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Comisiones Obreras (CCOO) celebró este miércoles que la Audiencia Nacional le haya dado la razón al anular el recorte del 5% de la gratificación recibida en 2011 por acogerse a la jubilación anticipada contemplada por la Ley Orgánica de Educación (LOE).
La Federación de Enseñanza de CCOO interpuso un recurso que prosperó, pero que fue recurrido por el Ministerio de Educación ante la Audiencia Nacional. Ésta reconoce ahora los argumentos de CCOO y anula la Orden, lo que, además, conlleva la anulación del recorte en las comunidades autónomas que lo aplicaron en virtud de sus competencias educativas, afirma la organización sindical en un comunicado.
Además, los afectados que no han recurrido todavía la sentencia tienen un plazo de cuatro años para hacerlo y recuperar el 5% de la gratificación detraída, según el sindicato.
La Audiencia Nacional ha entendido que el artículo 24.1 B c) del Real Decreto-Ley 8/2010 de 20 de mayo, por el que se adoptaron medidas extraordinarias para la reducción del déficit público, establece que la reducción del 5%, prevista en el artículo 1 de la citada norma, no será aplicable a los complementos personales y transitorios, que se regirán por su normativa específica. Por ello, y dado que el carácter personal y transitorio de la gratificación está fuera de duda, acierta la Sentencia de instancia, cuando establece que debe anularse y dejar sin efecto la reducción en un 5% de la cuantía de la gratificación extraordinaria prevista en el Anexo II de la Orden de la Subsecretaria del Ministerio de Educación de 13 de enero de 2011.
(SERVIMEDIA)
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