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lunes, 20 de junio de 2022

CGT recurre el RD de estabilización de personas interinas (Federación de Enseñanza de CGT. 14-6-2022)

 14 de junio de 2022

Los servicios jurídicos de la Federación de Enseñanza de CGT han presentado la interposición de contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional contra el Real Decreto 270/2022, de 12 de abril, por el que se modifica el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y se regula el régimen transitorio de ingreso a que se refiere la disposición transitoria decimoséptima de la citada ley, aprobado por Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero.

CGT Enseñanza valoramos muy positivamente las sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre el abuso de temporalidad del personal interino que venía a reconocer el incumplimiento de la directiva europea 1999/70 por parte de los gobiernos españoles de los últimos años. Sin embargo, desde CGT entendemos que la aplicación de las sentencias por parte del actual Gobierno, tanto en el llamado Icetazo (firmado por el Gobierno con CCOO, UGT y CSIF) como en el RD 270/2022 no recogen lo sentenciado por el TSJU.

El RD 270/2022 no solo no sirve para estabilizar a las personas interinas en abuso de temporalidad sino que además entendemos que es discriminatorio y va en contra de la “igualdad de oportunidades y libre concurrencia”. En concreto hay dos puntos polémicos que son los que hemos recurrido en este primer momento, la limitación de los 10 años tanto para el reconocimiento de la experiencia docente como para el reconocimiento de haber superado un proceso de concurso-oposición.

El RD 270/2022 que regula como serán los procesos extraordinarios de estabilización de personal interino marca una fecha límite injustificada de 10 años para el baremo de méritos de las personas que vayan a participar tanto en el concurso oposición como en el concurso de méritos. En el apartado de experiencia docente, el máximo de puntos se consigue con 10 cursos trabajado, lo que iguala a personas interinas con 17 o 18 cursos trabajados, que las hay, con las que llevan 10. Desde CGT no se entiende de dónde sale esta limitación temporal que resta posibilidades a las personas que llevan más años en abuso de temporalidad.

Pero aún más grave, a entender de esta Federación, es la limitación de la fecha de 2012, de nuevo los 10 años, para poder obtener puntuación por haber superado algún proceso selectivo. Es decir, las personas que hayan aprobado un concurso oposición desde 2012 pueden llegar a obtener hasta 5 puntos en uno de los apartados de la baremación del Concurso de Méritos. Sin embargo, hay muchas CCAA donde o no se han convocado oposiciones nunca o se ha hecho antes de 2012. Por citar un ejemplo, en Aragón hay especialidades como Historia del Arte o Alemán en Cuerpo de Infantil-Primaria donde nunca se han convocado concurso de oposición. En otras como Música de Secundaria, Italiano de Escuela de Idiomas y Fabricación y Carpintería y Mueble de Formación Profesional no ha habido concurso oposición en Aragón posterior a la fecha de 2012 marcada por el RD 270/2022. Esto significa que, habiendo habido en otras CCAA oposiciones posteriores a esa fecha los y las interinas de otras CCAA podrían obtener en Aragón una puntuación que las personas interinas de Aragón no pueden por no haberse convocado procesos de oposición desde la citada fecha. Este ejemplo, con otras especialidades es extensible a todos los territorios del Estado por lo que nos encontramos con situaciones de desigualdad donde no se puede competir en igualdad de condiciones.

Estos son los dos motivos que han propiciado la interposición de contencioso administrativo que no quita para presentar nuevos recursos una vez publicadas las distintas convocatorias.

Fuente: fecgt.org

lunes, 9 de diciembre de 2019

12-12-2019: Concentración por el CEIP Blas de Lezo Las Tablas (de 18:00 a 19:30 h, frente a la sede del Partido Popular. C/ Génova, 13)


Tribu Blas de Lezo nos envía esta convocatoria:

Queríamos invitaros a la concentración autorizada que se celebrará el día 
12 de diciembre en horario de 18:00h - 19:30h frente a la sede del 
Partido Popular (Calle de Génova, 13 Madrid).

Es una más, de las acciones incansables que llevamos realizando desde hace ya 6 meses. 

Esta concentración es por el CEIP Blas de Lezo Las Tablas. Ejemplo de cómo cualquier colegio de Madrid puede llegar a ser intervenido arbitrariamente por los organismos involucrados en la Educación Pública Madrileña. 

Cómo pueden desacreditar a los docentes cualificados y desmerecer el esfuerzo de grandes profesionales. Pero algo que nos compete a todos aquellos que formamos parte de la comunidad educativa, cómo pueden despreciar a los niños.

Esta lucha se ha convertido en la lucha por la protección de los intereses de los más pequeños, del respeto a la calidad de la educación pública. La calidad del aprendizaje en el sentido más amplio de la palabra. 
 
Todos somos responsables y partícipes de defender el proyecto educativo que hemos elegido. Y hoy ha sido el CEIP Blas de Lezo Las Tablas pero, mañana puede ser vuestro colegio, vuestro instituto y por ello os solicitamos vuestra presencia y vuestro apoyo.

Esto es por nosotros, por vosotros, por su futuro.

Muchas gracias por vuestra atención y os esperamos el próximo jueves.


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sábado, 7 de diciembre de 2019

Nota de prensa: Contencioso administrativo por el nombramiento irregular del actual equipo directivo (AMPA CEIP Blas de Lezo. Las Tablas)

LA ASOCIACIÓN DE MADRES Y PADRES (AMPA) DEL CEIP BLAS DE LEZO LAS TABLAS INICIA LA VÍA JUDICIAL CON UN PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO POR EL NOMBRAMIENTO IRREGULAR DE SU ACTUAL EQUIPO DIRECTIVO.

Los padres de este centro educativo son los primeros en interponer un procedimiento de este tipo en la comunidad de Madrid.

Tras duros meses de movilizaciones, reclamaciones y quejas por parte de la mayoría de las familias del Centro, manifestado su rechazo absoluto a la decisión unilateral de la DAT de nombrar a un equipo directivo sin consenso con la comunidad educativa y mediante un procedimiento que consideran es totalmente arbitrario, la AMPA, respaldada por el 90% de los votos de sus socios presentes y representados en Asamblea, ha interpuesto procedimiento Contencioso Administrativo contra dicho nombramiento.

Con el fin de evitar la vía judicial, varios miembros de la AMPA mantuvieron diversas reuniones con el consejero de educación, Enrique Ossorio y la vice consejera Pilar Ponce, así como con otros miembros del partido popular, para informarles de primera mano de las irregularidades cometidas por el equipo de gobierno saliente con respecto al nombramiento de su actual directora, Ana Van Osterzee.

Las familias, siempre han defendido la posibilidad de que el que fue director del centro hasta junio, pudiese ser nombrado de nuevo mediante proceso extraordinario ya que la normativa en ningún momento lo impide. Sin embargo, la Dirección de Área Territorial, se inclinó por llevar a cabo el nombramiento de Ana Van Osterzee, una directora que quedó excluida en las fases previas del proceso ordinario de selección de directores para varios centros de la Comunidad (entre ellos el propio Blas de Lezo).

Desde la AMPA Blas de Lezo se insiste en que la elección del director debería haber sido consensuada con la comunidad educativa, tal y como indican las bases del concurso de selección de directores, donde se insta a la Dirección de Área Territorial a oír al consejo escolar antes de tomar una decisión sobre el nombramiento. Con esto, la norma posibilita nombramientos consensuados que permitan en casos extraordinarios, como en el que nos encontramos, dar continuidad a un proyecto educativo.

Además, las bases también indican que "la dirección de Área Territorial correspondiente informará al Consejo escolar sobre la persona propuesta para el desempeño de la dirección del centro, así como de sus méritos e idoneidad". Esto no se llevó a cabo y así se constata en el acta del último consejo escolar celebrado en el centro antes del cese de la dirección, el pasado 28 de junio de 2019, que no recoge información del nombramiento, ni si quiera figura tal hecho en el orden del día.

Sin embargo, aunque desde la consejería alegan que se trata tan solo de un defecto de forma que no invalida el nombramiento, los padres y madres del Blas de Lezo, sin embargo, consideran que se trata de un incumplimiento de la norma.

Tras la disconformidad con la respuesta ofrecida por la vice consejera, que el AMPA del Blas de Lezo sigue manifestando que no se ajusta a derecho, las familias apuestan por emprender acciones legales para demostrar que sí ha habido irregularidades y arbitrariedades en el proceso de selección de directores para su centro.

No obstante, los padres y madres del Blas de Lezo siguen abiertos a la vía del dialogo con la consejería y dispuestos a llegar a fórmulas de consenso, que consideran vitales para resolver el conflicto existente en el centro en estos momentos.

El Blas de Lezo es un colegio de nuevo construcción, en el madrileño barrio de Las Tablas, que con solo cuatro años de vida ha conseguido ser el colegio público más demandado del barrio gracias a una dirección comprometida que ha llevado a cabo una innovadora línea de aprendizaje basado en proyectos (ABP o PBL, Project based learning), una metodología de aprendizaje en la que los estudiantes adquieren un rol activo y se favorece la motivación académica. Una metodología constructivista donde el alumno es generador de sus aprendizajes y la labor docente es la de ser acompañante y guía. Un sistema que no utiliza libros como vía principal de aprendizaje, no hay deberes sistemáticos y se apuesta por la participación activa de las familias en la vida del centro.
AMPA Blas de Lezo, las Tablas

Fuente: ampablasdelezo.wordpress.com