Este documento está basado en la “Guía de actuación ante la aparición de casos de COVID-19 en
centros educativos” aprobada por la Ponencia de Alertas y Planes de Preparación y Respuesta de
fecha 24 de septiembre de 2020.
Este documento está en revisión permanente en función de la evolución y nueva información que se disponga de la infección por el nuevo coronavirus (SARS-CoV-2).
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Se indicará vigilancia de síntomas y cuarentena en el domicilio durante los 10 días posteriores al último contacto con un caso confirmado, según lo establecido en la Estrategia de detección precoz, vigilancia y control de COVID-19 de la Comunidad de Madrid. Esta es la principal medida de prevención para controlar la transmisión.
Si durante el periodo de cuarentena desarrolla síntomas, se pondrá en contacto telefónico con su centro de salud para su valoración clínica y solicitud de prueba diagnóstica. Si el contacto sigue asintomático al finalizar su periodo de cuarentena podrá reincorporarse a sus actividades habituales sin necesidad de realizar una prueba diagnóstica. Las personas que ya han tenido una infección confirmada por SARS-COV-2 los 3 meses anteriores estarán exentos de hacer cuarentena.
En la situación epidemiológica actual, la realización de una prueba diagnóstica de infección aguda a los contactos estrechos del ámbito escolar, en general, no se indica salvo que desarrollen síntomas. En situaciones de especial riesgo, Salud Pública puede indicar la realización de una prueba diagnóstica y se podrá realizar en el lugar que se determine. En el caso de personas vulnerables [6], la valoración de la indicación de prueba diagnóstica la realizará su médico de familia o pediatra. Si el resultado de la prueba es negativo se continuará la cuarentena hasta el día 10. En cualquier caso, la cuarentena finalizará a los 10 días de la fecha del último contacto.
[6] Centro para el Control y la Prevención de Enfermedades: https://espanol.cdc.gov/coronavirus/2019-ncov/need-extraprecautions/
people-with-medical-conditions.html#children-underlying-conditions (consultado el 23/09/2020).
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Entradas relacionadas:
- ORDEN 2162/2020, de 14 de septiembre, de la Consejería de Educación y Juventud, por la que se establecen medidas que han de adoptar los centros docentes de la Comunidad de Madrid para la organización del curso 2020-2021 en relación con la crisis sanitaria provocada por la COVID-19 (BOCM 21-9-2020)
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