El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte concederá la beca por cambio de residencia en función de dónde viva el miembro de la unidad familiar más cercano al centro docente elegido, aunque no sea el domicilio del estudiante que pide las ayudas. Así lo recoge la convocatoria de becas y ayudas al estudio para el curso 2013/2014 publicada este lunes en el Boletín Oficial del Estado (BOE), que materializa el nuevo sistema de asignación diseñado en el departamento que dirige José Ignacio Wert y aprobado por Real Decreto el pasado 2 de agosto.
Esta resolución va dirigida a Enseñanzas postobligatorias y superiores, universitarias y no universitarias --excepto doctorados, estudios de especialización y títulos propios de universidades--, incluyendo tanto los Programas de Cualificación Profesional Inicial como los de preparación del acceso a Ciclos de Grado Medio y Superior o de idiomas en Escuelas Oficiales.
Según explica, para acceder a la beca fija de 1.500 euros prevista por cambio de residencia, el solicitante deberá "acreditar la necesidad de residir fuera del domicilio familiar durante todo el curso escolar, por razón de la distancia entre el mismo y el centro docente, los medios de comunicación existentes y los horarios lectivos". Sin embargo, "se considerará como domicilio familiar el más próximo al centro docente que pertenezca o en el que resida de forma habitual algún miembro computable de la unidad familiar, aunque no coincida con el domicilio legal del solicitante". Ello supone, por tanto, que un estudiante gallego que se traslade a Madrid -por ejemplo- no recibirá la cuantía correspondiente si uno de sus hermanos o de sus progenitores ya reside en dicha comunidad.
En el caso de la beca por cambio de residencia en los niveles no universitarios, se tendrá en cuenta la existencia o no de centro docente adecuado en la localidad donde el becario resida y, en su caso, la disponibilidad de plazas, y si se imparten los estudios que se desean cursar.
La resolución concreta de las bases aprobadas en el citado decreto de agosto establece que la beca constará de dos partes, una fija y otra variable. La primera incluye 1.500 euros por baja renta familiar, los citados 1.500 euros por cambio de residencia del estudiante, la gratuidad de matrícula y la llamada beca básica (200 euros en Bachillerato).
La variable, por su parte, tendrá una cuantía mínima de 60 euros y se repartirá teniendo en cuenta la nota media, la renta familiar y el presupuesto disponible una vez se haya distribuido la parte fija entre todos los beneficiarios. Según la resolución que publica el BOE, Educación podrá repartir una cantidad provisional inicial de esta beca variable y después consolidarla.
No obstante, los beneficiarios de beca con domicilio familiar en la España insular, o en Ceuta o Melilla que se vean en la necesidad de utilizar transporte marítimo o aéreo para acceder al centro docente en el que cursen sus estudios desde su domicilio, dispondrán de 442 euros más sobre la beca que les haya correspondido, cantidad que ascenderá a 623 euros para los becarios con domicilio familiar en Lanzarote, Fuerteventura, Gomera, Hierro y La Palma, Menorca y las Pitiusas.
Obligados a devolver la ayuda
Asimismo, la convocatoria concreta las "obligaciones" del becario, y cita, entre otras, la de "destinar la beca a la finalidad para la que se concede, entendiéndose por tal la matriculación, asistencia a clase y superación de asignaturas o de créditos", "someterse a las actuaciones de comprobación precisas para verificar, en su caso, el cumplimiento y efectividad de las condiciones determinantes de la concesión de la beca" y "proceder al reintegro de los fondosen los casos previstos en la normativa vigente".
En este sentido, se entenderá que los estudiantes universitarios no han destinado la beca para dicha finalidad cuando anulen la matrícula o no hayan superado la mitad de los créditos matriculados, en cuyo caso procederá el reintegro de todos los componentes de la beca con excepción de la beca de matrícula. Si habían obtenido la beca para el proyecto fin de carrera, contará el no haber presentado dicho proyecto en el plazo de dos años desde la concesión de la ayuda.
En el caso de los no universitarios, se considerará que no han cumplido quienes hayan causado baja de hecho en el centro antes de final del curso 2013-2014, quienes no hayan asistido a un 80% o más de las horas lectivas, salvo dispensa de escolarización o quienes no hayan superado el 50% de las asignaturas, créditos u horas matriculadas en convocatoria ordinaria ni extraordinaria.
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