La
LOMCE, que en realidad no es una nueva ley sino la modificación de
algunos artículos de la LOE de 2006, arranca con la modificación del
artículo 1, apartado l) de la LOE, en términos muy ambiciosos:
“El desarrollo de la igualdad de derechos y oportunidades y el fomento de la igualdad efectiva entre hombres y mujeres, así como la prevención de la violencia de género.”
El nuevo artículo es idéntico al antiguo, salvo por la parte destacada en amarillo. Esta ley, por tanto, está decidida a luchar contra la violencia de género.
En la modificación 39, se insiste en este objetivo, en relación con la admisión de alumnos y alumnas en centros públicos y concertados:
El apartado 3 del artículo 84 de la LOE queda redactado de la siguiente manera:
“3. En ningún caso habrá discriminación por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.
Lo dispuesto en el párrafo anterior no será obstáculo para que los centros de educación diferenciada por sexos puedan suscribir los conciertos a los que se refiere el artículo 116 de esta ley orgánica, siempre que la enseñanza que impartan se desarrolle conforme a lo dispuesto en el artículo 2 de la Convención relativa a la lucha contra las discriminaciones en la esfera de la enseñanza, aprobada por la Conferencia General de la UNESCO el 14 de diciembre de 1960.”
De nuevo, la diferencia entre la LOE y la LOMCE estriba en el párrafo añadido, destacado en amarillo.
Dicho de otro modo, la LOE arranca envolviendo a sus promotores en la bandera de la no discriminación y la prevención de la violencia de género, continúa insistiendo en ella en lo tocante a la admisión de alumnos y alumnas en centros sostenidos con fondos públicos...para a continuación, en un regate en corto que hace que Iniesta parezca una estaca, asegurar la concertación de centros segregadores. Eso sí: el tema esta plenamente justificado por recomendaciones pedagógicas de vanguardia...de 1960, ¡qué gran año!
Dice el equipo de Wert (preámbulo, primera parte, párrafo final):
"Esta reforma del sistema educativo pretende ser gradualista y prudente, basada en el sentido común, sostenible en el tiempo pues su éxito se medirá en función de la mejora objetiva de los resultados de los alumnos. Esta ley orgánica es el resultado de un diálogo abierto y sincero con toda la comunidad educativa."
El caso es que el sentido común parece indicar que la mejor manera de evitar problemas entre géneros es que aprendan a convivir juntos. Luego tiene que haber razones muy potentes para justificar su separación.
Una de ellas, quizá la más potente, sea la Encíclica Divini illius Magistri (1929) del Papa Pío XI, partidaria de la separación de sexos especialmente en las edades de la educación secundaria. Esto explicaría por qué la mayoría de escuelas segregadoras son de ideario religioso.
Otra razón de peso podría ser la "optimización de los recursos". En USA este tipo de escuelas están renaciendo bajo el prisma de la "productividad" (para el mismo input -dólares- se obtiene mejor output -resultados de pruebas externas-), incluso en el sector público. El caso es que las pruebas externas son tests estandarizados que no miden nada sobre la convivencia entre géneros. Pero todos conocemos la admiración de Wert por todo lo que venga de ese gran país.
La razón de más peso, la investigación pedagógica, no es concluyente. Ningún estudio relevante ha concluido que haya diferencias pedagógicas que justifiquen tal separación, salvo, curiosamente, en colectivos desfavorecidos de chicas (documento adjunto, por ejemplo). Sin embargo, los centros privados (concertados o en trámite de concertación), no parecen dirigidos a dichos colectivos.
Nos queda entonces la justificación maniquea, vacía de contenido, pero que a fuerza de ser repetida hasta la saciedad ha calado entre la ciudadanía: "la libertad de elección". Ante eso no tengo nada que oponer: que cada familia eliga lo que más le convenga. Pero, eso sí, con su dinero.
APAH
“El desarrollo de la igualdad de derechos y oportunidades y el fomento de la igualdad efectiva entre hombres y mujeres, así como la prevención de la violencia de género.”
El nuevo artículo es idéntico al antiguo, salvo por la parte destacada en amarillo. Esta ley, por tanto, está decidida a luchar contra la violencia de género.
En la modificación 39, se insiste en este objetivo, en relación con la admisión de alumnos y alumnas en centros públicos y concertados:
El apartado 3 del artículo 84 de la LOE queda redactado de la siguiente manera:
“3. En ningún caso habrá discriminación por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.
Lo dispuesto en el párrafo anterior no será obstáculo para que los centros de educación diferenciada por sexos puedan suscribir los conciertos a los que se refiere el artículo 116 de esta ley orgánica, siempre que la enseñanza que impartan se desarrolle conforme a lo dispuesto en el artículo 2 de la Convención relativa a la lucha contra las discriminaciones en la esfera de la enseñanza, aprobada por la Conferencia General de la UNESCO el 14 de diciembre de 1960.”
De nuevo, la diferencia entre la LOE y la LOMCE estriba en el párrafo añadido, destacado en amarillo.
Dicho de otro modo, la LOE arranca envolviendo a sus promotores en la bandera de la no discriminación y la prevención de la violencia de género, continúa insistiendo en ella en lo tocante a la admisión de alumnos y alumnas en centros sostenidos con fondos públicos...para a continuación, en un regate en corto que hace que Iniesta parezca una estaca, asegurar la concertación de centros segregadores. Eso sí: el tema esta plenamente justificado por recomendaciones pedagógicas de vanguardia...de 1960, ¡qué gran año!
Dice el equipo de Wert (preámbulo, primera parte, párrafo final):
"Esta reforma del sistema educativo pretende ser gradualista y prudente, basada en el sentido común, sostenible en el tiempo pues su éxito se medirá en función de la mejora objetiva de los resultados de los alumnos. Esta ley orgánica es el resultado de un diálogo abierto y sincero con toda la comunidad educativa."
El caso es que el sentido común parece indicar que la mejor manera de evitar problemas entre géneros es que aprendan a convivir juntos. Luego tiene que haber razones muy potentes para justificar su separación.
Una de ellas, quizá la más potente, sea la Encíclica Divini illius Magistri (1929) del Papa Pío XI, partidaria de la separación de sexos especialmente en las edades de la educación secundaria. Esto explicaría por qué la mayoría de escuelas segregadoras son de ideario religioso.
Otra razón de peso podría ser la "optimización de los recursos". En USA este tipo de escuelas están renaciendo bajo el prisma de la "productividad" (para el mismo input -dólares- se obtiene mejor output -resultados de pruebas externas-), incluso en el sector público. El caso es que las pruebas externas son tests estandarizados que no miden nada sobre la convivencia entre géneros. Pero todos conocemos la admiración de Wert por todo lo que venga de ese gran país.
La razón de más peso, la investigación pedagógica, no es concluyente. Ningún estudio relevante ha concluido que haya diferencias pedagógicas que justifiquen tal separación, salvo, curiosamente, en colectivos desfavorecidos de chicas (documento adjunto, por ejemplo). Sin embargo, los centros privados (concertados o en trámite de concertación), no parecen dirigidos a dichos colectivos.
Nos queda entonces la justificación maniquea, vacía de contenido, pero que a fuerza de ser repetida hasta la saciedad ha calado entre la ciudadanía: "la libertad de elección". Ante eso no tengo nada que oponer: que cada familia eliga lo que más le convenga. Pero, eso sí, con su dinero.
APAH
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