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lunes, 20 de junio de 2022

Madrid: la Justicia ratifica las cautelarísimas solicitadas por CCOO y reitera la suspensión de la circular sobre la educación por ámbitos en la ESO (FE CCOO de Madrid)

Isabel Galvín: “Es una gran noticia. Lo que aquí está en juego es la libertad, que no se nos olvide. La libertad de cátedra, la libertad de los docentes de elegir su proyecto educativo y su método pedagógico”

La Federación de Enseñanza de CCOO Madrid advierte a Ayuso que son decisiones en las el Gobierno regional no puede entrar “porque están blindadas por nuestra Constitución” y apela a la “cordura y al sentido común”

16/06/2022.

La Justicia ratifica las cautelarísimas solicitadas por CCOO y reitera la suspensión de la circular sobre la educación por ámbitos en la ESO

Nuevo varapalo para las pretensiones del Gobierno Madrid de atar en corto a la comunidad educativa. El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha reiterado que los centros educativos no pueden ver limitada su autonomía para organizar los contenidos de la Enseñanza Secundaria Obligatoria (ESO) en ámbitos, tal y como solicitaba CCOO en su recurso contencioso-administrativo contra la circular del 23 de mayo de 2022 sobre ordenación y organización de las enseñanzas de ESO en el curso académico 2022/2023.

El Auto del TSJM, que responde definitivamente a las alegaciones presentadas por la Comunidad de Madrid contra la suspensión inicial, considera que la aplicación de la circular de la Consejería de Educación sobre organización de la ESO para el curso 22/23 puede generar perjuicios a las comunidades educativas porque limita la autonomía pedagógica de los centros educativos y los derechos del profesorado y del alumnado.

Así, dice textualmente el Auto que “tal configuración de cada proyecto educativo se ha de realizar, en su caso, por la decisión adoptada por el Claustro que integra, de modo colegiado, al conjunto del Profesorado de cada centro docente”. Y más adelante, vuelven a dejar claro que las competencias pedagógicas no están en manos de la Comunidad de Madrid, cuando dice: “Es visible para esta Sala la afectación de las funciones que, según la Ley Orgánica de Educación, correspondería ejercer al Profesorado del centro”.

“Maniobras de Ayuso”

En consecuencia, queda temporalmente sin efecto la circular vinculante de la Dirección General de Educación Secundaria, Formación Profesional y Régimen Especial, en tanto el TSJM dicte sentencia. O lo que es lo mismo: los centros, en su autonomía pedagógica y organizativa, podrán organizar las materias en ámbitos, atendiendo así la legítima demanda de sus comunidades educativas.

“Es una gran noticia”, ha declarado Isabel Galvín, secretaria general de la Federación de Enseñanza de CCOO Madrid. “Lo que aquí está en juego es la libertad, que no se nos olvide. La libertad de cátedra, la libertad de los docentes de elegir proyecto educativo, la libertad de elegir método pedagógico…. Son decisiones en las que la Consejería de Educación, el Gobierno de Madrid, Ayuso, no pueden entrar porque están blindadas por nuestra Constitución. Todas estas maniobras de Ayuso, que por suerte estamos consiguiendo parar, son ataques frontales contra la libertad de enseñanza”.

CCOO apela a la cordura

CCOO apela “a la cordura, al sentido común” y le pide a Ayuso que “deje de intentar intervenir en los centros educativos, que deje de intentar prohibir, censurar, condicionar el trabajo de los docentes en Madrid”

Añade Galvín que “lo que necesitan los madrileños es que Ayuso deje de intentar meter mano donde no le corresponde, más allá de sus competencias, y deje de gastar tiempo en estas ‘batallitas’ estériles contra la LOMLOE”. También le pide a Ayuso que se dedique a solucionar los problemas reales de la educación madrileña: “Siguen faltando plazas públicas a todos los niveles, siguen sin bajar las ratios, sigue habiendo amianto por toda la región, y para colmo, estamos en medio de una ola de calor y no hay ningún plan de contingencia para las altas temperaturas en las aulas.”

Fuente: feccoo-madrid.org

lunes, 30 de mayo de 2022

La Justicia suspende parte del decreto con el que Madrid quería torpedear la ley de Educación del Gobierno (Daniel Sánchez Caballero para eldiario.es)

 Artículo de Daniel Sánchez Caballero para eldiario.es

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid atiende un recurso de CCOO por invasión de competencias y deja sin efecto de manera cautelar algunas de las medidas del decreto con el que Ayuso pretendía cambiar el sistema de evaluación y promoción en la ESO y Bachillerato

— El Consejo de Ministros aprueba el decreto que permite obtener el título de Bachillerato con un suspenso
25 de mayo de 2022

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha suspendido cautelarmente parte del Decreto de evaluación y promoción de curso en la ESO y Bachillerato con el que la Comunidad de Madrid pretendía “garantizar la calidad educativa” frente a la Lomloe, que el Gobierno de Isabel Díaz Ayuso aprobó la semana pasada. En un auto, los jueces –con el voto particular en contra de dos magistradas– atienden un recurso presentado por CCOO, dejan sin efecto durante tres días parte de los preceptos incluidos en la norma aprobada por el Ejecutivo regional y dan ese mismo plazo a la Consejería que dirige Enrique Ossorio para alegar y tomar una decisión definitiva.

Lo que se dirime aquí es la manera en la que se evalúa al alumnado y promociona de curso o no, tanto en Bachillerato como en la ESO. El Ministerio de Educación planteó en la Lomloe un sistema colegiado en el que los docentes deciden –que suponía un poco dar carta de naturaleza a una práctica bastante extendida en los claustros– sobre cada alumno, pero sin fijar mayorías ni proporciones. Madrid desarrolló la normativa estatal, de mínimos, con su propio sistema, más intervencionista. Eso queda ahora en el aire.

La normativa de la Comunidad de Madrid, diseñada para evitar que se regalen los aprobados como sucede en la ley estatal, según argumenta el Gobierno regional, “impone a los equipos docentes un juego de mayorías cualificadas en la ESO y en Bachillerato que contraviene el criterio de la normativa básica y cercena la autonomía de las juntas de evaluación y de libertad de cátedra”, argumenta el sindicato, y “además, autoriza a los centros a establecer criterios para la promoción y la titulación a modo de norma general sin tener en cuenta la evaluación individual de cada alumno o alumna”. CCOO sostuvo en su recurso que el Decreto invade competencias estatales.

La Comunidad de Madrid sostiene que su decreto se ajusta a la normativa. Los servicios jurídicos del Ejecutivo están “elaborando un informe que se presentará en las próximas horas con el objetivo de que la Justicia pueda revocar esta decisión”, explican fuentes de la Puerta del Sol. “El Decreto aprobado por el Consejo de Gobierno regional el pasado miércoles no vulnera la normativa nacional y confiamos en que continúe adelante”, añade.

Los magistrados suspenden cautelarmente algunas partes de cinco de los artículos del decreto madrileño, en concreto aquellos que entran en aparente contradicción con la Lomloe en cuanto a las condiciones para pasar de curso y promocionar en las etapas de Secundaria. Argumenta el auto que la evaluación debe estar concluida para el 15 de junio, según la normativa de la Comunidad de Madrid –antes incluso para Bachillerato por las pruebas de acceso a la Universidad– por lo que la Sala “ha estimado procedente acceder a la medida provisionalísima solicitada apreciando que concurren, además de las circunstancias de urgencia que se coligen de lo ya expuesto, otras razones más”, que concreta en que solo son tres días y en que hay una normativa estatal que impide que se genere un vacío normativo –el Real Decreto de promoción del Ministerio de Educación a partir del que se realiza este de la Comunidad de Madrid y el propio regional del año pasado–.

“Frente al mandato del Real Decreto [del Ministerio de Educación], que establece que las decisiones de los equipos docentes sobre la promoción de un curso a otro y sobre la titulación debe adoptarse de forma colegiada, sin más, y a la Ley de Régimen Jurídico del Sector Público, que recoge que las decisiones de los órganos colegiados se adoptarán por mayoría, simplemente, no mayoría cualificada ni siquiera absoluta, el Decreto en cuestión impone otros criterios”, explica CCOO.

En concreto, desgrana el sindicato, “en el caso de la ESO, impone una mayoría de dos tercios del equipo evaluador, tanto para la promoción como para la titulación. En el del Bachillerato, para decidir la titulación extraordinaria con una materia suspensa, esta mayoría cualificada llega hasta los cuatro quintos, lo que resulta incluso inviable para el caso del Bachillerato nocturno o situaciones en las que el alumno o alumna no curse todas las materias en 2º”, argumenta.

Anulaciones en ESO, Bachillerato y para personas adultas

El auto deja sin efecto cautelarmente ocho puntos de la normativa madrileña que atañen a la ESO y al Bachillerato. De la parte de la Secundaria obligatoria los que más confrontan con la Lomloe están en los artículos 5 y 6. En el 5, apartado ocho, la Comunidad de Madrid había establecido que las decisiones para la promoción y titulación en la ESO deben tomarse “por mayoría cualificada de dos tercios” del equipo docente y y que “las demás decisiones” (...) deberían ser adoptadas “por consenso” o “mayoría absoluta”. Los jueces tumban ambas proporciones.

En el artículo 6, la Consejería de Educación establece que “para facilitar la toma de decisiones sobre la promoción de los alumnos, los equipos docentes podrán tomar en consideración que un alumno repetirá curso cuando tenga evaluación negativa en tres o más materias. Asimismo, con idéntica finalidad, de forma excepcional, podrán decidir la promoción de un alumno con evaluación negativa en tres materias cuando se den conjuntamente las siguientes condiciones: a) Que dos de las materias con evaluación negativa no sean simultáneamente Lengua Castellana y Literatura y Matemáticas. b) Que el equipo docente del alumno considere que la naturaleza de las materias con evaluación negativa no impide al alumno seguir con éxito el curso siguiente, que tiene expectativas favorables de recuperación y que la promoción beneficiará su evolución académica”.

Estas medidas parecen contradecir a la Lomloe, que permite la promoción sin límite de suspensos en determinadas situaciones y no establece distinciones entre materias para promocionar o no.

En cuanto al Bachillerato, el artículo 20 del Decreto elimina el inciso que asimila la superación de la etapa con el aprobado en todas las materias (la Lomloe prevé titular en Bachillerato excepcionalmente con un suspenso, como en la Universidad), que dice: “Para facilitar la toma de decisiones sobre la titulación, los equipos docentes podrán considerar que el logro de los objetivos establecidos para la etapa y la adquisición de las competencias correspondientes, y, por tanto, la obtención del título de Bachiller que lo acredita, se alcanzan exclusivamente con evaluación positiva en todas las materias”.

Medidas similares se toman respecto a la evaluación y promoción del Bachillerato para personas adultas. Así, en el artículo 24 se elimina “la mayoría cualificada de cuatro quintos” y la “absoluta, es decir, más de la mitad de los miembros que integran el equipo docente del alumno” que Madrid impone para obtener la titulación.

El Ejecutivo regional sostiene que la normativa nacional es incompleta. “El Real Decreto de Evaluación, Promoción y Titulación del Gobierno de España es laxo y le falta concreción, ya que, por ejemplo, no incluye el precepto de qué mayoría de docentes debe tomar las decisiones de promoción y titulación. Por eso, desde el Gobierno regional incluimos en nuestro decreto que la decisión de promoción y titulación en Secundaria sea de una mayoría cualificada de dos tercios de sus miembros y previa deliberación, y de 4/5 en el caso de Bachillerato, para que esa decisión sea muy consciente y muy reforzada del equipo de profesores de ese centro”, cierra el Gobierno de Ayuso.

lunes, 15 de febrero de 2021

El tribunal del caso Máster absuelve a Cifuentes pero condena a su asesora y a una profesora (Elena Herrera / Marcos Pinheiro para ELDIARIO.ES)

 ELDIARIO.ES publica esta información


El tribunal del caso Máster ha decidido absolver a Cristina Cifuentes del delito de falsificación documental, por el que la Fiscalía pedía que fuese condenada a tres años y tres meses de cárcel. Los jueces han considerado que la expresidenta madrileña no jugó ningún papel en la elaboración del acta falsa sobre su trabajo de fin de máster, con el que trató de justificar que sí había realizado ese posgrado tras la exclusiva de elDiario.es, según ha avanzado la agencia Efe y ha confirmado este medio. Los jueces sí han condenado a una profesora del máster de la Universidad Rey Juan Carlos (URJC) y a la asesora del Gobierno regional que presionó para conseguir una coartada que librase a Cifuentes del escándalo.

"Nada se ha probado sobre que impulsara, sugiriera o presionara para la falsificación del documento en cuestión", sostiene la sentencia sobre Cifuentes. Los jueces entienden que el hecho de que la expresidenta exhibiera "públicamente" la copia del documento que recibió del rector "no es más que un indicio, no corroborado por otros" y defienden que las "sospechas legítimas" que pudieran existir "no se han convertido en prueba suficiente" para justificar su responsabilidad.

En su escrito de acusación, el Ministerio Público consideraba que Cifuentes indujo esa falsificación a sabiendas de que acreditaba una defensa de trabajo de fin de máster que "jamás se produjo" y que exhibió en varios medios y redes sociales "para evitar las nefastas consecuencias políticas a las que debería enfrentarse". La Audiencia Provincial de Madrid, sin embargo, ha considerado que Cifuentes no indujo esa falsificación. A juicio del tribunal, "no consta la presión inductora" ni el "dominio del hecho", por lo que no se le puede imputar el delito de falsificación que le atribuían las acusaciones.

La teoría del "dominio del hecho" fue expuesta por la acusación particular, ejercida por la URJC, que defendió la presunta culpabilidad de Cifuentes como beneficiaria de la falsificación porque "se quiso beneficiar de su elaboración y de la falsedad de su contenido" a sabiendas de que el acta estaba adulterada, según expuso su abogado durante la vista. 

El tribunal, sin embargo, entiende que no ha quedado probado que Cifuentes se beneficiara de la falsificación siendo consciente de la adulteración aunque, al mismo tiempo, reconoce las "graves irregularidades" del máster y admite que habría sido "inexplicable" que hubiera existido esa defensa de TFM porque en la fecha en la que supuestamente tuvo lugar no tenía todas las asignaturas aprobadas, que es un requisito indispensable para ello. Durante el juicio tampoco apareció ni un solo indicio de que Cifuentes hiciera el máster o acudiera el 2 de julio de 2012 a la URJC defender las "líneas generales" de su TFM. La URJC, inmersa en un proceso electoral por las inminentes elecciones al Rectorado, ha adelantado que no recurrirá la sentencia.

Condenas

Los jueces sí que han condenado a un año y seis meses de cárcel a la profesora Cecilia Rosado, que admitió haber elaborado el acta desde cero, falsificando la firma de otras dos profesoras. El tribunal da credibilidad al relato de la docente, que declaró que había falsificado el acta por las presiones de Enrique Álvarez Conde, director del máster ya fallecido, y de María Teresa Feito, que en el momento de los hechos era asesora del consejero de Educación Rafael Van Grieken, y condenada también a tres años de cárcel.

La resolución afirma que Rosado elaboró ese documento dada la "fuerte jerarquía" existente entre ella y el catedrático y ante el "temor de las posibles consecuencias negativas" para su trabajo. Lo hizo tras ser "requerida" por Feito, que fue quien le indicó que en ese documento debía hacer constar que Cifuentes "había defendido el TFM el día 2 de julio de 2012".

Los jueces han reducido la pena de Rosado porque confesó y colaboró con la justicia. No aprecian, sin embargo, el atenuante de "miedo insuperable" que solicitó la Fiscalía al entender que aunque temía por el desarrollo de su carrera profesional, cuando ocurrieron los hechos ya tenía un contrato fijo en la URJC. "Las circunstancias de enfriar o dificultar sus relaciones con el catedrático [Enrique Álvarez Conde] no son suficientes para justificar el temor suficiente para la aplicación de esta atenuante", dice la resolución.

Respecto a Feito, el tribunal considera probado que el día que estalló el escándalo pidió de forma "insistente y agobiante" a la profesora Rosado que solucionara aquella situación "como fuere". También confirma que participó de "forma activa" en la reunión en la que, ese día, la plana mayor de la URJC veía cómo hacer frente a la información de elDiario.es sobre las notas falsificadas de la entonces presidenta. Durante su declaración, Feito afirmó que solo había entrado "dos minutos" en esa reunión.

Para el tribunal, la actuación de Feito queda probada por su "actuación relevante" tanto en "la necesidad de crear el acta, a sabiendas de que esta no existía", como en la "presión" ejercida sobre Rosado. Esa "presión" se justifica, según la sentencia, por la declaración de la propia Rosado y por las 15 llamadas efectuadas durante ese día —que cesaron una vez enviada el acta— y que "sin duda tenían como finalidad la creación del documento mendaz", pues no se pueden atribuir a una relación previa entre ambas que no existía.

"Graves irregularidades"

Aunque no era objeto de este procedimiento, la sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid pone de manifiesto las "graves irregularidades" que tuvieron lugar en el desarrollo del máster que supuestamente cursó la expresidenta. Según el tribunal, las "incongruencias" en torno a ese título son "relevantes" e "incompatibles" con la actuación regular de un estudiante de posgrado.

Cifuentes afirmó durante su declaración que lo cursó sin ir a clase, sin realizar exámenes y entregando el 2 de julio de 2012 el TFM sin exponerlo ante el tribunal, algo que sí que había alegado inicialmente. Desde que elDiario.es reveló el escándalo sobre su falso máster en marzo de 2018, Cifuentes no ha logrado encontrar ese trabajo.

El tribunal no entra a valorar si se produjo o no esa defensa del TFM, aunque dice que habría sido "inexplicable" que se hubiera producido porque en 2012 figuraba como "no presentada" en una asignatura de ese posgrado y para poder exponer un TFM es necesario tener todas las materias aprobadas. De hecho, el tribunal recuerda que la calificación de esa asignatura fue corregida "de forma irregular" en 2014 por la funcionaria Amalia Calonge a pesar de que no competencias para acceder al sistema informático y hacer ese cambio.

Durante el juicio, que se alargó durante cinco sesiones, no apareció ni un solo indicio de que la expresidenta hiciera el máster o acudiera el citado 2 de julio de 2012 a defender las "líneas generales" de su TFM en un despacho del campus de Vicálvaro como ella misma aseguró ante el tribunal.

martes, 16 de junio de 2020

El TSJ de Madrid decidirá si la Universidad Carlos III se ahorró puestos de trabajo encargando sus labores a 570 becarios

Artículo de Daniel Sánchez Caballero para eldiario.es

  • La universidad defiende en el juicio el carácter formativo de sus becas mientras la Inspección de Trabajo y los estudiantes sostienen que su labor era imprescindible para el centro, que restringió servicios y contrató personal tras echar a los becarios

16/06/2020

¿Qué se considera un trabajador para una empresa o administración? Cuando un becario de universidad aprende las competencias propias de su puesto, la beca, formativamente, ¿sigue teniendo sentido? ¿Es cuadrar una caja y cerrar una oficina labor de un becario? ¿Son estructurales unos empleados si, al dejar de estar, el servicio que atendían se ve forzado a restringir sus horarios?

Estas cuestiones y otras similares tienen que resolver las magistradas de la sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid que este miércoles han asistido a la primera y única sesión del juicio de la Inspección de Trabajo contra la Universidad Carlos III de Madrid (UC3M) por el supuesto uso fraudulento de becarios como empleados estructurales.

Por la sala han pasado a declarar exbecarios, funcionarios de la universidad y de la inspección, según han relatado fuentes presentes en el juicio, cerrado al público general por motivos sanitarios. Estudiantes como Adrián han relatado a las juezas cómo en sus oficinas había más becarios que trabajadores, cómo él mismo formó a su sucesor o que su oficina tuvo que contratar a una empleada laboral y restringir su horario de atención al público cuando él se marchó.

Sus defensas han tratado de probar que existe la relación laboral; los letrados de la UC3M apuntaban el carácter formativo de las becas. Un funcionario de la universidad ha dado la razón a los estudiantes; el director de una biblioteca, a la Carlos III. La inspectora que levantó el acta a la universidad se ha ratificado en la relación laboral entre los estudiantes y la UC3M.

Javier Galán, abogado de CNT-AIT en representación de algunos exbecarios, explica que la línea de argumentación de los estudiantes para probar la relación laboral es que han estado realizando "un trabajo completamente necesario e imprescindible para la universidad. El 99% de los becarios, según la inspectora, estaba en lo que se denominan 'servicios' de la Carlos III. No existía formación".

La defensa de la Carlos III, contratada al bufete especializado en falsos autónomos Sagardoy por 80.000 euros pese a que el centro tiene servicio jurídico propio, ha basado su argumentación en que el plan Bolonia, que rige en los campus, introduce una nueva forma de dar clase e impartir conocimientos, según ha contado el letrado Galán (este diario ha contactado con el bufete, que no ha contestado la petición). Ya no se trata de que los alumnos tengan conocimientos, sino las famosas competencias. Y aquí, según este razonamiento, entran estas becas, que ofrecen formación en competencias transversales como trabajar en equipo, relacionarse con otros, etc. destinadas a la "empleabilidad".

570 becarios en cuatro años

La Inspección de Trabajo denunció a la Universidad Carlos III de Madrid, diseminada por varios municipios al sur de la capital, por el uso fraudulento de hasta 570 becarios en cuatro años. El organismo de control laboral, que visitó los campus en el último trimestres de 2019, cree que el centro utilizó estas becas para cubrir puestos de trabajo estructurales que deberían estar atendidos por empleados.

Estas becas son las llamadas extracurriculares, sin relación con los estudios que cursa un alumno y se suelen desarrollar en centros de las universidades, como bibliotecas, las aulas de informática o los servicios de atención a estudiantes o profesores, por ejemplo. Existen (o existían, al menos) en casi todos los campus. Se calcula que hay unos 7.000 estudiantes cursándolas en España. La denuncia de la Inspección de Trabajo se enmarca en una campaña del organismo público contra el uso fraudulento de becarios en las universidades españolas como espacio especialmente sensible a estas prácticas. Se esperan más sentencias en los próximos meses.

De momento, la Inspección pide 1,5 millones de euros a la Carlos III en concepto de costes salariales con carácter retroactivo. La UC3M clausuró su programa de becas extracurriculares tras las visitas de las inspectoras y despidió a los becarios mientras se aclara la cuestión, aunque defiende que actuó bajo la legalidad vigente.

Los estudiantes reaccionaron demandando a la universidad a través de CCOO y CNT por despido injustificado y exigiendo las diferencias salariales entre lo que ellos cobraban y lo que ganan los funcionarios que están en los puestos con los que Trabajo les asimila a ellos. También solicitan la indemnización por despido. RUGE, la organización juvenil de UGT, calcula que la Carlos III se ha ahorrado 8.000 euros al año por cada puesto de trabajo que ocupaba un estudiante.

Los estudiantes tienen dos precedentes bastante recientes y contradictorios a los que mirar. El juicio contra la UC3M no es el primero que sufre una universidad por utilizar becarios como empleados. En el lado negativo (para los estudiantes y Trabajo), la UAM, también en Madrid, tuvo el suyo propio el año pasado y lo ganó. En el positivo, otro exbecario de la UC3M denunció por su cuenta a la universidad cuando le despidieron y ganó, juicio recurrido que está a la espera de la resolución de esta causa general.

Cinco becarios, un trabajador

A las puertas del juzgado, Laura, Jorge y Adrián esperaban para entrar a declarar en el juicio como testigos. Finalmente solo lo ha hecho Adrián porque la defensa de la universidad ha considerado que eran testigos con intereses porque eran becarios en el momento de la inspección.

"Yo trabajaba en el Centro de Orientación". Jorge explica lo que la jueza no oirá. "Llevábamos la gestión del gimnasio, hacíamos el tour de bienvenida a los nuevos alumnos... Éramos cinco becarios y un funcionario. Cuando nos echaron, tuvieron que meter a otra persona y redujeron los horarios de atención".

El caso de Adrián, que sí ha tenido la oportunidad de declarar en la sesión, es similar. Él es el estudiante que ya le ha ganado un juicio a la UC3M. Pasó cinco años también en el Centro de Orientación hasta que cumplió las horas máximas que permite la universidad, 1.800 en total. "Esa es la cantidad de horas anuales de un trabajador a tiempo completo, parece excesivo si de lo que se trata es de formar", opina el abogado Galán.

Adrián ha explicado que como en su puesto solo había un funcionario, los estudiantes tenían llaves de la oficina y cerraban por la tarde, además de hacer caja o cerrar la oficina. Tampoco recibió formación alguna. "En mi caso, las dos primeras veces me dijeron cuál era mi puesto y qué vendíamos. En las siguientes ya no me contaron nada y en las últimas era yo el que hacía esa formación a otros becarios", ha contado. En su caso concreto, cuando le echaron contrataron a una laboral para sustituirle.

Oídas las partes y presentadas las pruebas, las partes tienen ahora diez días para entregar sus conclusiones (esta parte debería haberse hecho in situ, pero la universidad presentó el lunes a última hora algunas pruebas que las defensas no han podido estudiar a tiempo). A partir de ahí, las juezas decidirán. En el precedente de macrojuicio de la UAM, la jueza apenas tardó una semana en despachar el caso.

domingo, 23 de febrero de 2020

El Gobierno lleva el 'veto parental' a los tribunales ante la negativa de Murcia de retirarlo de las aulas (Marta Borraz para ELDIARIO.ES)

Reproducimos esta noticia de ELDIARIO.ES

El Ministerio de Educación presenta el recurso ante el Tribunal Superior de Justicia de Murcia y exige de urgencia su suspensión como medida cautelar

Los profesionales de las charlas a las que ataca el veto parental: "Estos talleres pueden cambiar la vida de los alumnos"


El Gobierno acaba de presentar ante el Tribunal Superior de Justicia de Murcia un recurso contra el 'veto parental' implantado en la comunidad y ha solicitado, como medida cautelar y con carácter de urgencia, su suspensión. Lo hace un día después de que venciera el plazo que dio el Ministerio de Educación y Formación Profesional a la Consejería de la comunidad autónoma para retirar la medida por considerar que incurre en una "ilegalidad". Entonces, el departamento dirigido por Isabel Celaá dio el primer paso del procedimiento y envió un requerimiento que el Gobierno autonómico, de PP y Ciudadanos, ha desoído. 
El veto parental, una de las medidas exigidas por Vox para aprobar los presupuestos de la región, permite a los progenitores impedir a sus hijos e hijas que acudan a actividades en los colegios que cuestionan sus convicciones morales, ideológicas o religiosas. En el centro de la diana están las charlas y formaciones vinculadas a la educación afectivo sexual y LGTBI. El veto está vigente en Murcia desde principios de curso en forma de instrucciones a los centros educativos, que es exactamente lo que ha llevado a la justicia Educación, pero el pasado enero el Gobierno de coalición acordó blindarlo por decreto.


Entonces, el ministerio ya había anunciado que ponía en marcha la maquinaria para acudir a la vía judicial al entender que "vulnera los derechos de los alumnos y alumnas" y excede las competencias que tienen atribuidos los centros educativos. Celaá recordó al explicar el requerimiento enviado que se trata de actividades obligatorias para el alumnado y permitir su veto sería una especie de "objeción de conciencia encubierta que va en contra de la legislación española" y de los derechos fundamentales del alumnado.
El Gobierno de Murcia ha reiterado en varias ocasiones que mantendrá la medida a menos que ordene su retirada una instancia judicial porque considera que "cuenta con el aval suficiente del informe jurídico y el de inspección educativa que le dan soporte", señaló este lunes el consejero de Presidencia y Hacienda, Javier Celdrán.
Por su parte, el Ministerio de Educación apunta a que la medida confronta con buena parte de la normativa española en vigor. Desde convenios internacionales ratificados por España a leyes estatales como la Ley Integral contra la Violencia de Género, la ley del Aborto, que señala que los poderes públicos apoyarán a la comunidad educativa en "la realización de actividades formativas relacionadas con la educación afectivo sexual" o las leyes LGTBI autonómicas, que profundizan en la necesidad de incluir la educación en diversidad por orientación sexual e identidad de género en las aulas.

Los bulos difundidos por Vox

Desde las elecciones autonómicas del pasado mes de mayo Vox presiona para que las diferentes comunidades en las que la derecha gobierna gracias a su apoyo introduzcan el 'veto parental'. En Madrid, Isabel Díaz Ayuso ha defendido en varias ocasiones que "no hay adoctrinamiento" en las aulas madrileñas, pero, tras la polémica, el Gobierno que preside la popular ha ordenado a los centros educativos publicar sus programaciones anuales para allanar el voto de Vox a los presupuestos.
Para justificar la supuesta necesidad de una medida que en realidad nunca se ha tratado en los debates de política educativa, el Consejo Escolar o la inspección, el partido de extrema derecha han difundido bulos y manipulaciones sobre este tipo de charlas y actividades.
Uno de los más sonados fue el de "proteger a los niños" de "los juegos eróticos" que, según afirmó el líder del partido, Santiago Abascal, se les están enseñando en algunos colegios. La referencia está sacada de contexto y pertenece al programa de educación afectivo sexual Skolae, vigente en Navarra desde 2017, un plan que pretende educar a los niños y niñas en igualdad, prevenir el abuso sexual infantil y fomentar el autoconocimiento sin tabúes. Skolae fue premiado por la UNESCO el pasado verano.

Una oposición contundente

El 'veto parental' ha desatado una gran oposición por parte de la comunidad educativa y, en concreto, de los y las profesionales que se dedican a impartir este tipo de formaciones. "Estos talleres pueden cambiar la vida de los alumnos", sostenía Lolo López, coordinador de Educación del colectivo LGTBI sevillano DeFrente. Hace unos días, se ha convertido en viral el vídeo de Diego Reina, un profesor murciano que se ha declarado objetor del 'veto parental', que ha calificado de "censura encubierta".
La misma idea, pero desde el otro lado, sostienen muchos chicos y chicas que han asistido a estas actividades y reconocen haber sido de utilidad: "Los que me insultaban cambiaron de mentalidad y me llegaron a pedir perdón por el daño causado", comentaba Airan, un joven al que le hicieron bullying homófobo en clase.
Colectivos LGTBI y de educación también han mostrado su rechazo a las instrucciones aprobadas por la región de Murcia. La Plataforma Estatal por la Educación Pública, integrada por familias, estudiantes y sindicatos de enseñanza, ha denunciado que es una "intromisión educativa" que "vulnera el derecho a la educación integral de nuestros niños y niñas". La organización incide en que los centros ya cuentan con los mecanismos adecuados para que los progenitores ejerzan el control correspondiente sobre los contenidos que se imparten en las aulas.
Por su parte, los colectivos LGTBI y feministas señalan la necesidad de que la formación en diversidad afectivo sexual no solo no se reduzca, sino que se generalice aún más porque permitir el veto de los progenitores priva a los chicos y chicas de "su derecho a conocer la realidad" y "deja desprotegida en las aulas a la infancia LGTBI", anuncia la Federación Estatal de Lesbianas, Gais, Trans y Bisexuales (FELGTB).

domingo, 19 de enero de 2020

El Ministerio de Educación recurrirá ante los tribunales el PIN parental de la Región de Murcia (Pablo Gutiérrez del Álamo para eldiariodelaeducacion.com)

Artículo de Pablo Gutiérrez del Álamo para eldiariodelaeducacion.com 

Desde el Ministerio consideran que las instrucciones enviadas por Educación de Murcia a los centros sobrepasan las competencias de estos para decidir sobre el currículo, además de vulnerar preceptos legales como la Declaración de los Derechos Humanos o la Convención de los Derechos del Niño.
16/1/2020

«El Ministerio de Educación y Formación Profesional acudirá a los tribunales en defensa del derecho de todos». Así termina la intervención que la ministra Isabel Celaá ha hecho, mediante un vídeo enviado a la prensa, en el que aclara que la decisión de la puesta en marcha de un pin parental en la Región de Murcia, según el criterio de la Administración «no es otra cosa sino objeción de conciencia encubierta, no aplicable al sector de la educación como la Sentencia del Tribunal Constitucional tuvo la oportunidad de decir en 1987».

Además de esta sentencia, la ministra esgrime que el pin parental vulnera el derecho fundamental de los niños y niñas a ser educados, además de vulnerar también tratados internacionales firmados por españa como la Declaración Universal de los Derechos Humanos o la Convención de Derechos del Niño.

En palabras de la ministra «las instrucciones que la Región de Murcia ha enviado a todos los centros educativos de su comunidad vulneran claramente las competencias que estos tienen atribuídas por ley para tomar sus decisiones curricular».

Por todo ello han tomado la decisión de llevar la cuestión ante los tribunales. Durante los últimos meses, la pretensión de VOX de imponer este pin parental, la autorización expresa de las familias a que niños y niñas participen en determinadas actividades complementarias si estas pueden entrar en contradicción con las creencias o ideas de madres y pares, ha entrado con distinta fuerza en los acuerdos que están soportando los gobiernos de algunas autonomías como Murcia o Andalucía.

Hace unas horas se conocía, de hecho, la negativa de la Junta de Andalucía a esta herramienta por contravenir tanto la normativa estatal como autonómica vigentes.

Desde los sindicatos, así como desde organizaciones de madres y padres, también se había alzado la voz ante la posible ilegalidad de dicha actuación por parte de los departamentos de Educación y también se habían anunciado posibles medidas legales para intentar evitarlas.



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viernes, 20 de diciembre de 2019

Vox y HazteOir cargan contra el profesor que organizó la actividad sobre violencia machista y alaban a los padres denunciantes (Carmen Reina para eldiario.es)

Artículo de Carmen Reina publicado en eldiario.es
  • El portavoz de Vox en la Diputación Provincial de Córdoba, Rafael Saco, asegura que se trata de "adoctrinamiento en las aulas"

El partido de extrema derecha Vox ha mostrado su apoyo a los padres del alumno de un instituto público de Baena (Córdoba) que han denunciado al centro por organizar una actividad con motivo del 25N, Día contra la Violencia de Género, en la que se proyectó un documental sobre el testimonio de Ana Orantes, la mujer que en 1997 denunció su situación de violencia a manos de su marido y fue quemada viva por este pocos días después, hecho que sirvió para iniciar en España la acción social y política contra las violencias machistas.

El portavoz de Vox en la Diputación Provincial de Córdoba, Rafael Saco, ha señalado que, con su denuncia, los padres del alumno de segundo de la ESO en el IES Luis Carrillo de Sotomayor "dieron un paso adelante, un paso valiente, para denunciar el adoctrinamiento en las aulas y para denunciar una situación que nosotros creemos que no es legítima".

"Es un atentado contra la libertad el hecho de que los padres no puedan conocer, no puedan negarse, a las actividades que van a realizar sus hijos más allá de lo que es estrictamente el curriculum escolar", ha explicado, a la vez que ha confiado en que "con la implantación del denominado pin parental el próximo año se solucionen este tipo de problemas".

El llamado pin parental es una polémica medida impulsada por Vox y organizaciones ultracatólicas como HazteOir que permitiría a las familias vetar contenidos formativos si cuestionan sus planteamientos ideológicos y religiosos. Colectivos en defensa de la Educación pública han expresado su rechazo frontal a la medida y alertan de que "vulnera el derecho a la educación integral" y "antepone el interés particular y reaccionario" de los padres al "interés superior del menor".

Por su parte y en un comunicado, la portavoz de la asociación HazteOir, Teresa García-Noblejas, ha considerado "comprensible que los padres reaccionen llevando a los tribunales al profesorado de un centro educativo en el que se ha obligado a su hijo menor a asistir a una actividad con motivo del 25N".

Una actividad para toda Andalucía

El tutor del alumno ha sido llamado a declarar este miércoles por la mañana en el Juzgado de Instrucción de Baena por los hechos denunciados.

El sindicato Ustea, que respalda al profesor, ha recordado que, "con fecha de 22 de noviembre de 2019, el director general de Atención a la Diversidad, Participación y Convivencia Escolar de la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía envió una circular a los centros educativos, instándolos a celebrar actividades en defensa de la igualdad y contra la violencia de género", con motivo de la conmemoración del 25N.

Por su parte, la Consejería de Educación ha ofrecido su apoyo al centro: "Tanto la Dirección General de Atención a la Diversidad, Participación y Convivencia Escolar como la Inspección Educativa están en contacto con el centro educativo y su equipo directivo, que disponen del apoyo del servicio jurídico de la Consejería si así lo estimaran necesario", apuntan.

martes, 18 de diciembre de 2018

La Universidad Rey Juan Carlos pide cuatro años de cárcel para Cifuentes por el caso Máster (Pedro Águeda y Elena Herrera en eldiario.es)

Artículo de Pedro Águeda y Elena Herrera en eldiario.es
  • La URJC acusa a la expresidenta de un delito de falsificación de documento público que también atribuye a su asesora Feito, a Álvarez Conde y a la profesora Rosado
  • Considera acreditado que Cifuentes dio "órdenes expresas" a Feito para que se ocultara la "ausencia de méritos académicos"
La representación letrada de la Universidad Rey Juan Carlos (URJC) ha presentado su escrito de acusación en el caso Máster en el que solicita cuatro años de cárcel para Cristina Cifuentes por un delito de falsificación de documento público. La URJC solicita la misma pena para el que fuera director del Instituto de Derecho Público (IDP), el órgano que impartía el falso máster de Cifuentes, Enrique Álvarez Conde; la profesora que falsificó el acta, Cecilia Rosado; y para la asesora de la Comunidad de Madrid que presionó para la realización de dicha falsificación, Maite Feito.

Además de los cuatro años de cárcel, la URJC pide para todos ellos una multa de 24 meses con una cuota diaria de seis euros e inhabilitación especial par el derecho de sufragio pasivo por el mismo tiempo, así como inhabilitación especial por seis años para ejercer cualquier cargo público. 
En el escrito al que ha tenido acceso este periódico, la universidad considera acreditado que el día que  eldiario.es desveló las primeras informaciones que apuntaban a que la expresidenta había obtenido un título de forma irregular en URJC, ésta dio "instrucciones expresas" a su asesora para que "ocultara" la "ausencia de mérito académicos". 
También sostiene que fue esta colaboradora la que instó al director del IDP a que "creara –o diera instrucciones para crear– la documentación necesaria que justificara" que Cifuentes "había cursado el máster con normalidad y superados todos los trámites necesarios para obtener el título, incluida la defensa de fin de máster".
Según la URJC, con el objetivo de "ocultar" las irregularidades en el máster de Cifuentes, Álvarez Conde se puso en contacto telefónico con la profesora Rosado, que había sido una de sus discípulas y trabajaba como personal laboral en la universidad, "indicándole que procediera a elaborar ese mismo día un acta falsa" de defensa de su TFM. Ese fue uno de los cinco documentos con los que la entonces presidenta regional intentó justificar que sí había cursado esos estudios. Pero el papel no tenía sello oficial y estaba escrito a mano. 
La universidad mantiene que esta docente siguió en todo momento las instrucciones de  Álvarez Conde inventándose la fecha, el título del trabajo y la composición del tribunal y remitiendo el documento al rector, Javier Ramos, para así darle "apariencia de verosimilitud". Siempre según la versión del campus, también "simuló" las firmas de otras dos profesoras con las que había hablado por teléfono ese día para acordar los "trámites" a realizar en la falsificación. 

Cifuentes, procesada 

En un auto dictado el pasado 28 de noviembre, la jueza  Carmen Rodríguez-Medel dio por concluida la instrucción y propuso juzgar a Cifuentes, Álvarez Conde, Rosado y Feito por esta falsificación. En su resolución razonada, la instructora afirma que "no resultaron creíbles" las afirmaciones de Cifuentes en su declaración como imputada respecto a que "efectivamente hizo el trabajo y lo defendió ante un tribunal" y que ésta "promovió" la falsa coartada. 
La causa que investigaba si en la URJC se dieron títulos regalados a alumnos "escogidos" frente a otros "ordinarios"  quedó reducida a una investigación contra las citada cinco personas y solo circunscrita a  la falsificación   de la citada acta cuando la jueza Rodríguez Medel  archivó gran parte del caso tras la decisión del Tribunal Supremo de no investigar al líder del PP, Pablo Casado.  No obstante, la expresidenta niega también haber cometido el delito de falsificación por el que sigue imputada y dice que esa es una cuestión que queda  "fuera" de su "responsabilidad" porque " en ningún momento participó de la  confección ideológica o material de ningún título".
De forma paralela, en otro juzgado de Plaza de Castilla siguen imputados por un supuesto delito de revelación de secretos el director de eldiario.es, Ignacio Escolar, y la redactora jefa de Política Social, Raquel Ejerique. Ambos periodistas sacaron a la luz las irregularidades de la expresidenta regional en torno a este máster, lo que derivó  en su dimisión y el final de su carrera política.
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sábado, 1 de diciembre de 2018

La jueza del caso Máster procesa a Cristina Cifuentes por la falsificación del acta del Trabajo de Fin de Máster (Pedro Águeda y Marcos Pinheiro en eldiario.es)

Artículo de Pedro Águeda y Marcos Pinheiro en eldiario.es
  • Rodríguez-Medel concluye la instrucción y propone juzgar a la expresidenta madrileña por el papel con el que reaccionó a la exclusiva de eldiario.es
  • La instructora cree que Cristina Cifuentes "promovió" la falsa coartada sobre su máster y que mintió en sede judicial: "No resultó creíble"
  • Toma la misma decisión con la exasesora Maite Feito; el director del máster, Enrique Álvarez Conde, y la profesora que falsificó las firmas, Cecilia Rosado
La jueza Carmen Rodríguez-Medel propone juzgar a la expresidenta madrileña Cristina Cifuentes por la falsificación del acta del Trabajo de Fin de Máster. En un auto dictado este miércoles, Rodríguez-Medel da por concluida la instrucción y transforma las diligencias en procedimiento abreviado, el equivalente al procesamiento para delitos castigados con menos de nueve años de cárcel.

Rodríguez-Medel toma la misma decisión para el director del Instituto de Derecho Público, Enrique Álvarez Conde; la profesora Cecilia Rosado (presunta autora de la falsificación de las firmas) y Maite Feito, asesora del Gobierno de Cifuentes que supuestamente presionó para que se realizara la falsificación.

Por otra parte, la jueza archiva la falsa convalidación de las notas de Cifuentes a pesar de que reconoce que fue realizada por una "inexistente" Comisión de Garantías del citado Máster de Derecho Autonómico y Local, cursado en la universidad pública Rey Juan Carlos en el curso 2011/12.

En la resolución razonada de la jueza, ésta afirma que "no resultaron creíbles" las afirmaciones de Cifuentes en su declaración como imputada respecto a que "efectivamente hizo el trabajo y lo defendió ante un tribunal". "Hay indicios de que doña C.C no defendió el trabajo fin de máster en julio de 2012 y que, cuando se hizo pública la noticia con posibles irregularidades en su titulación, promovió que fueran ocultadas, haciendo exhibición pública del acta falsificada cuando le fue facilitada", asegura la jueza Rodríguez-Medel.

La magistrada se refiere a la tesis de la desaparición total de cualquier rastro del máster en posesión de la expresidenta. "Significativo es que no conserve copia del trabajo, ni de los sucesivos borradores, ni de cualquier correo electrónico en el que remitiera el mismo o lo sometiera para la corrección del profesor Álvarez Conde o cualquier correo electrónico de éste corrigiéndolo", se lee en el auto.

Cifuentes se atrevió a decirle a la jueza que cada vez que quería enviar algún papel a Álvarez Conde lo hacía físicamente porque no le gustaba el correo electrónico. "No parece verosímil que en 2012 obviaran esta forma de comunicación (tan ágil, sencilla, rápida y accesible) y fuera todo manual", continúa. Y algo más sobre las excusas de Cifuentes en el juzgado: "No resultan convincentes las alegaciones que hizo la investigada relativas a que por costumbre ella corrige en papel y en colores, cuando en el caso que nos ocupa las correcciones no las hacía ella, sino que teóricamente correspondía hacerlas al profesor".

Según el relato indiciario de hechos que expresa la jueza, cuando eldiario.es publicó que Cifuentes había aprobado con notas falsificadas, María Teresa Feito, "indiciariamente siguiendo instrucciones de doña Cristina Cifuentes, con la finalidad de ocultar los hechos descritos y para evitar juicios" a la entonces presidenta de Madrid, "instó a E.A.C (Enrique Álvarez Conde) para que "creara o diera instrucciones para crear los documentos necesarios para justificar" que Cifuentes "había superado el máster con normalidad y superado todos los trámites necesarios para disfrutar del título, incluida la defensa del trabajo fin de máster".


La asesora Feito exigió la fabricación de un trabajo

La jueza revela que la asesora del consejero de Educación Maite Feito llamó a la profesora Rosado "insistentemente" para la elaboración del acta falsa y "también para que redactara el trabajo en sí". Cecilia Rosado se negó a elaborar el trabajo, a lo que Feito reaccionó exigiéndole que al menos le facilitara "bibliografía necesaria para hacerlo por otros medios". Teresa Feito "anunció represalias en caso de que no se colaborara en la ocultación de las irregularidades", escribe la jueza.

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jueves, 29 de noviembre de 2018

La jueza archiva el caso sobre el máster de la exministra Carmen Montón (eldiario.es)

Artículo publicado en eldiario.es
  • La titular del Juzgado de Instrucción número 51 de Madrid ha atendido al criterio de la Fiscalía, que se pronunció en contra de abrir una investigación
  • Ha acordado el sobreseimiento de las actuaciones "al no quedar debidamente acreditada la perpetración de infracción penal alguna"
La jueza del caso Máster, Carmen Rodríguez-Medel, ha decidido archivar las actuaciones llevadas a cabo tras una denuncia anónima contra la exministra de Sanidad Carmen Montón por presuntos delitos de cohecho impropio y prevaricación en relación a su título de posgrado en la Universidad Rey Juan Carlos (URJC) de Madrid.

La titular del Juzgado de Instrucción número 51 de Madrid ha atendido al criterio de la Fiscalía, que se pronunció en contra de abrir una investigación contra Montón, y ha acordado el sobreseimiento de las actuaciones "al no quedar debidamente acreditada la perpetración de infracción penal alguna".

La jueza, que ya archivó el grueso del caso Máster que se inició con Cristina Cifuentes, abrió diligencias por presuntos delitos de cohecho impropio y prevaricación - los mismos por los que pidió al Supremo que investigara al presidente del PP, Pablo Casado - tras una denuncia anónima que llegó al juzgado.

Rodríguez-Medel solicitó a la universidad que le remitiera toda una serie de documentación en relación al máster de la exministra como la identidad del director del título de posgrado y también del responsable del Instituto de Derecho Público en el curso 2010-2011, cargo que ostentaba el principal imputado del caso máster, Enrique Álvarez Conde.

Solicitó a su vez el listado de asignaturas del posgrado, de los profesores que las impartían en ese curso y de los alumnos que cursaron el máster, así como toda la documentación que tuviera la URJC sobre el citado título académico en ese año académico.

domingo, 11 de noviembre de 2018

La jueza del caso Máster rectifica y tramitará el segundo recurso de la Rey Juan Carlos contra el archivo (Pedro Águeda en eldiario.es)

Artículo de Pedro Águeda en eldiario.es
  • Rodríguez-Medel admite que calculó mal la fecha de expiración del plazo para que la Universidad presentara su recurso de apelación
  • La URJC ha recurrido ante la Audiencia de Madrid el rechazo de la magistrada a su primer recurso contra el archivo de gran parte de la causa
La jueza del caso Máster, Carmen Rodríguez-Medel, ha rectificado su negativa a tramitar el segundo recurso de la Universidad Rey Juan Carlos contra el archivo de gran parte de la causa que la magistrada había dictado. Rodríguez-Medel alegaba que la representación legal de la Universidad había excedido en un día el plazo de presentación del recurso sobre el que debe decidir la Audiencia Provincial de Madrid.

La URJC recurrió de inmediato la decisión de la jueza. La Universidad presentó un cálculo del plazo que la propia jueza les había concedido que no coincidía con el de la magistrada y que demostraba que el escrito había sido presentado a tiempo.

En una providencia a la que ha tenido acceso eldiario.es, Rodríguez-Medel asume que ese plazo concluía el día 30, fecha en la que la URJC presentó en su juzgado el recurso de apelación, y no el 29, como ella misma afirmaba. Ahora, la jueza da traslado del recurso a la Fiscalía y el resto de las partes para que se pronuncien antes de cinco días sobre el recurso sobre el que debe fallar la Audiencia Provincial.

La Universidad recurrió el archivo dictado por la jueza contra 19 imputados y que conlleva que los únicos investigados en este momento sean la propia Cifuentes, el director del Instituto de Derecho Público, Enrique Álvarez Conde, las profesoras Cecilia Rosado y Alicia López de los Mozos, cuya firma aparece en el acta falsificada, y la asesora de la expresidenta María Teresa Feito, quien presionó presuntamente a las docentes para conseguir una coartada.

La magistrada rechazó el recurso en un auto en el que culpaba a la Universidad del resultado final de su investigación por su "pasividad" y porque "su actuación no ha ayudado en nada al esclarecimiento de los delitos". La Universidad decidió recurrir de nuevo, esta vez en apelación, a la instancia superior a la jueza, que es la Audiencia Provincial de Madrid.

Rodríguez-Medel decidió sobreseer gran parte de su propia instrucción después de que el Tribunal Supremo rechazara investigar a Pablo Casado una vez analizada la extensa exposición razonada que ella le remitió con los indicios contra el aforado, presidente del Partido Popular.

"No resulta posible circunscribir la decisión del Alto Tribunal al aforado, ni apartarse esta instructora de su superior criterio en lo que es responsabilidad de esta magistrada-juez, a saber, los no aforados, cuando la argumentación le resulta de plena aplicación", recoge la magistrada en un auto.

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domingo, 4 de noviembre de 2018

La Universidad Rey Juan Carlos recurre ante la Audiencia Provincial el archivo del caso Máster (eldiario.es)

Artículo de eldiario.es
  • Esta causa investigaba a la expresidenta madrileña Cristina Cifuentes por prevaricación, a las compañeras de Casado y a funcionarios y profesores de la universidad por regalar presuntamente títulos
  • En su comunicado, la universidad asegura que ha colaborado "de manera activa con la investigación judicial" tras las críticas de la magistrada por la "pasividad" del centro, al que responsabilizó del cierre del caso
  • Ahora solo siguen vivos en los juzgados el caso de la falsificación del acta de Cifuentes y el de revelación de secretos, en el que están imputados dos periodistas de eldiario.es
La URJC presentará un recurso de apelación ante la Audiencia Provincial ante el auto de archivo del Juzgado de Instrucción número 51 en el caso Master, que investiga las irregularidades de los posgrados impartidos por el Instituto de Derecho Público en la universidad. 

"La URJC, respetando las decisiones judiciales que se han adoptado, está comprometida con llegar hasta el final del asunto y que se depuren todas las responsabilidades que correspondan con respecto al Instituto de Derecho Público, cuyos hechos que han sido conocidos a lo largo de estos meses y han causado un gran daño a la reputación de la universidad", dice un comunicado de la institución, que asegura haber colaborado "de manera activa con la investigación judicial" y destaca "la opacidad" del instituto que dirigía Enrique Álvarez Conde y que "ya ha sido clausurado", en referencia a las críticas de la magistrada sobre la falta de colaboración del centro en la investigación "Su actuación no ha ayudado en nada al esclarecimiento de los delitos", señaló.
La jueza del caso, Carmen Rodríguez-Medel, decretó su cierre después de que el Supremo se negara a investigar a Pablo Casado, en el que vio indicios de trato de favor pero no de delitos penales que apuntaba la magistrada. El alto tribunal rechazaba seguir con el aforado Casado un viernes y el siguiente lunes, Medel informaba de que cerraba el caso que investigaba el máster de Casado (por el que había imputadas tres alumnas en su misma situación) y el máster de Cristina Cifuentes (imputada junto a una decena de profesores y funcionarios).  
Ahora mismo solo se investiga en ese mismo juzgado la falsificación del acta del Trabajo Fin de Máster que exhibió Cristina Cifuentes en redes sociales y por el que están imputados la expresidenta, su asesora María Teresa Feito, Álvarez Conde y dos profesoras: Cecilia Rosado, que presuntamente ejecutó la falsificación, y Alicia López de los Mozos, que figura como presidenta de ese falso tribunal y que fue la primera en confesar que todo había sido un montaje. En otro juzgado se investiga a funcionarios de la URJC tras la querella por revelación de secretos que presentó Cifuentes, al entender que sus datos habían sido obtenidos ilícitamente y en el que también están imputados la periodista Raquel Ejerique y el director de eldiario.es, Ignacio Escolar. 
Tras recurrir ante la jueza, que rechazó reabrir el caso, ahora la URJC recurre a la segunda y última instancia a la que lo puede hacer: la Audiencia Provincial.
"Desde la URJC no queremos pasar por alto las irregularidades detectadas que deben ser investigadas hasta el final y que nuestra obligación como institución pública es defender la honorabilidad y el buen hacer de los alumnos, de los profesores y del resto de los trabajadores de esta universidad pública", afirma también el comunicado. 
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viernes, 5 de octubre de 2018

La Universidad Rey Juan Carlos recurre el archivo del caso Máster (Raúl Rejón y Pedro Águeda en eldiario.es)

Artículo de Raúl Rejón y Pedro Águeda en eldiario.es
  • La universidad pública, que es acusación particular en el caso de las titulaciones de Cristina Cifuentes, Pablo Casado y Carmen Montón, ha decidido recurrir el archivo decretado por la jueza
  • La magistrada Rodríguez-Medel había cerrado el caso tras la decisión del Supremo de no investigar al aforado Casado
La Universidad Rey Juan Carlos (URJC) ha informado este martes de que "recurrirá el sobreseimiento provisional de las diligencias previas 886/2018 del juzgado de instrucción número 51 de 1 de octubre de 2018".

Se refiere a  la decisión de la jueza Carmen Rodríguez-Medel de dar carpetazo a la investigación de los másteres de Cristina Cifuentes, Pablo Casado y, presumiblemente, el de la exministra Carmen Montón, tras la decisión del Tribunal Supremo de no investigar al presidente del PP. 
"Desde el máximo respeto a las decisiones judiciales, la URJC no comparte los criterios establecidos en dicha resolución relativos a la interpretación que se efectúa del auto del Tribunal Supremo de 28 de septiembre de 2018 que ha dado lugar al archivo de una parte sustancial de la causa", dice en un mensaje esta universidad pública. 
Tras la decisión de Medel, la causa que investigaba si se dieron títulos regalados a alumnos "escogidos" frente a otros "ordinarios", quedó reducida a una investigación contra cinco personas y solo circunscrita a  la falsificación del acta del Trabajo de Fin de Máster (TFM) de Cristina Cifuentes , el documento que usó para defenderse de las primeras informaciones.
La jueza decidió este lunes el archivo del caso a excepción de esta parte después de que el Tribunal Supremo decidiera el viernes anterior no imputar a Casado después de recibir la exposición razonada de la jueza, el documento en el que resumía la investigación y exponía sus argumentos para investigar al presidente del PP.
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