La LOMCE añade dos apartados nuevos al artículo 121 de la LOE
acerca del proyecto educativo de los centros. El primero de ellos, reza
como sigue:
7. Corresponde a las Administraciones educativas
promover la especialización de los centros educativos públicos de Bachillerato
en función de las modalidades establecidas en esta ley orgánica, a fin de que dichas Administraciones puedan programar una oferta educativa ajustada a sus necesidades. Dicho de otro modo, que si una determinada modalidad de bachillerato tiene pocos alumnos -podrían ser 10, 15 o 20, la norma no especifica número-, la administración se reserva la potestad de ajustar la oferta educativa del centro (suprimir el bachillerato "deficitario") y enviar a los alumnos a otros centros. Todos sabemos que en determinadas zonas los bachilleratos de ciencias suelen ser poco numerosos, y de hecho en Alcalá ya se ha cerrado alguno por esta causa. La LOMCE eleva esta práctica al rango de ley, condicionando el futuro de muchos
centros, poniéndolos en via muerta al recortar su oferta educativa.
Continuará...
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