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lunes, 14 de abril de 2014

14-4-2014: Recordamos la educación de la II República: pública, laica, formadora de ciudadanos y con la figura del maestro como alma de la escuela

En la web del MUSEO PEDAGÓGICO DE ARAGÓN encontramos artículos que explican cómo se entendía y promovía la educación durante la II República

La escuela laica, la escuela única

El 31 de agosto de 1931, Marcelino Domingo le pedía a Miguel de Unamuno, presidente del Consejo de Instrucción Pública para que preparase una ley que sustituyese a la obsoleta Ley de Moyano, que databa de 1857. El Ministro le pedía al catedrático de la Universidad de Salamanca que la ley favoreciera el establecimiento en España de la escuela única. El Consejo encargó a Lorenzo Luzuriaga la redacción de un proyecto de ley basado en la escuela única. Según este documento, la educación debía basarse en los siguientes principios:
  1. La educación pública es esencialmente una función del Estado.
  2. La educación pública debe ser laica.
  3. La educación pública debe ser gratuita, especialmente en la enseñanza primaria y media.
  4. La educación pública debe tener un carácter activo y creador.
  5. La educación pública debe tener un carácter social, por lo que se articulará un sistema de participación entre las representaciones sociales diversas y la escuela.
  6. La educación pública debe atender conjuntamente a los alumnos de uno y otro sexo, haciendo de la coeducación un principio pedagógico aplicable a todos los grados de la enseñanza.
  7. La educación pública constituye un sistema unitario.
  8. El profesorado de la educación pública constituye un todo orgánico. Siendo una la función educativa, uno debe ser también el profesorado, lo que significa que debe recibir una preparación equivalente, asumir un trabajo docente similar y análoga retribución.
Estos principios se consagraron en la Constitución aprobada el 9 de diciembre de 1931 como puede apreciarse en el contenido de algunos de sus artículos:
Artículo 1º: España es una República democrática de trabajadores de toda clase que se organiza en régimen de Libertad y de Justicia.
Artículo 3º: El Estado español no tiene religión oficial. Artículo 48. El servicio de la cultura es atribución esencial del Estado, y lo prestará mediante instituciones educativas enlazadas por el sistema de la escuela unificada.
La enseñanza primaria será gratuita y obligatoria.
Los maestros, profesores y catedráticos de enseñanza oficial son funcionarios públicos.
La libertad de cátedra queda reconocida y garantizada.
La República legislará en el sentido de garantizar a los españoles económicamente necesitados el acceso a todos los grados de enseñanza, a fin de que no se halle condicionado más que por la aptitud y la vocación.
La enseñanza será laica, hará del trabajo el eje de su actividad metodológica y se inspirará en ideales de solidaridad humana.
Se reconoce a las Iglesias el derecho, sujeto a inspección del Estado, de enseñar sus respectivas doctrinas en sus propios establecimientos.
El artículo 49 hacía referencia a la expedición de títulos y el 50 a la enseñanza en las regiones autónomas, a la inspección del Estado y a la expansión cultural de España en el extranjero.
El reconocimiento constitucional de estos principios desató una guerra escolar abierta y cada vez más encarnizada. La discusión en las Cortes Constituyentes del Artículo 26 de la Constitución, sobre congregaciones religiosas, en el que se establecía, entre otras cosas, la prohibición de ejercer la industria, el comercio o la enseñanza, dio lugar a la primera crisis de gobierno. La oposición de la iglesia española a la República fue cada vez más explícita. Posiblemente en la posición de los legisladores republicanos frente a la Iglesia católica se encuentra la clave de muchas de las resistencias que la República despertó.

Las luces de la República: el maestro que la República necesitaba

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Los maestros eran un elemento esencial para extender los ideales de la República, porque estaban llamados a ser consejeros y orientadores no sólo con los niños de las escuelas, sino también con los adultos. El maestro representaba una fuerza influyente en las pequeñas poblaciones. La República era considerada como una obra de reconstrucción nacional y el maestro debía colaborar fundando bibliotecas, organizando cursos y conferencias, solicitando la creación de cooperativas, etc.
En la Revista de Pedagogía se sostenía en mayo de 1931: "Los educadores españoles estamos, como nadie, obligados a ser los defensores más entusiastas de la República. Tenemos el deber de llevar a las escuelas las ideas esenciales en que se apoya: libertad, autonomía, solidaridad, civilidad. Ningún poder puede haber sobre estas ideas; nadie que sea educador puede oponerse a ellas, ya que constituyen también la base de la Educación Nueva".

Que el maestro sea el alma de la escuela: nuevos modelos de formación y de selección del magisterio

El 29 de septiembre de 1931, Marcelino Domingo firmó el Decreto que establecía la reforma de las Escuelas Normales. Aquel cambio implicaba una concepción radicalmente distinta del maestro y de los estudios de magisterio. En primer lugar se pretendía asegurar una sólida formación cultural para los maestros exigiendo el título de Bachillerato para ingresar en las escuelas normales.
Pero no bastaba con levantar edificios nuevos. Era necesario disponer de maestros adecuadamente formados, y retribuidos, que pudieran ser el alma de la escuela. Aquel plan de estudios que se establecía en la reforma de las Escuelas Normales se llamóPlan Profesional.

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