CCOO ganó la primera sentencia sobre la parte proporcional de la paga extra del personal funcionario. Esta sentencia es firme y condena en costas a la Comunidad de Madrid. Ahora CCOO anima a todos los docentes afectados a reclamar con el sindicato, único que lo puede solicitar por haber ganado la sentencia, la extensión de sentencia para que se les abone la parte proporcional.
La Federación de Enseñanza de CCOO instó a todos sus afiliados para reclamar ante la jurisdicción contencioso administrativa la parte proporcional de la paga extra del año 2012, del tiempo devengado antes de la entrada en vigor del Real Decreto-Ley 20/2012, de 13 de julio, por el que se suprimen las pagas extraordinarias del personal funciona-rio.
El Juzgado de lo Contencioso administrativo Nº 27 de Madrid, en Sentencia de 25 de septiembre de 2013, estima las pretensiones de CCOO, y considera que el Real Decre-to Ley no tiene efectos retroactivos, y que el perfeccionamiento del derecho a las pagas extraordinarias se genera a lo largo de todo el año. Por lo tanto se reconoce que se tiene derecho a percibir las cantidades correspondientes a la paga extra de Navidad generada entre el 1 de junio y el 14 de julio. Esta sentencia, que es firme, condena en cosas a la Comunidad de Madrid, que ascenderán a un tercio de la cantidad que se liquide de la paga extraordinaria cuyo derecho tiene el funcionario.
CCOO celebró esta sentencia favorable y exigió a la Comunidad de Madrid que haga extensión de la sentencia a todo el personal afectado. CCOO cree que ante la pasividad de la Administración es el momento de que cada afectado reclame la extensión de esta sentencia y por ello anima a reclamar con el sindicato, único que lo puede solicitar por ser quien ha ganado la sentencia, los derechos reconocidos en esta sentencia.
Más información de la reclamación en:
http://www.feccoo-madrid.org/ensenanzamadrid/Informacion:Campanas:539166--Peticion_de_extension_de_la_sentencia_de_las_pagas_extras
El Juzgado de lo Contencioso administrativo Nº 27 de Madrid, en Sentencia de 25 de septiembre de 2013, estima las pretensiones de CCOO, y considera que el Real Decre-to Ley no tiene efectos retroactivos, y que el perfeccionamiento del derecho a las pagas extraordinarias se genera a lo largo de todo el año. Por lo tanto se reconoce que se tiene derecho a percibir las cantidades correspondientes a la paga extra de Navidad generada entre el 1 de junio y el 14 de julio. Esta sentencia, que es firme, condena en cosas a la Comunidad de Madrid, que ascenderán a un tercio de la cantidad que se liquide de la paga extraordinaria cuyo derecho tiene el funcionario.
CCOO celebró esta sentencia favorable y exigió a la Comunidad de Madrid que haga extensión de la sentencia a todo el personal afectado. CCOO cree que ante la pasividad de la Administración es el momento de que cada afectado reclame la extensión de esta sentencia y por ello anima a reclamar con el sindicato, único que lo puede solicitar por ser quien ha ganado la sentencia, los derechos reconocidos en esta sentencia.
Más información de la reclamación en:
http://www.feccoo-madrid.org/ensenanzamadrid/Informacion:Campanas:539166--Peticion_de_extension_de_la_sentencia_de_las_pagas_extras
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