sábado, 29 de diciembre de 2012

Próximas convocatorias

27-12-12, alas 18:00, Manifestación en defensa del Transporte Público (Plaza de laVilla-Sol)

28-12-12, a las 19.00, Concentraciónen apoyo de Alfonso F. en Sol  
  

La FAPA Giner de los Ríos rechaza las normas para el acceso y renovación de conciertos educativos en Madrid

VOTO PARTICULAR PRESENTADO POR LA FAPA FRANCISCO GINER DE LOS
RÍOS AL DICTAMEN SOBRE LA ORDEN POR LA QUE SE DICTAN NORMAS
PARA LA RENOVACIÓN DE LOS CONCIERTOS EDUCATIVOS Y EL ACCESO A
LOS MISMOS DURANTE EL PERIODO 2013-2017.

La FAPA Francisco Giner de los Ríos ha votado en contra del Dictamen sobre la Orden que nos ocupa, por estar en desacuerdo con la propuesta y emite el presente voto particular para dejar constancia de las razones que sustentan el rechazo expresado.


CUESTIONES DE CARÁCTER GENERAL
1) Sobre el cambio de concepto en el que se basa la concertación.
La FAPA está en contra de que se considere un derecho de los centros educativos privados el acceso al concierto y, por tanto, rechaza la idea de que la Administración debe conceder cualquier concierto por el simple hecho de ser solicitado. El concierto es una opción que tienen las Administraciones educativas, según la legislación vigente, para escolarizar alumnado en centros públicos que no puede ser escolarizado en la red de centros públicos. Por tanto, debe ser una opción subsidiaria con respecto a la escuela pública que se utiliza por decisión de la Administración allí donde lo considera necesario.

Sin embargo, la Orden se basa en la tergiversación del marco legislativo actual del ámbito educativo, obviando su obligación de hacer una programación de la red de centros educativos donde la escuela pública sea la garante de la escolarización. Al contrario, quiere seguir concediendo a los centros privados un supuesto derecho a la concertación que no existe, como puede comprobarse, por ejemplo, en las
reiteradas afirmaciones que realizan los actuales responsables educativos de la Comunidad de Madrid al exigir al actual Ministro de Educación que incluya en la LOMCE la legislación necesaria para asentar legalmente este derecho a la concertación de los centros educativos basándolo en la denominada “demanda
social”. Algo que debe ser recogido en una Ley es algo que aún no tiene cobertura legal, por lo que se está haciendo sin que exista una norma de rango superior que lo valide. La Orden debe ser rechazada por estar basada en un supuesto que legalmente no existe.


Que lo anterior está en el fondo ideológico que soporta la norma se puede deducir, ya con carácter general, de su propia denominación. La ORDEN 5753/2008, de 11 de diciembre, de la Consejería de Educación, por la que se dictan normas para la concesión de conciertos educativos con centros docentes privados de la Comunidad de Madrid, que incluyen cuestiones sobre las nuevas concertaciones, las renovaciones, y la extinción de las mismas, utiliza el término adecuado que ahora de hace desaparecer: “concesiones”, pues es la Administración la que concede o no la concertación en base al cumplimiento de los requisitos necesarios. Con la nueva denominación, se habla de acceso y renovación, sin decir nada sobre la extinción, con lo que se traslada un cambio claro de concepto que, como hemos dicho en el párrafo anterior, supone otorgar en la práctica un derecho a los centros de acceder al régimen de conciertos si ellos así lo deciden. Rechazamos el cambio de lenguaje y de los términos a utilizar por lo que ello supone y por ser contrarios a la legislación vigente.

2) Sobre la libertad de enseñanza y el supuesto derecho a la concertación.
La libertad de enseñanza está reconocida en el artículo 27.1 de la Constitución Española y su plasmación es la consecuencia de varios factores, entre ellos, por un lado, de la existencia de una red de centros privados en el momento de la gestación del texto constitucional y, por otro, de la precaución de determinados sectores ante la posibilidad de que se pudieran reproducir situaciones en nuestra sociedad que derivaran en una escuela estatal y única que, dejando en manos exclusivas del Estado la educación de todos los nuevos ciudadanos, se alejara de lo deseable por la acción inadecuada de los poderes que dirigieran dicho Estado, es decir, que, en lugar de configurar una escuela gestionada públicamente por todos los sectores implicados que vertebrara la sociedad buscando el éxito escolar de todos los educandos y altas cotas de igualdad de oportunidades para todos ellos, caminara en la dirección de un sistema educativo planteado para la pervivencia del poder establecido y la supremacía de las clases más adineradas.

Esta libertad de enseñanza se concreta en la existencia de centros privados que puedan dar una alternativa al sistema educativo que proporciona y gestiona el Estado y las diferentes Administraciones que forman parte de él. Para dar forma a esta red alternativa, el legislador estatal, competente para establecer los marcos
generales de actuación, desarrolló en las diferentes leyes que afectan al sistema educativo las normas a las que los centros privados deben someterse si quieren poder ejercer dicha libertad consiguiendo que el Estado reconozca y homologue sus actuaciones.

Esta doble red educativa, sólo es finalmente viable si el legislador reconoce a los ciudadanos la posibilidad de elegir entre una y otra, si así lo estiman adecuado, y esta posibilidad está contemplada en la LODE, Ley Orgánica del Derecho a la Educación, en su artículo 4.b, donde se explicita que los padres tienen derecho a
escoger centro docente distinto de los creados por los poderes públicos.

El texto constitucional establece que la enseñanza básica es obligatoria y gratuita, pero no indica que el Estado esté obligado a otorgar gratuidad a la educación en aquellos centros privados por el simple hecho de que los padres elijan un centro distinto del creado por los poderes públicos.

Así lo ha dejado asentado el Tribunal Constitucional en sus sentencias, con redacciones más o menos directas respecto del asunto. Cabe citar, por ejemplo, la sentencia 86/1985, de 10 de julio, dictada por su Sala Segunda: “…siendo del todo claro que el derecho a la educación -a la educación gratuita en la enseñanza básica no comprende el derecho a la gratuidad educativa en cualesquiera Centros privados, porque los recursos públicos no han de acudir, incondicionadamente, allá donde vayan las preferencias individuales.”

Lo anterior significa que no existe un derecho a la concertación ligado a la elección de las familias de un centro privado, aunque tampoco puede convertirse en un arma que pueda servir para intentar la eliminación de la oferta privada. Los poderes públicos no deben potenciarla formando parte activa de la iniciativa
privada, simplemente deben limitarse a garantizar la posibilidad real de su existencia y establecer el marco normativo en el que deba desarrollarse.

Es decir, los fondos públicos deben ser empleados, en primer lugar, a garantizar la gratuidad de la enseñanza básica a todos los educandos, para lo que se deberán generar y ofertar las plazas públicas suficientes que atiendan las necesidades totales de escolarización.

No obstante, la Constitución Española establece que los poderes públicos ayudarán a los centros docentes que reúnan los requisitos que la Ley establezca y, en virtud de ello, y de las aportaciones que el Estado ya realizaba a determinados centros privados cuando se pactó nuestra Carta Magna, en una de las posibles
interpretaciones de dicho texto constitucional, la legislación posterior da forma a los conciertos educativos para, además de poder lograr la extensión de la escolarización a todos los ciudadanos, consiguiéndola en su plenitud en las etapas obligatorias en un momento en el que la red pública existente se mostraba insuficiente, regular las condiciones que deben cumplir los centros privados para gozar de financiación pública.

De lo anterior se desprenden dos consideraciones: que los centros privados podrán obtener financiación pública si cumplen los requisitos y los condicionantes establecidos para ello por los poderes públicos, de lo que se deduce que el cumplimiento de dichos requisitos es condición previa para poder ser otorgada la
financiación pública; y que los requisitos y los condicionantes deben garantizar que los centros privados se ajustarán a los parámetros de los centros creados por los poderes públicos para poder compartir la financiación pública con ellos.

Como consecuencia de lo expresado, los poderes públicos deberán establecer la inspección de los centros privados que obtengan financiación pública para constatar que los fondos se aplican a garantizar la gratuidad de la enseñanza en dichos centros en igualdad de condiciones que en los centros docentes creados por los
poderes públicos y regular el procedimiento y desarrollarlo para que, en caso de incumplimiento, estos fondos públicos sean retirados.

Superados los 25 años desde que se estableciera tal estado de las cosas, el resultado actual es que los centros privados reciben financiación pública hasta el extremo de que el concepto de centros sostenidos con fondos públicos es literal, ya que muchos de ellos desaparecerían inmediatamente si no la recibieran, pero el
cumplimiento de los requisitos es una utopía en muchos de sus extremos, sobre todo en lo concerniente a la escolarización sin discriminación y a la igualdad de oportunidades. Por ello, los responsables directos de la normativa que estableció el régimen de conciertos han reconocido expresamente el error cometido al pensar
que la iniciativa privada asumiría sus obligaciones y establecería una relación de complementariedad con la red pública, siendo por tanto subsidiaria la privada respecto de la pública. Entre otras cosas, reconocen como un error el no haber fijado una temporalidad en el régimen de conciertos, para haber usado dicha red
sólo mientras que la pública se extendía hasta garantizar una plaza pública a todos y cada uno de los alumnos posibles a escolarizar, dejando después la oferta privada existente obligada a sostenerse exclusivamente con sus propios medios, como debería ocurrir por coherencia y, podríamos afirmar, por mandato constitucional.

CONSIDERACIONES AL CONTENIDO DEL DICTAMEN APROBADO
1) Con relación al primer párrafo del preámbulo justificativo.
La redacción inicial del párrafo habla, en su segunda línea, de la “libertad de educación”. La FAPA propuso la modificación de esta expresión por “libertad de enseñanza”, cambio que fue aprobado por el Consejo Escolar e incorporado en el dictamen que se remite a la Consejería de Educación.

Debemos reflejar que la propuesta se basa en el hecho de que la Constitución Española habla de “derecho a la educación” y de “libertad de enseñanza”, nunca de “libertad de educación”, por lo que parece inexcusable el cambio y así lo ha entendido el Consejo Escolar.

Sólo falta saber si se impondrá la visión de la Consejería o será tenida en cuenta la posición de la Comunidad Educativa a este respecto, como exigimos que ocurra.

2) Con relación al primer párrafo del artículo 12.1.b.
La redacción inicial del párrafo elimina la necesidad de que los centros privados que quieran renovar el concierto tengan que presentar “la documentación que acredite que los centros siguen cumpliendo los requisitos que determinaron la aprobación del concierto, así como las variaciones habidas que puedan afectar al concierto”, según se contempla en el artículo 42 del Reglamento de Normas Básicas sobre
Conciertos Educativos. Si no se siguen cumpliendo los requisitos, el concierto no puede ser renovado, tal y como se indica en el artículo 43 de dicho Reglamento. La FAPA propuso la modificación del párrafo para que dicha memoria siga siendo necesaria en los casos de renovación, cambio que fue aprobado por el Consejo Escolar e incorporado en el dictamen que se remite a la Consejería de Educación.

La memoria explicativa deberá especificar, entre otras cosas: los términos en que se satisfacen necesidades de escolarización de acuerdo con la demanda existente en zona de escolarización donde se ubique el centro; las condiciones socioeconómicas desfavorables de la población escolar atendida; y las características de las experiencias pedagógicas realizadas en el centro y el interés que las mismas suponen para la calidad de la enseñanza y para el sistema educativo.

Debemos reflejar que la propuesta se basa en el hecho de considerar inaceptable que se evite a los centros privados concertados que presenten la memoria explicativa para que se les renueve el concierto, ya que no pedirla supone que la Consejería de Educación considera el trámite de renovación una mera formalidad
que debe llevarse a cabo desde una óptica de renovación automática y, por tanto, de hacerse así, supone la vulneración de la normativa de rango superior que, como es obligado, debe ser respetada, por lo que es inexcusable su exigencia. Así lo ha entendido el Consejo Escolar y por ello ha aprobado la propuesta. Al igual que ocurre con la observación anterior, sólo falta saber si se impondrá la visión de la Consejería o será tenida en cuenta la posición de la Comunidad Educativa a este respecto, como también exigimos que ocurra.

3) Con relación a la inexistencia de mención a la extinción de los conciertos.
La FAPA estima que se debe incluir una mención expresa al supuesto de extinción de los conciertos. El hecho de que la circunstancia esté recogida y regulada en el Reglamento de Normas Básicas sobre Conciertos Educativos, no hace innecesaria su mención en la Orden, aunque sea simplemente para remitir a lo allí estipulado en los casos que pudieran ocurrir. Bajo la óptica de la Consejería de Educación, que
contempla la renovación como un supuesto automático sobre el que nos hemos referido con anterioridad, la mención a la extinción se puede considerar prescindible, pero no es así.

4) Con relación a la Disposición Adicional Segunda, referida a la Formación Profesional Dual.
La FAPA está en total desacuerdo con la inclusión en la Orden de consideraciones sobre la Formación Profesional Dual, por ser una inclusión que no tiene base jurídica válida sobre la que asentarse en la Comunidad de Madrid. Tan sólo unas Instrucciones, norma de rango inferior a la Orden que nos ocupa que, además de no ser de obligado cumplimiento, son inválidas a juicio de la Federación por no ser un instrumento válido para modificar el sistema educativo, lo que si hacen al inventarse un formato educativo que no tiene Ley, o norma con rango de Ley, que lo sustente jurídicamente.

Debemos recordar que sólo existe un Real Decreto que, aunque reserva la capacidad de actuar al Ministerio de Educación en el ámbito de sus competencias como es lógico, viene a ser una norma orientada más al ámbito laboral que al educativo. Además, la nueva reforma educativa, denominada LOMCE, contempla la
necesidad de legislar sobre la Formación Profesional Dual para que tenga encaje legal en el ámbito educativo.

Por tanto, la FAPA considera que dicha disposición debe ser eliminada, por no tener base legal que la sustente, y procederse a su inclusión, si es que debe hacerse, cuando exista una norma legal con rango de Ley, así como los debidos desarrollos autonómicos, en los que soportar esta mención.

En todo caso, si se trata de recoger datos para saber cuantos centros privados estarían interesados en tener enseñanzas concertadas de Formación Profesional Dual y que lo puedan ir comunicando ya, como el Director General de Becas y Ayudas comentó en la reunión del Consejo Escolar, no debería recogerse en esta Orden sino que bastaría con enviar una circular o nota de la Consejería de Educación a dichos centros.


El hecho de que la Consejería de Educación se salte habitualmente la legislación vigente, como los tribunales han demostrado en demasiadas ocasiones, no puede significar que la Comunidad Educativa permita tales actuaciones sin mostrar su oposición a dicha forma de actuar, lo que la FAPA hace de nuevo en este voto
particular. Y no es aceptable que el Director General de Becas y Ayudas indique que ya se verá si los servicios jurídicos de la Consejería de Educación dicen algo sobre la posible ilegalidad de la norma, ya que la afirmación suena a “si cuela, cuela”. Tal comportamiento es, cuando menos, muy cuestionable.

Madrid, 20 de diciembre de 2012




Desmontando mentiras: el precio de la Enseñanza concertada

elpais.comEl gasto familiar en el colegio: 822 euros en el público y 3.627 euros en el privado
  • La Encuesta sobre el Gasto de los Hogares en Educación del curso pasado señala que los españoles invierten por alumno en las aulas privadas concertadas 1.549 euros
Los hogares gastan en bienes y servicios relacionados con los estudios 13.142 millones de euros (1.319 euros por estudiante), según la encuesta del INE sobre el curso 2011/12, en la que se especifica que el gasto familiar anual por alumno en colegios públicos es de 822 euros frente a 3.627 euros en los privados. La Encuesta sobre el Gasto de los Hogares en Educación del curso pasado, dada a conocer hoy por el Instituto Nacional de Estadística, también señala que los hogares españoles invierten por alumno en las aulas privadas concertadas 1.549 euros.

Estos datos suponen que entre los cerca de 10 millones (9,96 millones) de alumnos en el curso 2011-12, el 42,7 % del gasto en enseñanza reglada lo efectuaron los estudiantes que cursaron sus estudios en aulas de titularidad pública, el 21,6% los que estudiaron en aulas privadas concertadas y el 35,7 % restante los que lo hicieron en aulas privadas sin concierto.

Del total de estudiantes, el 68,6 % acudió a aulas públicas, el 18,4% a aulas privadas concertadas y el 13,0% a aulas privadas no concertadas.

La enseñanza universitaria, en la que no existe el concierto, es la que generó un mayor gasto por alumno, tanto en aulas públicas (1.339 euros por alumno), como en aulas privadas sin concierto (5.664 euros). Y el 39,2 % del gasto total de los hogares en educación se destinó a las clases lectivas, es decir, tanto a las clases docentes como a las tasas académicas y a las enseñanzas complementarias de carácter voluntario.



elpais.comEl gasto de las familias con hijos en la pública sube más en tiempos de crisis

  • Los centros privados pierden alumnos que ganan los concertados

Entradas relacionadas:

Un colegio concertado cuesta al año un 70% más que uno público, según la OCU



Hacia una plataforma unificada de interinos en Madrid


Plataforma de Afectados por la Consolidación Madrid nos ha enviado este correo:

Os remitimos esta información sobre la creación de la nueva plataforma unificada de interinos de la Comunidad de Madrid para que la publiquéis en el blog y le deis la máxima difusión. Gracias.

diciembre 28, 2012 profesorgeohistoria

Una buena iniciativa para unificar las diferentes plataformas de interinos:

Nace Madrid Educación Pública-PICAM

La nueva asociación pretende unificar los distintos colectivos de profesorado interino

Resumen de la reunión celebrada en el Café Galdós, el pasado 26 de diciembre

Finalmente fuimos más compañeros de los que esperábamos. Hemos valorado las posibles actuaciones a realizar. Las comunicaciones de reuniones y eventos los enviaremos por el correo Gmail:

(Si no estás en este correo envíanos un correo con tu nombre para remitir la comunicación).

En la reunión se han planteado diferentes iniciativas que puedan surgir, entre otra la petición urgente de una asamblea de interinos por parte de los sindicatos. También se ha valorado la iniciativa de denunciar, para lo cual, necesitamos todavía ser un grupo más numeroso en las reuniones. Por otra parte se ha valorado la idea de formarnos en asociación (muy importante si queremos denunciar como colectivo, además de las denuncias que se realicen desde los sindicatos) para realizar la denuncia y hacer más participativa a todos los compañeros.

Un grupo de compañeros hemos pedido iniciar con urgencia cualquier tipo de iniciativa que haga visible el problema de los interinos que está actualmente muy paralizado. Hemos quedado que vamos a seguir trabajando y unos cuantos compañeros se han sumado a trabajar desde ya.

Los compañeros que han estado, en comentarios a esta entrada os comentarán más detalles.

Gracias a todos.

viernes, 28 de diciembre de 2012

¡ALFON, LIBERTAD! Alfon de Soto a casa





ABC.ES: La página web de España en la ONU es hackeada
La página web de España en la ONU (www.spainun.org) ha sido hackeada en el día de hoy. Nada más entrar, en la home del site, la primera noticia con la que puede toparse cualquier usuario es «Alfon de Soto a casa», en referencia al único detenido en la huelga general del 14-N. La nota informativa está acompañada del «hashtag» #AlfonDeSotoACasa, con el que sus defensores se mueven en Twitter.[...]

Lee la noticia completa aqui







PÚBLICO.ES"¡Alfon, libertad! ¡Stop montaje policial!"


Miles de manifestantes han acudido a las convocatorias previstas para esta tarde para pedir la puesta en libertad del único preso de la jonada de huelga general que permanece en prisión preventiva a día de hoy.
Al grito de "¡Alfon Libertad!" miles de personas concentradas en laPuerta del Sol de Madrid frente a la sede del Gobierno regional, que permanecía custiodiada por una veintena de agentes policiales, reivindicaban la puesta en libertad del joven de 21 años. En Barcelona, la concentración se ha producido en el carrer Mallorca, frente a la sede de la subdelegación del Gobierno español. 
Las concentraciones, que comenzaron con escrupulosa puntualidad a las 19 horas, fueron convocadas por la Plataforma por la libertad de Alfon, que aglutina a diversos colectivos sociales, políticos y vecinales, y agrupaciones vinculadas al 15M.
Miembros de la plataforma han estado vendiendo camisetas con el lema "Alfon libertad: el único preso de la huelga general de 14N en Europa" para costear los gastos de los abogados y han recopilado firmas que entregaráb en los próximos días al Ministerio del Interior solicitando su libertad. 
"Libertad a los pesos políticos" "Democracia dónde, terroristas quién" y gritos dirigidos a la delegada de Gobierno Cifuentes han sido los cánticos más coreados en Madrid.
La convocatoria, que se ha difundido por internet y las redes sociales, se realizaba en las delegaciones, subdelegaciones y plazas centrales de numerosas capitales de provincia españolas, así como embajadas españolas en toda Europa. Se trata del tercera acción programado para este mes de diciembre.  
Elena Ortega, la madre de Alfonso Fernández, se ha dirigido a los manifestantes en Sol por megafonía para agradecer la asistencia y pedir que no se olvide a su hijo. "Se está tratando de criminalizar a los jóvenes educados en unos valores e integrantes de la clase trabajadora luchan por sus derechos" recriminaba la madre de Alfon."Mi hijo es una persona con conciencia y resistencia" añadía la mujer que denunciaba que su hijo"está sufriendo mucho de ansiedad por no saber qué va a suceder con él". 
Este joven del barrio de Vallecas de Madrid, fue detenido la pasada jornada de huelga general cuando se dirigía a formar parte de un piquete informativo junto a su compañera, que fue posteriormente puesta en libertad vigilada. Alfonso Fernández permanece en régimen de aislamiento y vigilancia penitenciaria las 24 horas del día en la prisión de Soto del Real y le achacan presunta pertenencia a banda organizada. 
El pasado 20 de diciembre, diputados de Izquierda Plural y del grupo mixto remitieron una carta al Ministerio del Interior lamentando las "medidas penitenciarias excepcionales" y reclamando la libertad de Alfonso Fernández.
Durante el debate de los Presupuestos Generales de 2013, varios de los diputados que intervinieron en el pleno, subieron a la tribuna con una pegatina con el lema "Alfon Libertad" y aprovecharon también para denunciar la irregularidad de que este joven permanezca en prisión preventiva.

MAREA CIUDADANA, llenando la calle de monigotes inocentes




28-12-12, a las 19.00, Concentración en apoyo de Alfonso F. en Sol. Convocatorias en todas las ciudades

Hemos recibido este correo:

Hola a todos/as.
Os deseo unas buenas vacaciones, un buen descanso y un año lleno de buenas noticias para todos y todas. 


Y aunque el mejor consejo para estos días es desconectar de los problemas cotidianos, también estas vacaciones os vamos a pedir un recuerdo para un chico que no podrá disfrutarlas con su familia. Es Alfonso Fernández y lleva detenido desde el 14 de noviembre. 

El día 28 a las 19.00 se ha convocado una concentración en su apoyo en la Puerta del Sol. (os reenvío el mensaje con la resolución y convocatoria).

Pues eso, buenas vacaciones, feliz 2013 y el deseo de que al año que viene no se produzcan más injusticias que separen a nadie sin razón alguna de su familia.
Un abrazo a todos/as


ALFON LIBERTAD!!!

Concentración, viernes 28 de diciembre 

a las 19,00 horas
en la Puerta del Sol


Estimados compañeros y compañeras:

El próximo viernes 28 de diciembre a las 19,00 horas en la Puerta del Sol, tendrá lugar una concentración convocada por la Plataforma por la libertad de Alfon, joven vallecano que desde la huelga del 14N se encuentra detenido en la cárcel de Soto del Real. Éste joven fue detenido cuando se dirigía a formar parte de un piquete informativo en Vallecas junto a su
compañera, que fue posteriormente puesta en libertad vigilada.

CCOO de Madrid además de facilitarle el apoyo jurídico necesario ha denunciado la situación por la que está pasando éste joven vallecano de 21 años y ha pedido públicamente su libertad.

Hasta la fecha no se ha producido así que en línea con la resolución aprobada por CCOO de Madrid apoyamos los actos que se realicen a favor de la liberación de Alfon y por ello os pedimos acudáis a la convocatoria del próximo viernes 28 de diciembre.

Esperando vuestra colaboración para difundir esta convocatoria y la asistencia a la misma, recibid un cordial saludo.

Fdo. Francisco Naranjo Llanos
Secretario de Comunicación CCOO Madrid

P.D.: Aprovecho para enviaros copia de la resolución aprobada por la Ejecutiva Regional de CCOO de Madrid, el pasado martes 18 de diciembre


Resolución de la Ejecutiva de CCOO de Madrid sobre detención de Alfon

Alfonso Fernández, Alfon, es un joven de 21 años, trabajador de mantenimiento, que lleva detenido desde el pasado 14 de noviembre, jornada de movilizaciones en

Europa y de huelga general en nuestro país. Alfon fue detenido junto a su
compañera, Daria, cuando se dirigían a formar parte de un piquete informativo de
su barrio, Vallecas. Daria fue puesta en libertad vigilada, pero Alfon continúa en
prisión, con lo que se ha convertido en el único detenido por la movilización del 14
de noviembre.

La situación vivida por Alfon y su familia es kafkiana, increíble en un país democrático.
En un primer momento, la judicatura se excusa en el cargo de “alarma social” para
mantener a Alfon en prisión preventiva. Esta surrealista situación es recurrida por el
abogado de la familia, pero posteriormente y de manera inconcebible alega “riesgo de
fuga” para que el joven continúe detenido. Esta alegación, ridícula y sin sentido,
implica que a Alfon se le imponga un régimen de aislamiento denominado FIES-5, con
comunicaciones intervenidas y con vigilancia a familiares y amistades. Un régimen
difícilmente explicable en un estado de derecho en el que el preso está en una cárcel
dentro de la cárcel. El propio fiscal reconoce que no existe riesgo de fuga, ya que el
joven tiene arraigo familiar y cumple con las premisas para no ser aplicado el riesgo de
fuga.

En Vallecas es un clamor que Alfon no ha hecho nada malo, que es inocente, y que
como él mismo explicó a su madre sólo es un “cabeza de turco”. A pesar de que el
asunto está siendo silenciado en la mayoría de los medios de comunicación, la
solidaridad con Alfon y su familia estalló desde el primer momento en las calles de
Vallecas y en las redes sociales. Ahora, esa solidaridad es un clamor en todo el país.

Quien trabaja incansablemente para que la situación de Alfon sea conocida es Elena,
su madre, una mujer luchadora que quiere volver a ver a su hijo y que insiste en que
hoy ha sido su hijo, pero mañana puede ser otro hijo, otra hija, o cualquier persona
que sale a la calle democráticamente a pedir justicia o reivindicar derechos.

Por todo ello, desde CCOO de Madrid nos unimos al clamor ciudadano y exigimos la
libertad de Alfonso Fernández así como la retirada de cargos para él, su compañera, así
como al resto de personas imputadas por ejercer un derecho constitucional como es el
de huelga o participar en piquetes informativos. Porque ya está bien de represión
contra quienes nos movilizamos contra la pérdida de derechos laborales y cívicos,

¡Alfon libertad!

Madrid, 18 de diciembre de 2012
Comisión Ejecutiva de CCOO Madrid

  

[28 Diciembre] Jornada Internacional #AlfonLibertad


@RebecaMateos nos ha enviado este enlace a alfonlibertad.wordpress.com en el que se pueden consultar las convocatorias de otras ciudades.

Sobre "Wert y la alternativa a la religión" y la clave del meollo: la salida de la Religión de las aulas

Reproducimos este artículo de opinión de Raquel Ortíz 

LEVANTE-EMV.COMWert y la alternativa a la religión

Quisiera referirme al tema de la asignatura alternativa a la religión. ¿Por qué es necesario tener una asignatura alternativa a otra? ¿Debe ser la asignatura de religión materia de obligada oferta en los centros educativos? No desviemos el asunto a cómo debería ser la alternativa a esta materia, más dura o más maría. Veamos si un contenido doctrinal, dogmático y de una religión „la católica„ debe tener cabida en los programas educativos. 
Un Estado laico o aconfesional debe garantizar la libertad de pensamiento para todos sus ciudadanos: igualdad para todos y privilegios para nadie en el ámbito de lo público. Nadie se opone a la práctica privada de cualquier religión fuera del ámbito público que debe proteger a todos: creyentes y no creyentes. El objeto de debate en los medios es cómo debería ser la alternativa a la religión, es decir, aceptando que exista una asignatura tapadera para aquellos que no elijan religión y que aumentan constantemente. No está de más recordar la pérdida de unas mil horas por esta asignatura en una vida escolar. Puesto que vivimos en época de recortes, conviene subrayar que la religión y su alternativa (fuerte o light) cuesta millones de euros al Estado. Pues recortemos aquí y ahorraremos para la ciencia.

La responsabilidad e hipocresía de los dirigentes del PSOE es total en esto pues han tenido múltiples ocasiones de cambiar esta situación; en su lugar, le dieron más prebendas a la Iglesia mejorando las ayudas del Estado en el Concordato, rémora del franquismo. ¿Por qué ahora critican al ministro Wert? ¿Quieren que olvidemos lo que ellos hicieron? Si ahora plantean un cambio hacia una educación laica, bienvenido sea. 

No quisiera olvidarme de los sindicatos de la enseñanza que, teóricamente, apuestan por la educación laica, pero una cosa es exhibir el término y otra luchar por él. Tampoco quiero olvidarme de las asociaciones de madres y padres que tienen derecho a una educación laica y cuyos hijos que no cursan religión sufren discriminación y pérdida de tiempo con alternativas que son un cajón de sastre donde todo vale. 
Seamos serios. La cuestión no es si alternativa fuerte o alternativa light. La cuestión es si las creencias religiosas, cualesquiera que sean, hay miles, deben formar parte del curriculum educativo o si, por el contrario, deben quedar en un ámbito privado y no en el público.

Y recordando los privilegios: creo que ya es hora de que los salarios de los profesores de religión sean sufragados por la institución a la que representan, ya que están allí no por una oposición, como la mayoría de los profesores, sino por un acuerdo político entre el Estado y El Vaticano: el Concordato. Ha llegado ya la hora de que los dogmas salgan del ámbito educativo: los ciudadanos serán más libres para decidir sin alternativas de tapadera.