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lunes, 9 de junio de 2014

El Gobierno aprueba el Decreto que establece el fin de la Selectividad y el inicio de la indefinición a la hora de acceder a la Universidad

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EUROPAPRESS.ES: El Gobierno da luz verde al Real Decreto que acabará con la Selectividad en el curso 2017/2018

El Consejo de Ministros ha dado luz verde al Real Decreto por el que se establece la normativa básica de los procedimientos de admisión a las Enseñanzas Universitarias Oficiales de Grado, que acabará con la Selectividad en el curso 2017/2018, primer año académico en que los estudiantes no tendrán que someterse a dicha prueba.
   Aprobado este viernes a propuesta del ministro de Educación, Cultura y Deporte, José Ignacio Wert, con este Real Decreto desaparece la exigencia de superar la Prueba de Acceso a la Universidad (PAU) para acceder a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado, y se establece como requisito la posesión de la titulación que da acceso a la universidad: título de Bachiller o título, diploma o estudios equivalentes, y títulos de Técnico Superior de Formación Profesional, de Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño, o de Técnico Deportivo Superior.
   Igualmente, de acuerdo con la nueva redacción del artículo 38 de la Ley Orgánica de Educación (LOE), son las Universidades las que determinan, de conformidad con distintos criterios de valoración, la admisión a estas enseñanzas de aquellos estudiantes que hayan obtenido la titulación que da acceso a la Universidad. Estos criterios de valoración y procedimientos de admisión son aplicables a los estudiantes de los sistemas educativos extranjeros.
   En relación con los titulados en Bachillerato Europeo y en Bachillerato internacional y estudiantes procedentes de sistemas educativos de Estados miembros de la Unión Europea o de otros Estados con los que se hayan suscrito acuerdos internacionales aplicables a este respecto, en régimen de reciprocidad, se establece como requisito de acceso la acreditación de la titulación correspondiente, y se establecen los mismos criterios de admisión que puedan fijar las Universidades para los estudiantes en posesión del título del Sistema Educativo Español.
   Por su parte, los alumnos procedentes de sistemas educativos pertenecientes a países con los que no se hayan suscrito acuerdos internacionales podrán acceder a los estudios oficiales de Grado previa homologación de sus estudios por los correspondientes españoles, de acuerdo con los criterios de admisión específicos establecidos por las Universidades y regulados en este nuevo Real Decreto.
   Asimismo, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley Orgánica de Universidades, esta nueva regulación exige que el Gobierno, previo informe de la Conferencia General de Política Universitaria, establezca las normas básicas para la admisión de los estudiantes que soliciten ingresar en los centros universitarios, siempre con respeto a los principios de igualdad, mérito y capacidad, y de conformidad con lo indicado en la LOE.
   El Real Decreto incluye la regulación de algunos procedimientos específicos de acceso y admisión a las enseñanzas universitarias oficiales, como los previstos para personas mayores de 25 años, el acceso mediante acreditación de experiencia laboral o profesional para mayores de 40 años, o el acceso para mayores de 45 años, que se mantienen sin cambios con relación a lo previsto en la actual normativa.

ENTRADA EN VIGOR

   Por otra parte, el nuevo sistema de admisión a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado será de aplicación a los estudiantes que hayan obtenido el título de Bachiller del Sistema Educativo Español regulado en la Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa (LOMCE) y que accedan a estas enseñanzas a partir del curso académico 2017-2018.
   Sin embargo, para aquellos estudiantes que posean los títulos de Técnico Superior de Formación Profesional, de Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño o de Técnico Deportivo Superior, así como para los estudiantes procedentes de sistemas educativos extranjeros, los nuevos criterios de acceso y admisión a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado serán de aplicación a partir del curso académico 2014-2015.
   Según el Gobierno, para este período transitorio que abarca los cursos académicos 2014-2015 a 2016-2017, el Real Decreto regula criterios de admisión específicos que las Universidades podrán aplicar para garantizar la admisión en condiciones de igualdad.

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