sábado, 16 de septiembre de 2017

El Ministerio de Educación obligará a parados sin contrato a gestionar las becas

Reproducimos esta noticia publicada en ELDIARIO.ES (Ana Requena)


  • El departamento ha solicitado a los servicios públicos de empleo de las comunidades autónomas que recluten a parados bajo la fórmula de la colaboración social.
  • Estos parados cobran un complemento que se añade a su prestación, pero su colaboración no es una relación laboral y es obligatoria.
  • Hace tres años el Tribunal Supremo prohibió que las administraciones utilizaran esta fórmula para cubrir trabajos habituales y estructurales.


El Ministerio de Educación utilizará a parados para apoyar la tramitación y la gestión de becas del inicio de curso. El departamento ha solicitado a los servicios públicos de empleo de las comunidades autónomas que recluten a parados bajo la llamada fórmula de la colaboración social para que desempeñen estas labores durante varias semanas.

Estos parados cobran un complemento que se añade a su prestación, pero su colaboración no es una relación laboral y es obligatoria. Hace tres años el Tribunal Supremo, prohibió que las administraciones utilizaran esta fórmula para cubrir trabajos habituales y estructurales. 

En un documento al que ha tenido acceso eldiario.es, el Ministerio reconoce que tanto las universidades como las direcciones y delegaciones provinciales de las comunidades autónomas cuentan con personal que tienen encomendada estas tareas y que con el inicio de curso "ven incrementadas enormemente las funciones a desarrollar como consecuencia del volumen que representan las becas" sin que, prosigue el texto, tengan durante ese periodo "un incremento de sus dotaciones de personal, con la consiguiente acumulación de expedientes que deben ser objeto de tramitación".

"A todo ello debe añadirse la perentoriedad de los plazos para tramitar las becas", añade Educación. Con ese razonamiento, el departamento ministerial justifica la necesidad de reforzar esas unidades con personal extra durante un tiempo determinado. Ese personal estará formado por parados seleccionados por los servicios públicos de empleo bajo la fórmula de la colaboración social. No es la primera vez que el Ministerio acude a este instrumento para reforzar sus unidades de gestión de becas: lo ha hecho, al menos, desde 2012.

Educación pide, además, que las personas seleccionadas tengan un perfil concreto: "Auxiliar administrativo con conocimientos informáticos a nivel usuario. Sería, asimismo, deseable que tuvieran alguna experiencia en la tramitación de expedientes administrativos". El documento detalla también las tareas a desempeñar. Son las de apoyo al personal de la unidad, tareas administrativas necesarias para tramitar una beca, petición y comprobación de datos, y grabación de datos.

Fuentes del Educación reconocen que el ministerio lleva "muchos años" utilizando la figura de la colaboración social para "apoyar" las tareas de las unidades que tramitan las becas, ya que a veces sus recursos humanos resultan "insuficientes". "Ese es el motivo, con el objeto puntual de reforzar estos medios y agilizar la gestión de las convocatorias, por lo que se ha recurrido tradicionalmente a la figura del contrato de colaboración social cumpliendo siempre los requisitos jurídicos y de fiscalización preceptivos", dicen.

El Supremo limitó su uso

La normativa laboral permite desde 1982 que bajo una fórmula llamada "colaboración social" las administraciones llamen a los desempleados a hacer este tipo de tareas no remuneradas, pero por las que se da un complemento económico que se suma a la prestación mientras siguen en el paro. Eso sí, mientras dura la colaboración social esas personas desaparecen de las estadísticas como parados. Si un parado rechaza formar parte de la colaboración social, se arriesga a perder su prestación.

Hace tres años, el Tribunal Supremo limitó el uso de esta fórmula, tal y como adelantó eldiario.es. La Sala General de lo Social estableció en 2014 una nueva doctrina por la cual las administraciones no pueden utilizar a parados en colaboración social para cubrir tareas habituales o permanentes, sino solo para trabajos temporales puntuales acotados en el tiempo. Decenas de sentencias han reconocido una relación laboral a muchos parados que han ejercicio labores de colaboración social.

La Federación de Servicios a la Ciudadanía de CCOO considera que este caso vulnera la doctrina del Supremo. En varias ocasiones el sindicato ha comunicado al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas su preocupación por el uso de la colaboración social en algunas administraciones como, por ejemplo, el Ministerio de Educación. CCOO nunca obtuvo respuesta.

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