Vídeo del MONOGRÁFICO "CEIP vs CEIPSO. JORNADA PARTIDA vs CONTINUA" organizado por Asamblea Marea Verde Madrid el 11 de noviembre de 2024
En este Monográfico madres y padres de alumnado pertenecientes o no a varias AMPA de algunos centros, profesorado de Primaria y Secundaria, CONFAPA y representantes de sindicatos (STEM y CCOO) reflexionamos y debatimos sobre la incorporación de 1º y 2º de la ESO en colegios de Infantil y Primaria (CEIP) y el cambio de jornada continua a jornada partida, sin haber publicado normativa sobre este cambio de modelo educativo en la Comunidad de Madrid.
El 24-10-2024 la Viceconsejería de Política y Organización educativa de la Comunidad de Madrid acordó la apertura de una consulta pública previa a la elaboración del Proyecto de Decreto para regular la jornada escolar de los CEIP (Centros de Educación Infantil y Primaria) , CEIPSO (Centros de Educación Infantil, Primaria y ESO) y centros de Educación Especial. El plazo de la consulta, hasta el 15-11-2024, se ha ampliado hasta el 9-12-2024.
En su Memoria de consulta pública, la Viceconsejería de Organización y Política educativa expone:
"[...] entre otras medidas, la Comunidad de Madrid quiere fomentar la jornada partida en los colegios públicos, así como incrementar el número de nuevos colegios públicos de Educación Infantil y Primaria autorizados para impartir Educación Secundaria Obligatoria. En dichos centros, los alumnos que cursen 1º y 2º de Educación Secundaria Obligatoria tendrán jornada escolar partida."
Antes de aprobar el cambio legislativo preceptivo, las Direcciones de Área Territorial (DAT) están obligando a algunos CEIP (Centros de Educación Infantil y Primaria) a:
- Cambiar la jornada escolar en Consejos Escolares extraordinarios. Este hecho conculca la legislación autonómica actual, regulada en la Orden 11994/2012 y en la Orden 502/2013, según la cual el cambio ha de realizarse mediante una votación de las familias en la que ⅔ de las mismas estén a favor.
- Incorporar 1° y 2° de ESO a sus centros, lo que vulnera la ley educativa estatal, específicamente lo estipulado en el Real Decreto 132/2010, de 12 de febrero, que establece las condiciones que deben cumplir los centros educativos de Secundaria. En concreto, el artículo 13.2 dice: “En los centros de educación secundaria que ofrezcan las enseñanzas de educación secundaria obligatoria se deberán impartir los cuatro cursos de que consta esta etapa educativa con sujeción a la ordenación académica en vigor”.
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