utilización conforme a lo dispuesto en el párrafo anterior, con independencia del mantenimiento de dicha distancia, sin perjuicio de los supuestos en los que esté excepcionada su utilización.
Sexta
Promoción del uso de recursos tecnológicos
La Consejería de Educación y Juventud considera necesario potenciar el uso de los recursos
tecnológicos en el proceso de enseñanza-aprendizaje. Con este fin, se adoptan una serie de programas y actuaciones, que se concretan, entre otros, en:
— Planes para la elaboración, difusión y oferta de recursos digitales para la enseñanza y el aprendizaje (materiales digitales, espacios web, plataformas de educación, en especial EducaMadrid, programas audiovisuales).
— Formación del profesorado de los centros sostenidos con fondos públicos en el uso de recursos tecnológicos y en metodologías asociadas a los mismos.
— Acciones de asesoramiento en recursos tecnológicos a las familias que lo requieran para apoyar a sus hijos e hijas en su proceso de aprendizaje.
— Plan de dotación del equipamiento tecnológico necesario para los centros educativos sostenidos con fondos públicos (dispositivos, redes inalámbricas, conectividad, acceso a plataformas digitales) y el alumnado de todas las etapas y enseñanzas (mediante sistemas de entrega o préstamo).
I. Educación Infantil: Mascarilla no obligatoria.
II. Educación Primaria: Mascarilla no obligatoria siempre que se esté con el grupo estable de convivencia. Uso fuera del grupo estable de convivencia, si no se puede mantener una distancia interpersonal superior a 1,5 metros.
Uso de mascarilla cuando no se pueda mantener una distancia interpersonal de al menos 1,5 metros. No será necesaria cuando estén sentados en sus pupitres a una distancia de al menos 1,5 metros.
IV. Profesionales en contacto directo con el alumnado:
— Cursos de Educación Infantil y Primaria: De forma general, para el tutor/a, uso de mascarilla voluntario cuando esté con el grupo de convivencia estable, y uso obligatorio fuera del grupo cuando no se pueda mantener distancia interpersonal superior a 1,5 metros. Para el resto de profesionales, uso obligatorio de mascarilla si no se puede mantener distancia interpersonal superior a 1,5 metros.
— Educación Secundaria Obligatoria y enseñanzas postobligatorias: Obligatoria siempre que no se pueda mantener distancia interpersonal de al menos 1,5 metros.
— La mascarilla será de tipo higiénica excepto indicación por parte del servicio de prevención de riesgos laborales.
V. Su uso será obligatorio además en el transporte escolar colectivo a partir de 6 años, sin perjuicio de las exenciones previstas en el ordenamiento jurídico y recomendable en alumnos de 3 a 5 años.
VI. Debe explicarse el uso correcto de la mascarilla para obtener su máxima eficacia.
VII. De forma general, no será recomendable su uso en los siguientes casos:
jueves, 17 de septiembre de 2020
Orden 2167/2020, de 14 de septiembre, del Consejero de Educación y Juventud, por la que se establecen los servicios mínimos de la huelga convocada para los días 22 y 23 de septiembre de 2020. (BOCM 2020-09-17)
martes, 1 de septiembre de 2020
jueves, 2 de julio de 2020
jueves, 25 de junio de 2020
Orden EFP/561/2020, de 20 de junio, por la que se publican Acuerdos de la Conferencia Sectorial de Educación, para el inicio y el desarrollo del curso 2020-2021. (BOE 24-6-2020)
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Enlaces a la información sobre la COVID 19: Consejería de Educación, comunicados,...
Acuerdos para el inicio y el desarrollo del curso 2020-2021. Conferencia Sectorial de Educación. Propuesta a las CCAA (10-6-2020)
domingo, 21 de junio de 2020
ORDEN 668/2020, de 19 de junio, de la Consejería de Sanidad, por la que se establecen medidas preventivas para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 una vez finalizada la prórroga del estado de alarma (BOCM 20-6-2020)
domingo, 31 de mayo de 2020
sábado, 25 de abril de 2020
Orden EFP/365/2020, de 22 de abril, por la que se establecen el marco y las directrices de actuación para el tercer trimestre del curso 2019-2020 y el inicio del curso 2020-2021, ante la situación de crisis ocasionada por el COVID-19 (BOE 24-4-2020)
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- La EVAU ofrecerá más optatividad para que chicas y chicos puedan sacar la mejor nota posible.
- Las CCAA que no apoyan el acuerdo de final de curso son Andalucía, Madrid, Murcia, Castilla y León y País Vasco. En cualquier momento pueden cambiar de opinión y el texto será para ellas de obligado cumplimiento.
















