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miércoles, 21 de septiembre de 2016

El 70% de los puestos de trabajo de interinos de 2015 fueron cubiertos por mujeres

EL DIARIO.ES: Mujer y menor de 40 años: este es el perfil del interino al que afecta la sentencia europea


Manifestación por la enseñanaza en Talavera de la Reina

Con un Gobierno en funciones maniatado para legislar parece que va a ser la Unión Europea la que transforme la normativa española en los próximos meses. La semana pasada se dieron a conocer tres sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea con varias conclusiones llamadas a dar un vuelco en las relaciones laborales en España.
Aunque se han hecho diversas interpretaciones del alcance de estas sentencias, el fallo solo es claro en los puntos referentes a los interinos, que serán los primeros que se beneficien de la adecuación de esta legislación a la española.
Entre otras cuestiones, las sentencias reconocen que los interinos deben ser convertidos en indefinidos cuando se sobrepasen los límites de encadenar contratos temporales y que deben tener derecho a una indemnización igual que la de un contrato indefinido al que estaban sustituyendo.
Aunque las sentencias también entran a discutir la discriminación entre temporales y fijos que hay en todo el mercado laboral español, no son tan claras con el cambio que se debe efectuar como en el caso de los interinos. ¿Por qué es entonces tan importante esta sentencia? ¿A quién afecta?

Un contrato del sector público, pero no solo

Los trabajadores interinos son aquellos temporales que sustituyen la baja de un trabajador: permisos de maternidad y paternidad, jubilaciones parciales, liberaciones sindicales, cargos públicos, excedencia por cuidado de trabajadores... Esta situación puede darse tanto en el empleo público como en el privado.
En el caso de las administraciones puede suceder que un interino que cubre una plaza de un trabajador que se ha jubilado o que se ha trasladado a otro puesto encadene contratos durante mucho tiempo. Esa plaza debería cubrirse en un plazo marcado por la ley mediante una oferta pública de empleo pero por cuestiones económicas no se hace en tiempo y forma y las administraciones públicas (especialmente las comunidades autónomas) han engordado una importante nómina de personal interino. 

¿Cuánto tiempo se puede ser interino?

La duración del contrato de interinidad será la del tiempo que dure la ausencia del trabajador sustituido con derecho a la reserva del puesto de trabajo. Cuando el contrato se realice para cubrir temporalmente un puesto de trabajo durante el proceso de selección o promoción para su cobertura definitiva, la duración será la del tiempo que dure el proceso de selección o promoción para la cobertura definitiva del puesto, sin que pueda ser superior a tres meses ni celebrarse un nuevo contrato con el mismo objeto una vez superada dicha duración máxima.  Las administraciones públicas se pasaban los límites temporales pero los trabajadores deben recurrir en los tribunales contencioso administrativo.

¿Qué plazas cubren los interinos?

El boletín de personal que publica Administraciones Públicas dice que de los más de 382.000 interinos que trabajaban a 1 de enero de 2016 en el sector público en España, el grueso estaba empleado por las Comunidades Autónomas. De las 322.000 personas que trabajan en las autonomías de forma interina, más de 285.000 están en la docencia (no universitaria) o son profesionales sanitarios. Y de estos, el 75% son mujeres.

Un trabajo precario feminizado

No es casualidad que haya sido la denuncia de dos mujeres (una profesional sanitaria y una trabajadora del ministerio de Defensa) las que hayan llevado hasta el TJUE sus causas contra la Administración española. Los datos dicen que el 70% de todos los interinos que trabajan en la Función Pública es mujer. Esta proporción se repite en el sector privado. Según las estadísticas del Servicio Público de Empleo, de los casi 1,58 millones de contratos de interinidad que se celebraron en 2015 el 70% se hizo a mujeres. Además, casi un millón tiene menos de 40 años.

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