Páginas

jueves, 26 de diciembre de 2013

LOMCE: calendario de implantación

LOMCE: novedades y calendario de implantación Educación Primaria y ESO (10-12-13)


BACHILLERATO 
- Modalidades: Humanidades y Ciencias Sociales (con 2 itinerarios diferenciados), Ciencias, 
y Artes. 

- La lengua castellana o la lengua cooficial sólo se utilizarán como apoyo en el proceso de aprendizaje de la lengua extranjera. Se priorizarán la comprensión y la expresión oral. 

- Evaluación final de Bachillerato, que será necesario superar para obtener el título de Bachiller, así como superar todas las materias de Bachillerato. 

El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte establecerá para todo el Sistema Educativo Español los criterios de evaluación y las características de las pruebas, y las diseñará y establecerá su contenido para cada convocatoria. 

La calificación final se obtendrá de la media de las calificaciones de Bachillerato ponderada al 60%, y de la evaluación final ponderada al 40%. Al alumnado que supere todas las materias sin superar la evaluación final se le entregará un certificado con efectos laborales y académicos para acceso a los ciclos de Formación Profesional de Grado Superior (si cumple el resto de requisitos para el acceso y admisión a dichos 
ciclos). 

Las evaluaciones se centrarán en todas las materias troncales generales y dos materias troncales de opción cursadas en cualquiera de los cursos (si implican continuidad se tendrá en cuenta sólo la materia cursada en 2º), así como una materia específica cursada en cualquiera de los cursos que no sea Educación Física ni Religión. 

Implantación: 
- Curso 1º: curso escolar 2015-2016. 
- Curso 2º: curso escolar 2016-2017. 
La primera evaluación final de Bachillerato se realizará al finalizar el curso 2016-2017 al alumnado que haya cursado 2º de Bachillerato, y no tendrá efectos académicos (no será necesario superarla para obtener el título de Bachiller), aunque sí se tendrá en cuenta para el acceso a la Universidad. 

La evaluación final que se realice al finalizar el curso 2017-2018 sí tendrá efectos académicos. 

NUEVOS CICLOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL BÁSICA 
- Serán de oferta obligatoria y carácter gratuito. 

- Duración: 2 años. 

- Se accederá por recomendación del equipo docente de ESO, con el consentimiento de los tutores legales o del propio alumno si está emancipado, con una edad entre 15 y 17 años, tras haber cursado 3º de ESO, o excepcionalmente haber cursado 2º de ESO. 

- Los ciclos de Formación Profesional Básica garantizarán la adquisición de las competencias básicas del aprendizaje permanente, a través de la impartición de enseñanzas de Lengua Castellana, Lengua Extranjera, Ciencias Sociales, en su caso Lengua Cooficial, y Matemáticas y Ciencias Aplicadas al Contexto Personal y de Aprendizaje en un Campo Profesional. 

- Los criterios pedagógicos se adaptarán a las características específicas del alumnado y fomentarán el trabajo en equipo. La tutoría y la orientación educativa y profesional tendrán una especial consideración. 

- Se establecerán 14 títulos de Formación Profesional Básica: 
• Servicios Administrativos. 
• Electricidad y Electrónica. 
• Fabricación y Montaje. 
• Informática y Comunicaciones. 
• Cocina y Restauración. 
• Mantenimiento de Vehículos. 
• Agricultura y Jardinería. 
• Peluquería y Estética. 
• Servicios Comerciales. 
• Carpintería y Mueble. 
• Reforma y Mantenimiento de Edificios. 
• Arreglo y Reparación de Artículos Textiles y de Piel. 
• Tapicería y Cortinaje. 
• Vidriería y Alfarería. 

- Efectos de la superación de los ciclos de Formación Profesional Básica: obtención del título de Técnico Profesional Básico de la familia correspondiente, así como una cualificación de nivel 1 del Catálogo Nacional de las Cualificaciones Profesionales. 

- El título de Técnico Profesional Básico permitirá el acceso a los ciclos formativos de Grado Medio, así como la posibilidad de obtener el título de Graduado en ESO tras realizar la evaluación final de ESO. 

Implantación: 
- Curso 1º: curso escolar 2014-2015. 
- Curso 2º: curso escolar 2015-2016.

FORMACIÓN PROFESIONAL DE GRADO MEDIO 
Se suprime el requisito de curso o prueba de acceso desde Formación Profesional de Grado 
Medio a Grado Superior, y se sustituye por un procedimiento de admisión al centro cuando la 
demanda supere la oferta de plazas. 

Para los ciclos formativos de Grado Medio, las Administraciones educativas podrán ofertar 
materias voluntarias para ampliar las competencias del aprendizaje permanente, como la 
Comunicación en lengua castellana y cooficial, las Matemáticas aplicadas, o la Comunicación en lengua extranjera, y materias voluntarias orientadas al grado superior para facilitar el tránsito entre ciclos, relacionadas con el campo o sector profesional del que se trate. 

La Formación Profesional dual del Sistema Educativo Español es el conjunto de acciones e 
iniciativas formativas que, en corresponsabilidad con las empresas, tienen por objeto la 
cualificación profesional de las personas, armonizando los procesos de enseñanza y aprendizaje entre los centros educativos y los centros de trabajo. La formación práctica en empresas será supervisada por las Administraciones educativas. Este sistema puede aplicarse no sólo a los ciclos de Grado Medio, sino también a los de Grado Superior y a la Formación Profesional Básica. 

Implantación: 
Las modificaciones introducidas en el currículo de los ciclos formativos de grado medio se 
implantarán al inicio de los ciclos, en el curso escolar 2015-2016. 

Las nuevas condiciones de acceso y admisión serán de aplicación en el curso escolar 2016-2017. 


La Formación Profesional dual ya está implantada. 

Descarga el documento en este enlace.

Puedes consultar en el documento la siguiente información:
  • ACCESO Y ADMISIÓN AL GRADO UNIVERSITARIO
  • EDUCACIÓN DE PERSONAS ADULTAS
  • OTRAS NOVEDADES DE APLICACIÓN INMEDIATA
    • Necesidades Educativas especiales
    • Actividad física y dieta equilibrada
    • Discapacidad 
    • Garantía de la utilización del castellano como lengua vehicular junto a las lenguas oficiales
    • Autoridad del profesorado
    • Igualdad entre mujeres y hombres y prevención de la violencia de género
    • Acciones de calidad 
    • Enseñanzas artísticas
    • Enseñanzas de idiomas
    • Aprendizaje por competencias
  • OTRAS MODIFICACIONES:
    • Nuevo diseño curricular en Educación Primaria, ESO y Bachillerato 
    • Enseñanza de la Religión
    • Selección de directores de centros docentes públicos 
  • ÁMBITOS EN LOS QUE NO HAY MODIFICACIONES 
La LOMCE ha modificado la LOE pero no la ha derogado, sigue en vigor para todo lo que no se 
haya modificado, como: 
- Educación Infantil. 
- Régimen jurídico aplicable al profesorado. 
- Régimen jurídico aplicable a los centros docentes. 
- Medidas generales de atención al alumnado con necesidad específica de apoyo educativo. 
- Sistema general de becas y ayudas al estudio. 
- Inspección educativa. 

































Educación Primaria
Educación secundaria Obligatoria (ESO): cursos 1º, 2º y 3º 
Educación secundaria Obligatoria (ESO): curso 4º
Bachillerato: curso 1º 
Bachillerato: curso 2º
Formación Profesional Básica 


No hay comentarios:

Publicar un comentario