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Resolución conjunta de las Viceconsejerías de Política educativa y de Organización educativa, de 9 de julio de 2020, por la que se dictan Instrucciones sobre medidas organizativas y de prevención, higiene y promoción de la salud frente a COVID-19 para centros educativos en el curso 2020-2021, modificada por la Resolución conjunta de las Viceconsejerías de Política educativa y de Organización educativa, de 28 de agosto
La Consejería de Educación y Juventud, mediante las presentes instrucciones, planifica el curso 2020-2021 a partir de los siguientes criterios generales:
1. Se parte del principio general de mantener la actividad lectiva presencial en todas las enseñanzas, niveles y etapas educativas durante el curso 2020-2021, siempre que la evolución de la crisis sanitaria por COVID-19 lo permita.
2. Se adoptarán medidas para que los centros, en caso de disponer de ellos, puedan ofrecer en condiciones de seguridad sanitaria los servicios complementarios de transporte y comedor escolar. Igualmente, se procederá, en el caso de otros servicios que los centros vienen ofertando, tales como acogida temprana y actividades extraescolares.
3. Se prevén, en función de la evolución de la crisis sanitaria por COVID-19, cuatro posibles escenarios, a partir de los cuales la Consejería de Educación y Juventud ha elaborado los planes de contingencia que corresponden a cada uno de ellos, necesarios para que los centros docentes puedan hacer frente a las eventualidades que se produzcan en el curso 2020-2021.
Estos cuatro escenarios son:
a) Escenario I. Escenario extraordinario de higiene. Salvo evolución negativa de la crisis sanitaria, es el escenario que se establece para el inicio del curso escolar 2020-2021, como consecuencia del Real Decreto-ley 21/2020, de 9 de junio, de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
b) Escenario II. Escenario de presencialidad parcial. Este escenario se plantea para el caso de un empeoramiento de la evolución de la crisis sanitaria por COVID-19, sin que se llegue a decretar el confinamiento y la suspensión de toda actividad educativa presencial.
c) Escenario III. Escenario de confinamiento y suspensión de la actividad educativa presencial, debido a un empeoramiento grave de la evolución de la crisis sanitaria por COVID-19.
d) Escenario IV. Escenario sin problemas de COVID-19. Este escenario se plantea para la vuelta a la normalidad por la desaparición de los riesgos de COVID-19.
La Consejería de Sanidad determinará el escenario que corresponde en cada momento del curso 2020-2021 de común acuerdo con las indicaciones de la Consejería de Educación y Juventud. Los planes de contingencia de aplicación en cada uno de ellos se recogen en el anexo I de estas instrucciones. Los centros han de tener preparada con antelación la organización derivada de cada escenario, de modo que se permita su inmediata aplicación en caso de entrar en un determinado escenario. Esta planificación de la organización para cada escenario se incluirá en la Programación General Anual. En todo caso, los centros, con antelación al inicio del curso escolar, habrán de:
a) Comunicar a la respectiva Dirección de Área Territorial, a través de los Servicios de Inspección Educativa, la organización y adecuación de los planes de contingencia específicos de cada centro educativo, diseñados para cada escenario por la Consejería de Educación y Juventud, con especial incidencia en el escenario de aplicación en el comienzo de curso.
b) Mantener informados a los alumnos y, en su caso, a las familias o tutores legales, de las medidas y la organización del escenario que se aplicará a comienzo de curso, así como de las medidas y organización adoptadas para los demás escenarios, en caso de aplicación de los mismos.
Las modificaciones que los centros realicen sobre la organización y adecuación de los planes de contingencia diseñados para cada escenario se comunicarán a la respectiva Dirección de Área Territorial a través de los Servicios de Inspección Educativa y se informará de las mismas a toda la comunidad educativa, en especial a los alumnos y, en su caso, a las familias o tutores legales.
Las autoridades sanitarias podrán determinar la aplicación de un determinado escenario en determinados municipios o centros docentes en función de la evolución epidemiológica.