Información sobre el procedimiento de admisión de alumnos en las distintas etapas y modalidades educativas. Acceso al Portal Escolar para la consulta general de centros educativos, la consulta de centros escolares próximos al domicilio o lugar de trabajo y plazas libres; así como, con certificado digital, proceder al seguimiento del trámite de admisión.
En el Teléfono.012 se ofrece información complementaria.
PRESENTACIÓN de SOLICITUDES del 5 al 19 abril 2018.
► ESCUELAS INFANTILES (Primer Ciclo) Y CASAS DE NIÑOS |
En la página Web de Educación Infantil se publica la normativa de Admisión para el Primer Ciclo de Educación Infantil, con información sobre el proceso de admisión de alumnos en escuelas infantiles de la red pública y centros sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Madrid.
► SEGUNDO CICLO.EDUCACIÓN INFANTIL, PRIMARIA, ESPECIAL, SECUNDARIA OBLIGATORIA Y BACHILLERATO
Buzón de consulta sobre el proceso de admisión de alumnos de
segundo ciclo de Educación Infantil, Primaria, Especial, Secundaria obligatoria y Bachillerato.
Antes de realizar una consulta en línea, acceda a la relación de preguntas frecuentes.
Normativa:
Normativa:
- DECRETO 29/2013, de 11 de abril, del Consejo de Gobierno, de libertad de elección de centro escolar en la Comunidad de Madrid.
- Orden 1240/2013, de 17 de abril, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la se establece el procedimiento para la admisión de alumnos en centros docentes sostenidos con fondos públicos de segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Especial, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato en la Comunidad de Madrid.
- Resolución conjunta de 29 dediciembre de 2017, de las Viceconsejerías de Política Educativa y Ciencia y deOrganización Educativa por la que se dictan Instrucciones sobre la participación en el proceso de admisión de alumnos en centros docentes sostenidos con fondos públicos que imparten segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Especial, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato de la Comunidad de Madrid para el curso 2018/2019.
►► El Plazo de presentación de SOLICITUDES para participar en el proceso ordinario de admisión comprende desde 5 al 19 abril 2018, ambas fechas inclusive.
► Alumnos que deben participar en el Proceso de Admisión en Centros sostenidos con Fondos Públicos. Curso 2018-2019
Aquellos que:
- Acceden por primera vez a centros de Educación Infantil (3-6 años) o de Educación Primaria sostenidos con fondos públicos en el curso 2018/2019.
- Acceden a centros sostenidos con fondos públicos que impartan Educación Secundaria Obligatoria, y a cualquiera de las modalidades de Bachillerato.
- Solicitan un centro de Educación Primaria o de Educación Secundaria diferente a aquel que les corresponda por adscripción única.
- Están escolarizados en centros con adscripción múltiple a otros centros educativos y que tengan que cambiar de centro para el curso 2018/2019.
- Desean cambiar de centro.
► Antes del 23 de febrero de 2018, cada centro sostenido con fondos públicos hará pública y mantendrá expuesta en lugar visible la información relativa a los centros a los que está adscrito.
Específicamente, en el caso de los colegios públicos, cada centro informará a las familias de los alumnos que cursan 6º de Educación Primaria acerca de los IES adscritos, ya sea en la modalidad única o en la modalidad múltiple, según corresponda en cada caso, con el fin de que las familias puedan decidir si hacen uso de dicha prioridad de cara al proceso de admisión para el curso 2018/2019.
Específicamente, en el caso de los colegios públicos, cada centro informará a las familias de los alumnos que cursan 6º de Educación Primaria acerca de los IES adscritos, ya sea en la modalidad única o en la modalidad múltiple, según corresponda en cada caso, con el fin de que las familias puedan decidir si hacen uso de dicha prioridad de cara al proceso de admisión para el curso 2018/2019.
► Antes del 4 de abril de 2018, cada centro sostenido con fondos públicos expondrá la información correspondiente al proceso de admisión, incluyendo la oferta de vacantes.
► Baremo de admisión de alumnos en centros sostenidos con.fondos públicos que imparten segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Educación Especial.
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► Baremo de admisión de alumnos para cursar el Bachillerato sostenido con fondos públicos.
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► Baremo de admisión de alumnos para cursar el Bachillerato sostenido con fondos públicos.
► La baremación de la solicitud la realiza
el centro solicitado en primera opción, quien aplicará los criterios comunes de admisión y también los criterios
específicos que sean de aplicación al centro. Además, los centros solicitados
en segunda y siguientes opciones también baremarán los criterios específicos
aplicables a cada centro. Los criterios específicos, cuya puntuación
puede variar para cada centro, son los siguientes:
- Hermanos matriculados en el centro o padres que trabajen en el centro.
- Domicilio familiar o de trabajo.
- Condición antiguo alumno de hermanos, progenitores o representantes legales.
- Otra circunstancia acordada y hecha pública previamente por el centro.
► El desempate entre solicitudes: Cada vez que en un centro
sea necesario realizar el desempate entre varias solicitudes, el nuevo sistema
integral de gestión educativa (RAÍCES) elaborará una relación ordenada
alfabéticamente con las solicitudes que están en situación de empate. El empate
se resolverá a partir de un sorteo público realizado por la Consejería de
Educación e Investigación, cuyo resultado será aplicado por RÁICES mediante un
procedimiento que permite que todos los solicitantes empatados tengan la misma
probabilidad de resultar admitidos.
► Acreditación de necesidades específicas de apoyo educativo y necesidades de compensación educativa:
► Acreditación de necesidades específicas de apoyo educativo y necesidades de compensación educativa:
- Certificación o acreditación de necesidades educativas especiales emitido por el Equipo de Orientación Educativa o, en el caso de alumnado de Educación Secundaria, por el Departamento de Orientación del centro.
- Acreditación de haber recibido anteriormente apoyo en cualquier modalidad de compensación educativa.
- Acreditación de presentar necesidades específicas de apoyo educativo asociadas a situaciones de desventaja social:
- Acreditación de percibir la Renta Mínima de Inserción.
- Informes de carácter académico o socioeconómico complementario.
► En el Teléfono 012 se ofrece información complementaria.
.. (NOTA: Las consultas al teléfono 012 no tienen carácter gratuito)
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