- La reforma educativa establece que las comunidades "podrán excepcionalmente incorporar expertos como profesores bilingües o plurilingües"
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Ahora, la disposición adicional trigésimo séptima del anteproyecto de ley educativa dice: "Para cada curso escolar, las Administraciones educativas podrán excepcionalmente incorporar expertos como profesores bilingües o plurilingües, atendiendo a las necesidades de programación de la enseñanza para el desarrollo del plurilingüismo [...] Dichos expertos deberán ser habilitados por las Administraciones educativas, que determinarán los requisitos formativos y en su caso experiencia que se consideren necesarios; en cualquier caso, los expertos deberán estar en posesión de la titulación requerida para cada especialidad”.
La Comunidad de Madrid ya le había pedido en varias ocasiones al Ministerio de Educación vía libre para hacer estas contrataciones, y la expresidenta de la comunidad, Esperanza Aguirre, llegó a quejarse públicamente de que no lo hicieran y habló, incluso, de "insumisión". De hecho, sin permiso ni cambio legal alguno, la Consejería de Educación hizo las 26 contrataciones de docentes de Educación Física, Plástica y Tecnología al principio de este curso.
Desde la consejería siempre han asegurado que se trató de cubrir huecos, es decir, que esos docentes nativos han cubierto vacantes para las que no encontraron profesores (funcionarios ni interinos) acreditados en idiomas dispuestos a cubrirlas. Sin embargo, el sindicato UGT denunció estas contrataciones porque aseguran que no se convocaron esas plazas y que se saltaron el proceso que han de seguir todas las demás personas que quieran dar clase en la escuela pública: las oposiciones.
La propia Consejería de Educación prepara una norma de ámbito autonómico para dar cobertura legal a esas contrataciones. Figar ha incluido un artículo calcado de la Ley de Educación de Andalucía (LEA) en la Ley de Acompañamiento de la Comunidad de Madrid. "La Administración educativa podrá incorporar, de acuerdo con lo que reglamentariamente se establezca, profesorado de otros países, con la misma titulación que la requerida para el personal funcionario, tanto para la enseñanza de idiomas como para impartir otras materias cuyos currículos se desarrollen en una lengua extranjera”.
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