Una vez más, la justicia ha fallado contra el modelo de escuela íntegramente en catalán en Catalunya. Pero ¿supone la sentencia de este jueves la estocada final al llamado modelo de inmersión? ¿Deberán los docentes impartir al menos un 25% de las clases en castellano después de que esta posibilidad haya planeado sobre las aulas durante los últimos ocho años?
El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC), a partir de un recurso de la Abogacía del Estado de 2015, ha resuelto que los cerca de 4.000 centros educativos catalanes deben impartir al menos un 25% de sus clases en castellano. Esto significa, en la práctica, que deben dar en este idioma una asignatura troncal más que la de Lengua Castellana. Este porcentaje se venía aplicando desde 2012 pero solo para las familias que lo reclamaban para sus hijos (desde 2019 habían sido ocho).
Antes que nada, sin embargo, la sentencia del TSJC es recurrible. Y a eso se acoge el Departamento de Educación, que ya ha anunciado que interpondrá un recurso ante el Tribunal Supremo. A la espera de que se resuelva, por lo tanto, nada cambiará en las aulas catalanas. Algunas formaciones contrarias a la inmersión, como el PP o Ciudadanos, han instado al Gobierno central a que vele "de inmediato" por la aplicación de la sentencia –en palabras de Pablo Casado–, pero el Ejecutivo no se ha pronunciado.
La 'ley Celaá', ¿un blindaje?
Más allá de lo que falle el Supremo, la Generalitat ha asegurado que no teme por la sentencia de este jueves porque en las próximas semanas entrará en vigor la nueva reforma educativa en España, la LOMLOE, que según su interpretación ofrece cobertura jurídica al modelo de inmersión lingüística. Así lo ha expresado el conseller de Educación, Josep Bargalló. "Ahora que está a punto de aprobarse en el Senado la nueva ley, hay quien quiere volver al pasado", ha denunciado, y ha vaticinado que el fallo "no tendrá ningún efecto".
En los mismos términos se ha expresado Joan Mena, portavoz de Educación de Unidas Podemos-En Comú Podem, quien ha defendido también que "en el marco de la LOMLOE" la sentencia "quedará sin efecto".
La novedad que incorpora la Ley Celaá en este ámbito es que deja de calificar el castellano como "lengua vehicular", algo que sí hacía la LOMCE del PP. El texto, pactado con PSOE y Unidas Podemos a través de una enmienda de los partidos nacionalistas, establece finalmente que "las administraciones educativas garantizarán el derecho de los alumnos y las alumnas a recibir enseñanzas en castellano y en las demás lenguas cooficiales en sus respectivos territorios".
Según formaciones como UP o ERC, esto significa que el modelo de escuela en catalán queda cubierto. Lo mismo han interpretado desde el PP y Ciudadanos, que han usado la eliminación del concepto "vehicular" asociado al castellano para acusar al Gobierno de querer perjudicar a esta lengua frente a las cooficiales.
Sin embargo, no todos coinciden con esta interpretación. Fuentes jurídicas consultadas por elDiario.es sostienen que la LOMLOE no blinda como tal la inmersión, puesto que sentencias como la de este jueves no se apoyan en la Ley Wert, por ejemplo, sino que lo hacen en la sentencia de 2010 del Tribunal Constitucional sobre el Estatut de Catalunya. Ese fallo establecía que considerar el catalán como lengua vehicular no debe suponer que el castellano quede excluido en su totalidad como idioma de uso.
"¿Está la inmersión blindada? No. No lo está desde el momento en que el artículo del Estatut fue interpretado de esta forma por el Constitucional [que no se puede excluir el castellano como vehicular en las aulas] y desde el momento en el que ha habido jurisprudencia determinando unos porcentajes que, digámoslo así, no se sabe muy bien a qué responden", señala Xavier Arbós, catedrático de Derecho Constitucional de la Universitat de Barcelona (UB). En base a esa sentencia, posteriormente, el TSJC acabó determinando que el 25% de horas lectivas era la proporción mínima de castellano para que este se pudiera considerar como vehicular.
Con todo, Arbós apunta a que el Departamento de Educación tiene razones para mantener el catalán como la lengua vehicular de las enseñanzas, puesto que la norma que define el modelo educativo catalán es la Ley de Educación de Catalunya (LEC), de 2009. Hasta la fecha ningún juez ha tumbado el modelo lingüístico escolar que prevé esta norma, puesto que el recurso que interpuso el PP contra ella hace una década no impugnaba los artículos sobre la lengua.
El futuro del modelo
Al margen de lo que dicten los jueces, y pese a que durante años la inmersión ha sido intocable en Catalunya –debido al consenso político, social y educativo que ha suscitado–, de un tiempo a esta parte las instituciones se han abierto a flexibilizarlo. El propio Departamento de Educación, en manos de ERC, presentó al inicio de la legislatura un plan lingüístico que, sin perder el catalán como lengua de uso, animaba a los centros a dar más clases en castellano si detectaban que había que mejorar el nivel de los alumnos.
En estos momentos cada centro educativo tiene potestad para aprobar un proyecto lingüístico que contemple la docencia no ya en castellano, sino en inglés. Esto último lo hacen la mayoría de colegios en alguna asignatura. Aun así, en principio, todos siguen teniendo el catalán como lengua de uso por defecto con los alumnos, entre los docentes y con las familias. Los defensores del modelo argumentan que esta es la única forma de que toda la población escolar acabe la ESO con las nociones necesarias tanto de catalán como de castellano –algo que las pruebas externas acreditan– y, a la vez, evitar que se segregue al alumnado en función de su lengua.
Si las sentencias se acaban aplicando o no dependerá, en última instancia, de que la comunidad educativa lo acepte. En 2012 los primeros fallos del TSJC generaron un gran revuelo entre sindicatos, asociaciones de docentes y AMPAs, que amagaron con desobedecer, aunque con los años los centros educativos acataron por norma general las sentencias que afectaban a familias particulares. En esta ocasión, el fallo de este jueves no ha despertado una oleada de indignación como la de aquellos años, quizás a la espera del recurso.
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