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jueves, 25 de julio de 2013

UGT considera que la resolución del TSJM sobre contratación de profesores nativos "no se ajusta a derecho"

EUROPAPRESS.ES: UGT presenta un recurso de súplica ante el TSJM para la admisión de la demanda por la contratación de profesores nativos


La Federación de Trabajadores de la Enseñanza de UGT Madrid (FETE-UGT) ha interpuesto un recurso de súplica ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) para la admisión a trámite de la demanda por "presunta prevaricación" contra la expresidenta de la Comunidad de Madrid, Esperanza Aguirre, y la consejera de Educación, Lucía Figar, por la contratación de profesores nativos para colegios públicos sin pasar por una convocatoria de plazas.

Según ha informado el sindicato en un comunicado, ha llevado a cabo este recurso porque considera que la resolución del TSJM inadmitiendo su demanda "no se ajusta a derecho" dado que estas contrataciones, a juicio del sindicato, "vulneran de manera palpable los preceptos que sobre contrataciones existen en la función pública".

Por otra parte, el sindicato alude en el recurso a "indicios omitidos" por el Alto Tribunal en su Auto "y que son muy importantes" como la "posibilidad que tenía la Administración y que no utilizó de convocar las plazas a través del concurso-oposición y bolsas de trabajo, por lo que no habría circunstancias de urgencia y necesidad".

Otro de los "indicios" a los que alude UGT es que estas contrataciones "han provocado desplazamiento de funcionarios y que no se haya llamado al profesorado interino habilitado y que estos hechos fueron denunciados por la Junta de Personal Docente, órgano amparado constitucionalmente, es decir, la Administración, a sabiendas, vulneró la legislación vigente en cuanto al acceso a la función pública provocando que terceros fueran o bien desplazados o no contratados".

Además de los "indicios", el sindicado ha recordado en el recurso el informe del Ministerio Fiscal, "que exponía con bastante exactitud la línea argumental cuya conclusión no puede ser otra que la de abrir una fase de instrucción al entenderse que existen indicios relevantes de eventual relevancia penal".

Los contratos a los que se hace referencia en la demanda de UGT son contratos "por obra y servicio determinado al amparo del artículo 15.1 del Estatuto de los Trabajadores y al amparo de Acuerdos de colaboración entre diversas entidades y la Consejería de Educación de la Comunidad de Madrid".

Por último, UGT ha señalado que dichos "profesores" deben "reunir unos requisitos en cuanto a su propia formación (Ley Orgánica de Educación) así como que en ningún caso pueden ocupar plazas establecidas o cubiertas por el personal funcionario y por ende no puede aplicárseles el régimen de funcionamiento de los profesores funcionarios, cosa que se ha venido haciendo en estos institutos bilingües".

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