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martes, 16 de febrero de 2021

La LOMLOE: ¿un avance hacia la inclusión educativa? (Asociación Cultural Candela)

Asociación Cultural Candela publica este análisis

La LOMLOE ha traído consigo múltiples reacciones a favor y en contra, pero es infrecuente encontrar en ellas de forma transparente el diagnóstico del que parten y sus presupuestos ideológicos, es decir, el modelo de sociedad al que aspiran. Nosotros tomamos como referencia una sociedad que persigue, de forma prioritaria, lograr altos niveles de equidad social y educativa garantizando el derecho a una educación inclusiva y de calidad para toda la población sin excepción.

Esta aspiración se fundamenta jurídicamente en la Constitución Española, la Convención sobre los Derechos del Niño y la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad, ambas proclamadas por Naciones Unidas y ratificadas por el Estado español. De acuerdo con ellas, todas las personas tienen derecho a educarse en escuelas comunes y a recibir en estas los apoyos y ajustes razonables que necesiten. También partimos de un planteamiento claro respecto a la libertad educativa, que consideramos irrenunciable y a nuestro juicio consiste en que el origen y el contexto social de la niña y el niño no restrinjan sus opciones vitales. Es función ineludible del sistema educativo promover contextos educativos adecuados y con recursos suficientes para todo el alumnado, así como eliminar las barreras económicas, sociales y culturales en el acceso a los centros, garantizando la libertad de pensamiento.

En relación con nuestro diagnóstico, existe una abrumadora evidencia empírica de que los principales problemas de nuestra educación son, primero, que demasiados niños y niñas no alcanzan los objetivos básicos; segundo, que existen barreras, y por tanto discriminación, en el acceso y la permanencia en los centros ordinarios; y tercero, que estos procesos se manifiestan de forma particularmente intensa entre la infancia más vulnerable. El sistema educativo español tiene un grave problema de segregación, exclusión e inequidad que afecta no solo a la calidad de nuestra educación, sino a la de nuestra sociedad en su conjunto. La raíz de estas deficiencias está en una arquitectura del sistema que posibilita y, en ocasiones, potencia de forma sistemática la vulneración del derecho a la educación.

Nuestra valoración de la LOMLOE, por tanto, dependerá de en qué medida consideramos que será capaz de combatir estos problemas. Sin embargo, somos conscientes de que la capacidad para cambiar la realidad de una Ley Orgánica dependerá de los Reales Decretos de desarrollo y, en todo caso, siempre será limitada en un Estado en el que la competencia educativa reside en las propias Comunidades Autónomas.


Medidas contra la segregación y la inequidad

Un aspecto clave de la Ley es que trata de dar prioridad al derecho a la educación sobre otros intereses privados de carácter económico e ideológico e incluye el enfoque de derechos de la infancia entre los principios rectores del sistema. En coherencia con ellos, se indica que “las Administraciones públicas garantizarán el derecho a la educación, el acceso en condiciones de igualdad y no discriminación y la libertad de elección de centro por padres, madres o tutores legales y atenderán a una adecuada y equilibrada distribución entre los centros escolares del alumnado con necesidad específica de apoyo educativo. Asimismo, velarán para evitar la segregación del alumnado por razones socioeconómicas o de otra naturaleza”. Esta declaración de principios, irrenunciable desde la perspectiva de un sistema educativo plenamente democrático y alineado con la legislación de rango superior, condensa las cuestiones que más ruido han generado durante la tramitación de la Ley.

 Las barreras económicas de acceso a los centros

La LOMLOE establece medidas para reducir los privilegios que detentan algunos grupos sociales en la educación sostenida con fondos públicos. Entre ellas, algunas dirigidas a mitigar las barreras económicas de acceso a los centros que suponen una discriminación por motivos socioeconómicos. A lo establecido en el artículo 88 que prohibía a los centros imponer aportaciones económicas, se añade lo siguiente: “Las actividades complementarias que se consideren necesarias para el desarrollo del currículo deberán programarse y realizarse de forma que no supongan discriminación por motivos económicos. Las actividades complementarias que tengan carácter estable no podrán formar parte del horario escolar del centro (artículo 88.1)”, y “se establecerán medidas para que la situación socioeconómica del alumnado no suponga una barrera para el acceso a las actividades complementarias y los servicios escolares. Las Administraciones educativas supervisarán el cumplimiento por parte de los centros educativos del presente artículo (artículo 88.2)”. Estos añadidos son un aspecto positivo, pero es ineludible un desarrollo legislativo que defina y asegure:

  • Instrumentos eficaces de supervisión a los centros.
  • Sanciones concretas en aquellos casos en los que se vulnere la Ley, que deben incorporar la retirada de conciertos.

La Ley muestra de forma implícita la voluntad de incrementar la financiación de los centros concertados para que garanticen la gratuidad de la educación, un planteamiento que asume que en la actualidad no reciben suficiente dinero para ello. Con este fin, se establece la creación de “una comisión, en la que participarán las organizaciones empresariales y sindicales más representativas en el ámbito de la enseñanza privada concertada, para el estudio de la cuantía de los módulos de concierto que valore el coste total de la impartición de las enseñanzas en condiciones de gratuidad”. Al respecto, consideramos necesarias dos medidas:

  • Establecer una nueva financiación de la educación privada concertada solo cuando se aseguren los procesos necesarios para garantizar el derecho a la educación en todos los centros sostenidos con fondos públicos.
  • Incorporar a esta comisión la participación de otros agentes, en particular aquellos representantes de la administración, las familias y los sindicatos de la enseñanza pública, red que sí presta sus servicios en las condiciones que se pretenden alcanzar para los centros privados concertados.

La promoción de la escuela pública

La LOMLOE incorpora cambios significativos para promover la escuela de titularidad pública, pero mantiene elementos de la LOMCE que suponen un claro retroceso. En la nueva Ley se indica que las Administraciones “programarán la oferta educativa de modo que garanticen la existencia de plazas públicas suficientes, especialmente en zonas de nueva población” (artículo 109.1 y 109.2), así como “promoverán un incremento progresivo de puestos escolares en la red de centros de titularidad pública” (artículo 109.5). Al mismo tiempo, se elimina la alusión de la LOMCE a la “demanda social” como elemento de referencia para la programación y se añade el fomento de la escolarización de proximidad como criterio de preferencia para establecer conciertos (artículo 116.2). No obstante, resulta un error incomprensible que la LOMLOE haya mantenido el añadido de la LOMCE que amplió la duración mínima de los conciertos, fijándola en 6 años para Primaria y en 4 años para el resto, porque coloca a la red pública en una posición de mayor vulnerabilidad ante el cierre de unidades en eventuales escenarios de descenso de la demanda escolar.

La promoción de los centros de titularidad pública es un imperativo desde el punto de vista democrático y de la equidad educativa. Sin embargo, la ley no establece medidas concretas para avanzar de manera efectiva hacia una mayor presencia de estos centros, particularmente en aquellas regiones que han manifestado su oposición frontal a la LOMLOE. El problema de segregación que sufre nuestro sistema educativo muestra la ineficacia de la normativa sobre conciertos educativos (LODE 1985 y RD. 2377/85 Reglamento de normas básicas sobre Conciertos Educativos) que fija los requisitos y el control de los mismos desde hace décadas y evidencia la necesidad de un marco estatal mucho más exigente, así como unos mecanismos más eficientes para sancionar los incumplimientos.

Por estas razones, observamos necesario incorporar las siguientes medidas:

  • Fijar a nivel estatal un nuevo reglamento de conciertos educativos mucho más riguroso con el fin de asegurar que la financiación pública se destine a garantizar el derecho a la educación y no a promover prácticas excluyentes y segregadoras que lo conculcan, y por el que se creen mecanismos de fiscalización, sanción y, en su caso, rescisión de los conciertos de forma unilateral. Ejemplos como el blindaje de los conciertos durante diez años, como es intención del gobierno de la Comunidad de Madrid, en la práctica supone que en escenarios de descenso de la natalidad y, por tanto, de descenso de la demanda escolar, las unidades que se cerrarán prioritariamente serán las de la educación pública.
  • Establecer y promover un proceso claro y transparente por el cual los centros concertados que lo deseen y cumplan una serie de requisitos puedan transformarse en centros públicos en todo el estado.

  • La segregación escolar

    La Ley incorpora medidas para evitar y/o corregir la segregación del alumnado. Al artículo 84 de la LOMCE se añade que “se dispondrán las medidas necesarias para evitar la segregación del alumnado por motivos socioeconómicos o de otra naturaleza” y que “en ningún caso habrá discriminación por discapacidad, edad, enfermedad, orientación sexual o identidad de género”. La LOMCE no explicitaba estas condiciones de forma expresa, aunque ambas normas sí comparten la alusión a la discriminación “por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social”.

    Asimismo, la LOMLOE elimina la parte de la LOMCE que indicaba que “no constituye discriminación la admisión de alumnos y alumnas o la organización de la enseñanza diferenciadas por sexos”, y que “En ningún caso la elección de la educación diferenciada por sexos podrá implicar para las familias, alumnos y alumnas y centros correspondientes un trato menos favorable, ni una desventaja, a la hora de suscribir conciertos”. Esta formulación de la LOMCE respondía a las demandas de grupos ultracatólicos y resultaba incompatible con la no discriminación, la coeducación y la persecución de una educación inclusiva y de calidad, y no tenía cabida en una sociedad moderna y democrática.

    Por primera vez se plantean medidas para evitar la segregación socioeconómica y promover una adecuada y equilibrada escolarización del alumnado con necesidad específica de apoyo educativo (artículo 87.1). “Para ello, establecerán una proporción equilibrada del alumnado con necesidad específica de apoyo educativo que deba ser escolarizado en cada uno de los centros públicos y privados concertados y garantizarán los recursos personales y económicos necesarios a los centros para ofrecer dicho apoyo”. Asimismo, se adoptarán medidas cuando se concentre una elevada proporción de alumnado de tales características en un centro educativo que irán dirigidas a garantizar el derecho a la educación en condiciones de igualdad de todos los alumnos y alumnas.

    Como novedad, se reservarán plazas para el alumnado con necesidad específica de apoyo educativo hasta el final del período de preinscripción y matrículas, que se podrán mantener hasta el inicio del curso escolar. Asimismo, se autorizará (hasta este momento, no era obligatoria esta autorización) un incremento de hasta un diez por ciento del número máximo de alumnos y alumnas por aula en los centros públicos y privados concertados, bien para atender necesidades inmediatas de escolarización del alumnado de incorporación tardía, traslado familiar o acogimiento (artículo 87.2). Estas medidas son necesarias para frenar los efectos de la “matrícula viva” en la concentración de alumnado vulnerable que se han demostrado empíricamente. Como en otras cuestiones, el detalle deberá desarrollarse en normas venideras: cuántas plazas se reservarán, cómo se decidirá a qué centros irá este alumnado, etc.

    Por otro lado, en relación con la normativa de admisión, la LOMLOE incorpora la intención de que las áreas de escolarización o influencia se determinen “de modo que permitan garantizar la aplicación efectiva de los criterios prioritarios de proximidad al domicilio y cubran en lo posible una población socialmente heterogénea” (artículo 86.1).

    Estas novedades constituyen un avance indudable, pero dejan en el aire algunas cuestiones fundamentales que pueden provocar que las intenciones queden en un brindis al sol. Por ello consideramos necesario avanzar en las siguientes cuestiones:

    • Especificar por ley qué es una escolarización equilibrada.
    • Concretar las medidas y los recursos que irán destinados a los centros cuando exista una concentración excesiva de alumnado vulnerable.
    • Definir los criterios para el diseño de las áreas de influencia.

    Si estos aspectos no alcanzan mayor concreción, aquellos gobiernos regionales que no crean en la lucha contra la segregación escolar podrán seguir haciendo dejadez de funciones, tal y como ha sucedido en el pasado a pesar de que la propia LOMCE y las normas anteriores expresaban la necesidad de perseguir la mencionada “distribución equilibrada” de este alumnado.

    De forma significativa, se añade que “En ningún caso las características propias de un centro o de su oferta educativa, tales como las derivadas del hecho de que el centro imparta enseñanzas plurilingües, de que hubiera tenido reconocida una especialización curricular o hubiera participado en una acción destinada a fomentar la calidad, podrán suponer modificación de los criterios de admisión” (artículo 86.1). Queda por conocer cuáles son las implicaciones prácticas de estos añadidos. Por otro lado, la Ley no pone coto a la segregación académica que se produce dentro de los centros, como la que se practica de forma habitual en los institutos con programa bilingüe de algunas comunidades autónomas.

    En relación con las comisiones u órganos de garantías de admisión, la LOMLOE mantiene la laxitud de la LOMCE al indicar que “podrán” constituirse. Como novedad, estas comisiones supervisarán especialmente las normas “relativas a evitar la segregación del alumnado por motivos socioeconómicos o de otra naturaleza, y propondrán a las Administraciones educativas las medidas que estimen adecuadas” y velarán de forma particular “por la presencia equilibrada del alumnado con necesidad específica de apoyo educativo o que se encuentre en situación socioeconómica desfavorecida entre los centros sostenidos con fondos públicos de su ámbito de actuación” (artículo 86.2). La composición de estos órganos no varía sustancialmente respecto a lo anterior. Si bien estas modificaciones son positivas, resulta decepcionante que se deje abierta la posibilidad de no crear estos órganos. En cualquier caso, entendemos que será necesario desarrollar una norma que regule y concrete su composición y funcionamiento. A nuestro juicio, los desarrollos de esta Ley deberían incorporar las siguientes medidas:

    • Establecer un diseño transparente de la oferta educativa. Ello implica fijar criterios claros y comunes para el cierre y apertura de aulas de un curso para el siguiente.
    • Diseñar la oferta educativa bajo criterios de equidad y con el objetivo de lograr una distribución equilibrada del alumnado. Para ello, es necesario evitar el cierre de aulas en los centros más inclusivos, que serán aquellos que contengan un mayor porcentaje de alumnado vulnerable.
    • Diseñar una oferta unificada para centros sostenidos con fondos públicos.

    Establecer un porcentaje máximo de alumnado vulnerable por centro para todo el estado, así como un plazo para reducirlo a través de medidas contra la segregación.

    La equidad en la distribución de recursos

    La Ley establece que las Administraciones educativas adoptarán las medidas necesarias para actuar de forma preventiva con el alumnado en situación de vulnerabilidad socioeducativa con objeto de favorecer su éxito escolar (artículo 81.1). Por primera vez, se indica expresamente que “En aquellos centros escolares, zonas geográficas o entornos sociales en los cuales exista concentración de alumnado en situación de vulnerabilidad socioeducativa, las Administraciones educativas desarrollarán iniciativas para compensar esta situación” (Artículo 81.2). De nuevo la norma deja al arbitrio de las administraciones territoriales las normas concretas y, por tanto, también su efectividad en la lucha contra las desigualdades educativas. Desde nuestro punto de vista debería priorizarse el aumento de recursos docentes en los propios centros durante el horario lectivo, en lugar de externalizar programas destinados a este fin.

    ¿Un nuevo paradigma de atención a la diversidad basado en la accesibilidad universal?

    La LOMLOE afirma con mucha razón que los conceptos de calidad y equidad son indisociables si queremos garantizar el derecho a la educación de toda la población. Sin embargo, esta afirmación debería desembocar de forma mucho más ambiciosa en un nuevo paradigma de atención a la diversidad que supere la dualidad de un modelo pensado para el alumnado estándar pero aderezado con ciertas adaptaciones para el alumnado denominado eufemísticamente “con necesidades”. En nuestra opinión, se necesita un sistema diseñado para todas las personas desde el principio, con una apuesta mucho más clara por la accesibilidad universal desde su propio diseño y en todas sus facetas: gratuidad real de la educación, accesibilidad física, accesibilidad cognitiva y la eliminación de cualquier elemento que pueda suponer una barrera para el acceso, para la convivencia o para el aprendizaje de cualquier persona en las aulas comunes.


    Confundir la educación inclusiva, que es un derecho reconocido por España desde 2008, con un “principio fundamental” (art.4.3) es un error conceptual que genera demasiadas contradicciones internas en la redacción de la Ley y da lugar a incoherencias como someter la aplicación del Diseño Universal para el Aprendizaje (DUA) solo a las ocasiones en las que “tal diversidad lo requiera” (art.4.3). Esto demuestra que se sigue asimilando diversidad a excepcionalidad y que no se comprende bien que el DUA es un planteamiento general que busca la accesibilidad de todas las personas desde la propia fase de planificación de la enseñanza. Recordemos que el DUA se basa en enriquecer y diversificar siempre de antemano los canales de presentación de los contenidos, los modos de interactuar con las actividades y los mecanismos a través de los cuales las personas se motivan y comprometen con las tareas para facilitar el aprendizaje de toda la diversidad del alumnado en una misma situación didáctica. En el mismo sentido, todas las alusiones a la inclusión educativa, a la eliminación de barreras y a la provisión de ajustes razonables que se hacen en el articulado, siendo positivas, quedan en el alero porque no se han enmarcado en la definición clara del derecho a la educación inclusiva, es decir, el derecho de todas las personas a educarse en aulas comunes contando con todos los ajustes y recursos necesarios y, por ende, la obligación de las administraciones a garantizarlo.

    Como aspecto positivo, el artículo 6 el texto realiza una declaración muy acertada cuando señala que el currículo “en ningún caso podrá suponer una barrera que genere abandono escolar, o impida el acceso y disfrute del derecho a la educación”, pero no apunta cómo se debe conseguir este modelo de currículo accesible para todos, con lo que de nuevo deja una cuestión de importancia nuclear abierta y al albur de los Reales Decretos venideros y de las futuras normativas regionales. No obstante, la desaparición de los estándares de aprendizaje como elemento constitutivo del currículo es un hecho muy destacable y sí supone una claro avance hacia un currículo más personalizado huyendo de planteamientos curriculares cerrados y homogeneizadores. Para favorecer la inclusión y la equidad es imprescindible que las subsiguientes normas de desarrollo curricular establecieran un currículo más flexible, centrado en las competencias, basado en los principios del Diseño Universal para el Aprendizaje y con margen para que los centros educativos puedan concretarlo y aplicar planes educativos lo más personalizados posible.

    También es una buena noticia que la nueva ley reconozca como referentes de evaluación para el alumnado con necesidades educativas especiales sus adaptaciones curriculares individuales (ACI) sin que esto pueda impedirles promocionar o titular como sucedía hasta ahora de forma absolutamente injustificable. Sabemos que si alcanzásemos un currículo realmente personalizado para todo el alumnado las ACI no serían tan necesarias, pero en la situación actual la eliminación de la barrera administrativa que impide titular con una ACI favorecerá el acceso al mercado laboral y la continuidad en los estudios de muchas personas que hasta ahora veían truncado su camino a pesar de haber superado los requisitos que les fijaba la administración. Por su parte, el artículo 74 vuelve a poner de manifiesto las contradicciones de esta norma con respecto a la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y todos los informes de la ONU, porque sigue perpetuando un sistema de educación especial para algunas personas separándolas del sistema general.

    En cuanto al proceso de valoración de las necesidades, la LOMLOE debería haber establecido de forma mucho más clara una cláusula de no rechazo del alumnado con necesidades educativas especiales por parte del sistema educativo ordinario como prescriben los informes de la ONU. En cambio, utiliza una fórmula más ambigua cuando dice que “serán preceptivamente oídos e informados los padres, madres o tutores legales del alumnado. Las Administraciones educativas regularán los procedimientos que permitan resolver las discrepancias que puedan surgir, siempre teniendo en cuenta el interés superior del menor y la voluntad de las familias que muestren su preferencia por el régimen más inclusivo” (artículo 74.2). En este punto es muy importante señalar que la opinión de las familias y su decisión sobre el régimen de escolarización de su hijo o hija siempre estarán condicionadas por los recursos de los que disponga en la práctica el centro ordinario, así como por la disposición del centro a acogerlos. Por ello, hablar de libre elección es una falacia si no se dota a los centros ordinarios de los recursos adecuados, algo absolutamente imperativo ya que la denegación de ajustes razonables en la escuela común constituye un delito.

    En distintos puntos de la Ley se habla de ajustes de la ratio en función de las necesidades de los centros para atender a la diversidad, algo que aplaudimos. No obstante, este ajuste ponderado necesita mayor concreción y habría que sumarle otro descenso lineal generalizado que no se produce en esta Ley. Así mismo, hay que matizar que para alcanzar una educación inclusiva de calidad no solo es necesario reducir el número de alumnos y alumnas en cada aula, sino también aumentar el número de docentes que puede atender a un aula de forma simultánea facilitando el mayor número de horas posible prácticas tan eficaces para la inclusión como la docencia compartida. En este sentido, es muy positivo que la Ley establezca mecanismos de apoyo y que lo haga de forma prescriptiva, pero por el momento no define recursos concretos. Si una norma posterior no establece unos mínimos, el ajuste de ratios y otros mecanismos podrían realizarse de forma insuficiente por las Comunidades Autónomas o, sencillamente, no producirse.

    La disposición adicional cuarta establece que se desarrollará un plan “(…) para que, en el plazo de diez años (…) los centros ordinarios cuenten con los recursos necesarios para poder atender en las mejores condiciones al alumnado con discapacidad. Las Administraciones educativas continuarán prestando el apoyo necesario a los centros de educación especial para que estos, además de escolarizar a los alumnos y alumnas que requieran una atención muy especializada, desempeñen la función de centros de referencia y apoyo para los centros ordinarios”. En definitiva, la disposición adicional cuarta señala el camino correcto como ya lo hiciera la Declaración de Salamanca de 1994 o el Real Decreto 696 de 1995, pero sigue sin avanzar.

    Por todo ello, pensamos que la Ley debería haber incluido las siguientes medidas:

    • Una referencia clara e inequívoca a la educación inclusiva de todas las personas como un derecho, y no como un principio, según está contemplado en el artículo 24 de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.
    • Una cláusula de no rechazo clara que evite la segregación directa del alumnado que es obligado a abandonar el sistema general de educación en contra de su derecho y de la opinión de sus familias.
    • Los elementos básicos y la dotación mínima del plan estatal de educación inclusiva que aborde la transformación profunda del sistema educativo en términos de diseño universal. Este plan debe establecer una dotación de recursos suficiente para la atención temprana, la formación del profesorado, el diseño curricular flexible y personalizado, la accesibilidad en todas su vertientes, la dotación de plantillas multidisciplinares y la transición a la vida independiente como aspectos prioritarios.

    Dudas en torno a la financiación

    En relación con los recursos, la Ley prevé alcanzar un mínimo de inversión del 5% del Producto Interior Bruto en un plazo de dos años desde su aprobación (artículo 155 y disposición adicional octava). Este compromiso, si bien resulta una mejora en relación con la financiación precedente, resulta insuficiente porque fija los recursos del sistema en función de un indicador independiente de los objetivos reales de inversión, es decir, sin tener en cuenta los recursos que necesita cada estudiante para que se garantice su derecho a una educación de calidad. Desde nuestro punto de vista, sería necesario:

    • Establecer una financiación mínima por estudiante, junto con otros indicadores de suelo de recursos (como la ratio máxima de alumnos por docente). Ello contribuiría a la tan necesaria corrección de las diferencias territoriales en financiación educativa.
    • Definir plazos máximos para que todo el alumnado alcance los recursos fijados en el punto anterior.

    Conclusiones

    La LOMLOE supone un avance en el camino hacia la garantía del derecho a la educación inclusiva. No obstante, hay aspectos preocupantes que reducen nuestro optimismo:

    1. En relación con la segregación escolar se revierten algunos de los aspectos más dañinos de la LOMCE, pero se echan en falta medidas específicas que materialicen la reducción de la concentración de alumnado según origen socioeconómico.
    2. Se abordan algunas de las incongruencias y efectos perversos de la financiación pública de la educación privada, pero falta contundencia y ambición para ampliar y mejorar la escuela de titularidad pública.
    3. Por primera vez una Ley Orgánica educativa reconoce la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad como normativa de rango superior, pero no termina de alinearse totalmente ni con su espíritu, ni con sus prescripciones más directas; así como tampoco resuelve decididamente las recomendaciones del informe de la ONU que condenó a España en 2018 por mantener un sistema educativo paralelo y segregador para las personas con discapacidad. La LOMLOE sigue anclada en un modelo de atención a la diversidad fundamentado en el paradigma de la integración y, aunque abre algunas puertas, no alcanza plenamente el paradigma de la inclusión basado en la accesibilidad universal. En nuestra opinión, se ha perdido la oportunidad de incluir en el texto de la Ley un plan estatal de educación inclusiva sólido.
    4. Finalmente, la Ley deja abierta en exceso una de las principales cuestiones: definir los mecanismos institucionales y los recursos necesarios para garantizar que la norma se cumpla en todo el territorio nacional, tanto a través de medios suficientes como evitando la dejación de funciones de las Comunidades Autónomas o de los gobiernos centrales venideros.

    En síntesis, se trata de una norma necesaria porque abre puertas en cuestiones fundamentales que no se habían abordado. Sin embargo, en demasiadas ocasiones se queda en el umbral cuando debería haberlo atravesado, lo que ofrece un escenario de incertidumbre sobre sus efectos. En estas circunstancias comienza un periodo político decisivo que debería dar paso a un sistema educativo de mayor calidad, equidad y justicia social.


    Rescoldos. Revista de Diálogo Social. 2021 (42).

miércoles, 20 de mayo de 2020

Proyectos solidarios en Tetuán. Grupo de apoyo a los centros educativos de Tetuán (Plataforma Tetuán por la Educación Pública)



En la labor de apoyo a los centros educativos en los que participamos varias personas de nuestra plataforma, ofrecemos dos tipos de ayudas: entrega y recogida de tareas escolares y préstamo/donación de dispositivos electrónicos.

Si conocéis alguna familia cuya hija/hijo se haya quedado descolgada, por favor que se ponga en contacto con su colegio o escriba directamente a apoyoeducativotetuan@gmail.com

Por otra parte se adjunta información para su difusión y ayuda del Proyecto "Despensa Solidaria " de nuestro distrito y enlace al cartel.

Plataforma Tetuán por la Educación Pública

sábado, 18 de abril de 2020

El coronavirus y la asfixia educativa: el confinamiento deja sin protección a la infancia más vulnerable (José Miguel Martín y Jesús Rogero para agenciasinc.es)

Artículo de José Miguel Martín y Jesús Rogero para agenciasinc.es

Durante estas semanas, la escuela ha reducido su función compensadora hasta hacerla casi desaparecer. Buena parte del alumnado no tiene en su casa los recursos que hacen posible el aprendizaje. Faltan ‘respiradores educativos‘. Muchos niños y niñas solo los encuentran junto a sus docentes y compañeros.
 
17/4/2020

La suspensión de las clases por la crisis del COVID-19 y las medidas subsiguientes de las administraciones educativas han dado lugar a un intenso debate. La decisión de continuar el curso a distancia avanzando contenidos y la falta de una respuesta clara y coordinada han generado un profundo malestar entre familias y docentes.
En pocos días, el ‘contrato educativo' que establece los derechos y deberes de los diferentes agentes de la comunidad educativa se modificó radicalmente; hasta tal punto que nunca antes se había producido una distancia tan grande entre lo que las administraciones educativas exigen al alumnado, sus familias y sus docentes, y lo que les ofrecen. ¿Por qué decimos esto?
En primer lugar, porque creemos que avanzar contenidos fue un error. Aunque era comprensible que al principio hubiera equivocaciones, el planteamiento apenas había variado tras cinco semanas de confinamiento.
Esta decisión implicaba asumir que el sistema educativo puede seguir funcionando a distancia de forma adecuada, algo que, sencillamente, no es posible; o al menos no lo es cumpliendo con las funciones que, como sociedad, hemos acordado otorgarle. Aunque el Gobierno y las CCAA han decidido recientemente utilizar el tercer trimestre para la recuperación, el repaso y el refuerzo, parece que algunas seguirán impartiendo nueva materia.

La desigualdad crece
La realidad es que el aislamiento que nos protege de la COVID-19 es, paradójicamente, el que expone al alumnado más vulnerable a otro virus muy dañino: el de la asfixia educativa.
Durante estas semanas, el oxígeno del aprendizaje no está llegando a una parte significativa del alumnado y la escuela ha reducido su función compensadora hasta hacerla casi desaparecer.
Buena parte de las familias carece de las condiciones materiales (tecnología, espacio, temperatura, luz, etc.), las herramientas culturales (habilidades pedagógicas, conocimiento del idioma, etc.), el tiempo para acompañar el proceso educativo, la estabilidad emocional (por problemas económicos, de salud, habitacionales, etc.) o los recursos alimentarios necesarios para aprender. Todo ello influye directamente en el tiempo y la capacidad de estudio de los niños y niñas.
Algunas familias tienen ordenadores y banda ancha, y otras no. Hay familiamonoparentales padeciendo directamente el coronavirus. Algunos núcleos familiares están juntos y otros, como quienes trabajan en primera línea contra la enfermedad, ven pocas horas a sus hijos. Por no hablar de las situaciones de duelo frustrado por la pérdida de familiares y amigos.
A todo ese alumnado le falta la estructura social que hace posible que el oxígeno del aprendizaje llegue a sus pulmones. Faltan ‘respiradores educativos‘. Y muchos niños y niñas solo pueden respirar cuando están en la escuela, junto a sus docentes y sus compañeros, con los recursos adecuados.

Evaluar, no calificar
Si no ponemos remedio, la ausencia de escuela supondrá una importante pérdida de aprendizaje para una buena parte del alumnado. La gravedad de esta pérdida incide más en los vulnerables y los rezagados por el efecto acumulativo en sus desigualdades de partida.
También influye la etapa: para un alumno de 2º de Bachillerato los efectos de la situación pueden ser dramáticos por la EvAU, mientras que en cursos más bajos no tendría por qué si el próximo curso se adapta el currículo y se establecen medidas compensatorias eficaces.
El problema de fondo es que la asfixia educativa no es nueva. Este virus existe y afecta a miles de niños y niñas desde mucho antes del confinamiento y, aunque se conocen numerosas vacunas y remedios, apenas se han aplicado. Por tanto, si antes de la llegada de la COVID-19 la desigualdad educativa no se atajaba decididamente mediante planes, recursos y estructuras eficaces, ¿podemos confiar en que se hará ahora?
En segundo lugar, se está confundiendo la evaluación, que sirve para mejorar el aprendizaje, con la calificación, que sirve para clasificar al alumnado.
La escuela está cerrada y no puede garantizar las condiciones de aprendizaje. Por tanto, no debe responsabilizar al alumnado de lo que aprende, ni del ritmo al que lo aprende. De esta forma, tampoco puede dictar una calificación válida, fiable y justa, aunque la evaluación con intención formativa deba seguir aplicándose.
En estas circunstancias, lo más oportuno es parar el curso a efectos de calificación durante el cierre de los centros —o al menos que las calificaciones posteriores no penalicen en ningún caso— y prepararse para compensar las desigualdades en lo que queda de curso a distancia y, sobre todo, cuando vuelvan las clases presenciales.
Construir un escudo educativo
Estamos solo en el comienzo de una emergencia social y educativa que, a estas alturas, no puede cogernos desprevenidos. Es urgente construir un escudo educativo que proteja al alumnado y potencie el aprendizaje de todas las personas, desde ahora y en el futuro, con o sin emergencia sanitaria. Para ello, resulta esencial al menos:
  1. Mejorar las condiciones educativas para atender a la diversidad de todo el alumnado y a sus condiciones sociofamiliares. Aumentar las plantillas de los departamentos y equipos de orientación y asesoramiento psicopedagógico en todos sus perfiles profesionales, y especialmente en aquellos que pueden coordinarse con los Servicios Sociales y activar recursos de distintas administraciones.
  2. Implementar políticas que frenen la segregación escolar en todas sus dimensiones. Una educación confinada representa la máxima segregación educativa. Una de las mayores riquezas de la escuela es ofrecer un contexto escolar diverso que promueva una convivencia positiva y compense las desigualdades.
  3. Aplicar actuaciones educativas de éxito contrastadas, fomentando el diseño universal para el aprendizaje y  el modelo de cotutorías o docencia compartida. Para ello es necesario incrementar las plantillas en los centros y garantizar la estabilidad de los equipos docentes.
  4. Diseñar currículos oficiales flexibles alejados de la estandarización y el enciclopedismo, permitiendo el ejercicio de la autonomía pedagógica de los centros para personalizar al máximo la enseñanza.
  5. Preparar desde los centros el apoyo psicológico y emocional que necesitarán los alumnos y docentes, especialmente quienes han vivido situaciones traumáticas durante la pandemia.
  6. Establecer sistemas de apoyo económico para las familias que experimentarán problemas económicos.
  7. Prestar atención a las necesidades del alumnado vulnerable de cara a posibles nuevos confinamientos. Es necesario garantizar materiales para aprender en casa, diseñar metodologías y contenidos adecuados, establecer vías de comunicación fiables entre docente y alumno, y garantizar la seguridad alimentaria y el acceso a los recursos de salud física y mental para todos.
  8. Dotar a los centros de infraestructura, material y formación adecuados para la docencia presencial y a distancia. Ello implica que todo docente cuente con tecnología para trabajar en su domicilio.
En definitiva, necesitamos enfocar todos nuestros esfuerzos a cuidar al alumnado y a paliar unas desigualdades que, si bien ya eran profundas, la actual situación dejará dolorosamente visibles.
Nos situamos ante dos posibilidades: una, que seamos capaces de establecer medidas estructurales y perdurables para garantizar el derecho a la educación de todo el alumnado; y otra, que la inacción nos lleve a profundizar en las desigualdades de forma que, por el camino, el sistema educativo pierda su sentido fundamental.

José Miguel Martín es maestro de Educación Primaria y miembro del equipo promotor de la ILP por una escolarización inclusiva.

Jesús Rogero García es profesor de Sociología en la Universidad Autónoma de Madrid y miembro del equipo promotor de la ILP por una escolarización inclusiva.

Fuente: SINC
Derechos: Creative Commons.
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lunes, 29 de octubre de 2018

Firma: SOS CEIP Cristobal Colón de Villaverde

Las familias del CEIP Cristobal Colón Villaverde solicitamos que se cumpla el Art. 6.2 del Acuerdo Sectorial aprobado el 9 de enero del 2018 por el se amplía la plantilla en centros con 9 o más aulas de infantil con un maestro de apoyo más y profesorado suficiente en primaria para atender a la diversidad pudiendo realizarse desdobles, refuerzos, etc.
Por una educación pública de calidad
Puedes firmar aquí.
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Acuerdo de 21 de junio de 2017 de la Mesa Sectorial de Personal Docente no Universitario de la C Madrid (BOCM 17 de enero de 2018)

martes, 31 de julio de 2018

Combatir el fracaso escolar (Julio Rogero y Miguel Lancho en CUARTOPODER.ES)

Artículo de Julio Rogero y Miguel Lancho, de la Federación de Movimientos de Renovación Pedagógica, publicado en cuartopoder.es
  • Hay que ampliar el concepto de fracaso escolar y sustituirlo por el de “fracaso del sistema escolar”, mucho más amplio y más ajustado a la realidad compleja
  • El fracaso escolar forma parte del éxito del sistema socioeconómico en que vivimos y del sistema educativo en el que se sustenta
El nuevo presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, en la presentación en el Congreso de los Diputados de su programa de gobierno el día 17 de julio, al hablar de la educación, se hizo una pregunta clave hoy: “¿Cómo puede fracasar alguien que tiene 12 años?“. Señaló que “la desigualdad arranca a una edad intolerable para un país con valores” como los de España. Manifestó que hay menores que no tienen los medios, suficientes y necesarios, en su entorno; que su situación de pobreza y dificultades económicas tiene consecuencias en las aulas; y que esa “inaceptable” situación de pobreza infantil hará que el gobierno se plantee programas específicos para luchar contra ella. También afirmó que “el fracaso en la infancia no es de ese niño o esa niña”, sino que “quien fracasa es el conjunto de la sociedad”. Para ello propuso alguna medidas: reactivar los programas de apoyo, reducir el número de niños por aula, revertir los recortes, aumentar la inversión en educación…Nos parece significativo que el nuevo Gobierno haya tomado conciencia de la necesidad de combatir el fracaso escolar mediante las políticas educativas adecuadas. Esperemos que tan loables intenciones se lleven a cabo sin demasiada dilación.

Es frecuente en estos tiempos oír hablar de fracaso escolar entre las familias de alumnos, preocupadas por el éxito escolar de sus hijos e hijas; entre el profesorado, que lo vive y lo revive muy de cerca; los políticos, que frecuentemente recurren a cifras y datos para apoyar sus propuestas políticas y utilizarlas en beneficio propio. Con frecuencia hablar de fracaso escolar, cuando no se acaba la Enseñanza Secundaria Obligatoria (ESO) o se abandona la escuela sin finalizar la Secundaria, supone la descalificación e incluso la estigmatización del alumnado, su culpabilización en exclusiva por no haberse esforzado lo suficiente, con la consiguiente exoneración del resto de la institución escolar y de las políticas educativas.
El fracaso escolar está relacionado con múltiples causas e intervienen numerosos actores (administración, alumnado, docentes, familia…), por lo que la comprensión de las causas de este fracaso requiere modelos explicativos holísticos, que tengan en cuenta las variables psicológicas, socioeconómicas, culturales, institucionales… Todo ello nos hace replantear el concepto de fracaso escolar y sustituirlo por el de “fracaso del sistema escolar”, mucho más amplio y más ajustado a la realidad compleja.
En la sociedad capitalista imperante predomina el darwinismo social, la supervivencia de los más fuertes y el desprecio del perdedor. La tan cacareada “igualdad de oportunidades”, no existe ni puede existir mientras se mantenga la situación de precariedad y exclusión de amplios sectores de la población, es imposible en una sociedad radicalmente injusta como la nuestra.
La acumulación de riqueza se alimenta de la pobreza y de los bajos salarios. El aumento de pobres, parados y excluidos se interpreta como el coste de la evolución del cambio y del crecimiento económico. Para el buen funcionamiento del sistema es necesario que los mejor dotados (los excelentes) prosperen y los débiles desaparezcan, los nuevos pobres son el coste necesario para que los “elegidos” estén cada día en mejores condiciones para competir y aumentar su riqueza. Una directora general de la Familia y el Menor de una comunidad autónoma negaba la subvención económica a una organización que se dedicaba a trabajar con chicos de la calle porque “dedicar recursos a los que no aprenden ni quieren aprender es inútil y es tirar el dinero. A los que quieren aprender y son inteligentes hay que dedicar los recursos”.
El fracaso escolar es el éxito del sistema, que cumple a la perfección su papel de seleccionar a “los mejores”, “los excelentes”, y suspender y excluir a “los otros, los vagos, los que no se esfuerzan lo suficiente, a los diferentes”. El fracaso escolar forma parte del éxito del sistema socioeconómico en que vivimos y del sistema educativo en el que se sustenta, porque a él se le asigna una clara función (entre otras) de selección y reproducción de la sociedad actual. Incluyendo el mantenimiento del fracaso escolar entre las clases sociales más bajas y las personas más débiles de la sociedad. Sin embargo, la psicología cognitiva y nuestra propia experiencia nos muestran que nuestros niños y jóvenes tienen la capacidad suficiente, a no ser que tengan determinadas carencias o limitaciones especiales, para aprender los conocimientos que se proponen en la escuela. Cuando no sucede así es porque se les está robando el derecho a la educación y al éxito escolar.
Este concepto selectivo y elitista de la educación se ha visto reforzado con la reforma educativa que impuso el Partido Popular con su mayoría absoluta en la penúltima legislatura. La LOMCE no ha contribuido a reducir el fracaso escolar sino que ha profundizado más las diferencias, generando un sistema educativo más clasista y segregador.
Los MRP somos conscientes de la necesidad de abrir procesos de transición a un modelo educativo emancipador que haga efectivo el derecho de todos los seres humanos a la educación y al éxito educativo. Por eso, todas las decisiones de política educativa que vayan en esa dirección hemos de apoyarlas, sabiendo que sólo serán eficaces poniendo en el centro la escuela pública que queremos, una escuela que no margine a nadie y elimine de raíz el fracaso escolar. El actual sistema educativo es claramente injusto, inequitativo, segregador y darwinista. Es el que corresponde a una sociedad injusta, desigual y clasista como la nuestra.
El espacio que se genera en la escuela pública, entendida como el modelo de escuela hacia el que queremos tender, es el espacio propicio para hacer realidad una educación basada en la afectividad como reconocimiento del otro. Es el espacio para formar un “nosotros” inclusivo, donde todos tienen su propio significado y sentido, donde cada uno es quien es y es respetado y querido en su propia singularidad. No podemos entender una escuela que prive a muchos de estar en ella, por medio de diferentes formas de selección y exclusión. Es necesario hacer eficaz y real el derecho a una educación inclusiva. Y mientras cualquier escuela, sea de la titularidad que sea, seleccione, margine, excluya, suspenda, expulse, clasifique, etiquete a uno solo de los alumnos o alumnas, y no garantice el éxito de todas las personas, será una escuela que nunca podrá ser la “escuela de todos y para todos”.
Estas reflexiones se tienen que materializar en actuaciones concretas como:
  • Ampliación del horario de apertura de la escuela (mañana y tarde). Avanzar en la concepción de educación a tiempo completo: actividades extraescolares formativas diversas y gratuitas para todos los miembros de la comunidad. Puesta en marcha de bibliotecas tutorizadas, estudio asistido, apoyos.
  • Empleo racional y formativo de las nuevas tecnologías.
  • Garantizar el desarrollo de la acción tutorial con el alumnado, sus familias y su entorno.
  • Entrada de más adultos en el aula para enriquecer el proceso de enseñanza-aprendizaje de todo el alumnado (grupos interactivos, dobles tutorías, profesor de apoyo o refuerzo, otros educadores).
  • Garantizar el aprendizaje de las lenguas propias y de uso mayoritario, tanto en su expresión oral como escrita.
  • Implantar programas de intervención contra el absentismo escolar.
  • Garantizar el aprendizaje de destrezas de comunicación y habilidades de relación social.
  • Medidas políticas efectivas para erradicar la pobreza y la marginación social.
  • Pacto político educativo en el que participen los sectores educativos implicados, en el que los partidos políticos renuncien a intereses particulares y de grupos de presión poderosos en pro de una educación pública de calidad.

domingo, 26 de febrero de 2017

"Los recortes se llevan por delante a profesores especialistas en acoso escolar" (EL DIARIO.ES)

Esta noticia está publicada en EL DIARIO.ES

Las comunidades autónomas anuncian y aprueban planes contra el acoso escolar en los centros educativos y el Gobierno está terminando un protocolo marco sobre convivencia en las aulas. Las administraciones ponen las medidas sobre el papel pero simultáneamente se cargan al personal que puede implantarlas para que sean eficaces: el Profesorado Técnico de Servicios a la Comunidad (PTSC), del que forman parte psicólogos, pedagogos, sociólogos, educadores y trabajadores sociales. En algunos de los planes autonómicos, como el de Castilla-La Mancha, ni siquiera se les nombra.
Esta figura es una de las más castigadas por los recortes educativos. Se encarga de la convivencia y de ser el nexo con servicios sociales y fiscalía. En Madrid, por ejemplo, solo el 15% de los institutos disponen de este recurso a jornada completa. En otro 15% tienen medio. "Se está prescindiendo del perfil que más atiende el impacto de la crisis. Trabajo con chicos y chicas de los que sospecho que vienen sin desayunar. ¿Y qué puedo hacer? Derivar sin más porque no llegamos a todo. Tengo que atender a 1.800 alumnos y además dar clases", cuenta Chema Salguero, orientador y jefe de estudios del IES Juan de la Cierva de Madrid.
En los mejores tiempos había en su instituto dos orientadores y un PTSC. Ahora solo está él. Este curso la Consejería de Educación les ha recortado la media jornada que hacía la PTSC. Ya denunciaron ante la inspección la supresión de la segunda figura de orientación y les dio la razón, pero no fue suficiente para que la administración se replanteara devolverles el recurso. Desesperados, enviaron en junio una carta a la Dirección de Área Territorial. Se acababan de enterar de que les dejaban sin PTSC : "Nos preocupa que muchas tareas no puedan ser asumidas por nadie repercutiendo en el alumnado en situación de riesgo social y académico".
En muchas comunidades, los PTSC –también docentes de Formación Profesional– no forman parte del cupo de plantilla de los centros, lo que les ha convertido en el eslabón más débil. Carne de cañón de recortes que "han atacado primero, aunque no solo, las figuras que no tienen carga lectiva pero que son imprescindibles", denuncian desde la Asociación Madrileña de PTSC. "Un profe de mates o lengua no lo pueden quitar porque se nota, así que van a por lo que no en lo curricular, es decir, la atención a la diversidad", añade su presidenta Miren Balbás.

Sin trabajar o sobrecargados

La mayoría de los gobiernos autonómicos llevan desde 2010 sin convocar oposiciones para plazas de este tipo, desincentivadas por las bajísimas tasas de reposición, que volvieron en 2015 al 100% después de cuatro años. Hay personas, como Fátima López, que llevaba siete años en lista de espera sin trabajar. Ahora está a media jornada en un centro de Secundaria de Madrid. "Voy corriendo a todo y atiendo a familias con problemas muy graves a los que no les puedo dar continuidad en la atención porque el año que viene ya no estaré aquí", explica.
A Chema, del IES Juan de la Cierva, le cuesta asumir que estando solo le es imposible ir a todas las reuniones de distrito con servicios sociales. En su centro, los recortes se han llevado por delante a 30 docentes y los recursos para compensatoria están al borde de la desaparición con solo media persona dedicada a ello. Del acoso escolar se encarga un grupo de mediación de alumnos involucrados creado hace seis años.
Ocurre en muchos centros que el PTSC, normalmente vinculado a los Equipos de Orientación Educativa, no ha desaparecido pero es itinerante y se ocupa de cinco o seis a la vez. "Los recortes por mucho que digan no se han restituido porque no sacan plazas. En el momento más delicado, cuando más se tiene que trabajar lo socioeducativo, es cuando nos quitan de enmedio. No todo es curricular. Yo llevo seis colegios de Guadalajara, hace tres años tenía diez. Así es imposible hacer seguimiento, y mucho menos prevención de situaciones de riesgo", dice Enrique, PTSC en Castilla-La Mancha.
Los especialistas de los colegios de Albacete han pasado de la indignación a la acción y este curso se han negado a itinerar por varios centros. Cada uno se ha quedado en el suyo de referencia como un modo de poner sobre la mesa la atención deficiente que eso supone porque muchos centros se quedan sin el recurso. Se juegan una multa de la inspección educativa que, al menos de momento, no ha llegado.

Recortes del 90% en compensatoria

Algunas regiones como Murcia, los PTSC están como funcionarios en los departamentos de orientación, lo que para los sindicatos permite que haya equipos cohesionados que trabajan de forma continua y en la misma dirección. Pero esto pasa en pocos sitios. "Estos recursos son los primeros en caer porque se salen de lo puramente curricular y parece un lujo, algo no imprescindible. La Lomce favorece además esta tesis. La atención a la diversidad ha pagado el pato, sin duda", se posiciona Francisco Javier García, encargado de lo relacionado con Enseñanza Pública No Universitaria en Comisiones Obreras.
Todos los PTSC consultados coinciden en que, como cada comunidad se distribuye sus recursos, no hay una regulación unitaria para su figura, que está en todas las comunidades desde 1996. Aunque cada una la gestiona a su manera porque tienen las competencias para hacerlo: los criterios por los que se pone o se quita un trabajador social de un colegio o de un instituto son variados. Algunas regiones, como Castilla La Mancha, no tienen PTSC en Secundaria y en su lugar hay lo que llaman "educadores sociales" que funcionan al margen de los Equipos de Orientación Educativa.
En Madrid, por ejemplo, la regulación dice que por cada 25 alumnos o alumnas de compensatoria corresponde medio PTSC, aunque la realidad, denuncian los trabajadores, es que "no es así siempre".
Los recursos estatales para educación compensatoria, para promover "la igualdad de oportunidades" según dice el propio Ministerio de Educación, se redujeron en 2014 más de un 90%. Pasaron de 53, 6 millones a apenas 5,25 millones. Entre los afectados directos por el tijeretazo están los PTSC, pero también el personal especializado en Audición y Lenguaje (AL) y los especialistas en Pedagogía Terapéutica (PT).